Ya se pueden realizar online los certificados de profesionalidad

Ya se pueden realizar online los certificados de profesionalidad
NOTICIA de Javi Navarro
16.03.2013 - 12:16h    Actualizado 22.11.2024 - 09:07h

A partir de ahora, los certificados de profesionalidad se podrán realizar “on-line”. La nueva regulación aprobada en el Consejo de Ministros concede un papel relevante a la teleformación o “e- learning”, además de regular los certificados de profesionalidad y adaptarlos a la nueva regulación del contrato para la formación y el aprendizaje y al sistema de formación profesional dual. Asimismo mismo garantiza su calidad, estableciendo pruebas de acceso a la formación de los certificados, definiendo los requisitos que deben cumplir centros y formadores y prestando especial atención a la evaluación de la formación.

La finalidad de esta disposición es mantener actualizados y adaptados a los requerimientos de las empresas y de un sistema productivo sostenible los certificados de profesionalidad, según prevé la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, presentada por el presidente del Gobierno el pasado martes día 12.

Requisitos

La norma regula los requisitos que deben cumplir los centros y empresas que pueden impartir las acciones formativas. Se establece también que las modalidades para impartir la jornada de formación de los certificados de profesionalidad serán presencial y en teleformación o “e-learning”, y se suprime la modalidad a distancia convencional y mixta. Se estima que en torno a un 70 % de los certificados se puedan impartir en la modalidad de e-learning.

Otros aspectos que establece la norma se refieren a los requisitos que deben cumplir los formadores y a los criterios de acceso y evaluación de la formación.

Los certificados de profesionalidad, regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, son el instrumento de acreditación oficial, en el ámbito de la administración laboral, de las cualificaciones profesionales adquiridas a través de procesos formativos o del proceso de reconocimiento de la experiencia laboral y de vías no formales de formación, y permiten su correspondencia con los títulos de formación profesional del sistema educativo.

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Con anterioridad a la aprobación de este Real Decreto, el Gobierno ha cumplido su compromiso de completar el Catálogo de Certificados de Profesionalidad. Existen un total de 587 títulos de los que, a partir de ahora, 250 se van a impartir por la modalidad de “e-learning”.

Regulados los certificados que acreditan la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral

Los certificados de profesionalidad tienen carácter oficial, validez en todo el territorio nacional y acreditan las correspondientes cualificaciones profesionales a quienes los hayan obtenido. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan los certificados de profesionalidad en aspectos tan esenciales como sus efectos, estructura, contenido y vías para su obtención. Estos tendrán carácter oficial y validez en toda España.

Los certificados de profesionalidad se configuran como acreditaciones de las competencias profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales adquiridas mediante la experiencia laboral; vías no formales de formación; y acciones de formación profesional para el empleo, es decir, dirigidas a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales.

DOS FORMAS DE OBTENCIÓN
Las formas de obtención son: por una parte, tras superar todos los módulos formativos que integran el certificado de profesionalidad y, por otra, mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Los objetivos de los certificados de profesionalidad son:

· Acreditar las cualificaciones profesionales, independientemente de su vía de adquisición, bien por la vía formativa o por la experiencia laboral o las vías no formales de formación, establecidas en la Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

· Facilitar el aprendizaje permanente de todos los ciudadanos mediante una formación abierta, flexible y accesible, estructurada de forma modular.

· Favorecer, tanto a nivel nacional como europeo, la transparencia del mercado de trabajo a empleadores y trabajadores.

· Ordenar la oferta formativa del subsistema de formación profesional para el empleo.

· Contribuir a la calidad de la oferta de formación profesional para el empleo.

El Real Decreto determina la relación de los certificados de profesionalidad con las cualificaciones profesionales. Para ello establece, como norma general, que cada certificado de profesionalidad acredita una cualificación profesional del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y que los módulos formativos de los certificados son los del Catálogo Modular de Formación Profesional.

El texto, que ve la luz tras un largo proceso de consultas y negociación con los interlocutores sociales y las comunidades autónomas, pretende avanzar en el compromiso de que el repertorio de certificados de profesionalidad sea un instrumento eficaz para dar respuesta a la evaluación y reconocimiento de las competencias profesionales de los trabajadores y que las Administraciones públicas competentes garanticen a la población activa la posibilidad de acceder, por la experiencia laboral y vías no formales de formación a la evaluación y reconocimiento de sus competencias profesionales.



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