Un Juzgado reconoce la prestación a una madre para cuidar a su hijo con discapacidad del 93% tras la negativa de la Seguridad Social

Una madre con su hijo.
NOTICIA de Javi Navarro
08.01.2025 - 12:29h    Actualizado 08.01.2025 - 12:29h

Una madre podrá reducir su jornada en un 99,99% para atender a su hijo con parálisis cerebral y cobrar una prestación por ello. El Juzgado de lo Social nº 1 de Cáceres ha fallado a favor de una mujer que podrá percibir la prestación por cuidado de hijo con enfermedad grave tras la negativa de la mutua IBERMUTUA, colaboradora de la Seguridad Social. El hijo de la demandante presenta una discapacidad psicomotora del 93 % derivada de parálisis cerebral infantil con tetraparesia espástica, discapacidad cognitiva severa y ausencia de lenguaje.

Detalles del caso

La demandante, que trabaja como enfermera en la Clínica Quirúrgica Cacereña SL, solicitó una reducción de jornada del 99,99% el 23 de febrero de 2023 para poder cuidar a su hijo. Posteriormente, el 22 de marzo de 2023, solicitó a la mutua la prestación regulada por el Real Decreto 1148/2011 para el cuidado de menores con enfermedades graves, pero esta fue desestimada.

El fallo judicial

La sentencia, emitida el 29 de julio de 2024, establece que el hijo de la demandante sufre una dependencia total para las actividades básicas de la vida diaria. El informe forense indica que el menor requiere atención constante, incluyendo alimentación especializada, extracción de secreciones y vigilancia continua.

El juez subraya que el grado de discapacidad implica un plus en los cuidados ordinarios y que esta situación se encuentra incluida en el listado del anexo del Real Decreto.

Responsabilidad y consecuencias

El fallo declara el derecho de la demandante a recibir la prestación desde la fecha de solicitud, asumiendo la responsabilidad principal IBERMUTUA y la subsidiaria el INSS y TGSS en caso de insolvencia.

Recurso de suplicación

La sentencia no es firme. Las partes disponen de cinco días hábiles para interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.



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