Un año después del cierre de Spanair, los afectados que se quedaron sin volar siguen sin indemnización
Hoy 27 de enero de 2013 se cumple un año del cese de la actividad de Spanair. FACUA-Consumidores en Acción denuncia la falta de sensibilidad gubernamental ante este caso y los de otras compañías como Air Madrid y Air Comet, dado que no han modificado la legislación para proteger a los usuarios, y los afectados siguen sin recibir sus indemnizaciones. FACUA viene reclamando que las aerolíneas sean obligadas por ley a depositar fianzas ante un organismo de la administración para garantizar que los afectados por quiebras recuperen su dinero y reciban las pertinentes indemnizaciones. Fomento sigue sin aclarar cómo concluyó su expediente.
Contenido de la información:
- Si eres un afectado por el cierre de Spanair, exige también la devolución de las tasas de vuelo de rescate
- Los afectados por el cierre de Spanair pueden exigir un transporte alternativo o la devolución del dinero adelantado
- Fomento anuncia un Real Decreto para proteger a los pasajeros aéreos de casos como el cese de Spanair
- Si me afecta la quiebra de Spanair, ¿qué debo hacer?
FACUA, que reclama que las aerolíneas depositen fianzas para garantizar que los afectados por quiebras reciban sus indemnizaciones, destaca que este tipo de regulación sí existe en el sector de las agencias de viajes, aunque es una incógnita si las comunidades autónomas, competentes en la materia, están haciéndola cumplir.
FACUA recuerda que cuando se produjo el cierre de Viajes Marsans, requirió a la Comunidad de Madrid que aclarase qué cantidad tenían depositada sus propietarios como fianza y que la destinase a indemnizar a los usuarios afectados, pero nunca recibió respuesta.
Procedimiento concursal
En la actualidad, los cientos de miles de clientes de Spanair que se vieron afectados por el cese abrupto de su actividad tras haber vendido billetes hasta unas horas antes continúan esperando a conocer cuánto dinero podrán recuperar, puesto que se encuentran inmersos en el lento concurso de acreedores al que está sometido la compañía.
Asimismo, FACUA critica que el Ministerio de Fomento no sea transparente sobre las medidas que llevó a cabo sobre la empresa, en cuyo accionariado se incluyen las sociedades Avançsa y Cimalsa, de la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Barcelona.
En lugar de preocuparse e incluso asumir sus responsabilidades con los pasajeros, la Generalitat de Cataluña llegó a pedir a Fomento que no sancionase a la compañía, comportándose más como un mero accionista que como un Gobierno que debe velar por, y hacer cumplir, los derechos de los ciudadanos.
Si eres un afectado por el cierre de Spanair, exige también la devolución de las tasas de vuelo de rescate
Los afectados de Spanair tienen derecho a la devolución de las tasas de los vuelos de rescate. Según información publicada por AENA, los pasajeros con billetes de Spanair que hayan decidido acogerse a alguno de los vuelos de rescate de otra compañía aérea no deben abonar las tasas en concepto de seguridad, pasajeros y PMR. Por tanto, aquellos que las hayan pagado ya tienen derecho a que les sean devueltas, lo que puede suponer un ahorro medio de 8 euros por billete.
Los pasajeros que hayan comprado estos billetes con tarifa de rescate entre el 27 de enero y el 3 de febrero pueden pedir la devolución de las tasas a través del correo vuelosrescateSPANAIR@aena.es en un plazo de 15 días naturales contados desde el 30 de enero. La solicitud también se puede enviar por correo ordinario a la dirección: AENA Aeropuertos SA; Dirección Económico Administrativa; Peonías, 12; 28042, Madrid.
En esa petición, los pasajeros deben incluir sus datos personales, DNI o pasaporte, número de cuenta bancaria para hacer el ingreso y original o copia del billete o tarjeta de embarque tanto del vuelo previsto con Spanair como del finalmente realizado.
CECU recuerda también que si algún pasajero ha contratado un vuelo con Spanair pero que será realizado por otra compañía, no podrá denegarse el embarque. En caso contrario, podrá igualmente reclamar sus derechos conforme al Reglamento CE 261/2004. CECU sigue animando a los afectados a reclamar tanto estas tasas, como las devoluciones de billetes, indemnizaciones y daños ocasionados e insta a las autoridades a facilitar a los usuarios toda la información para su participación en el concurso de acreedores.
Los afectados por el cierre de Spanair pueden exigir un transporte alternativo o la devolución del dinero adelantado
Ante la suspensión de la actividad de la compañía aérea Spanair, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad informa a los pasajeros afectados por la suspensión de los vuelos de Spanair de sus derechos como usuarios: Pueden reclamar transporte alternativo o bien la devolución de los pagos adelantados.
Los pasajeros que hubieran adquirido un paquete de viaje tienen derecho a reclamar un transporte alternativo a la compañía y a la Agencia de Seguridad Aérea (AESA). Los usuarios a los que no se les pueda proporcionar este transporte tienen derecho a reclamar la devolución de los pagos que hayan adelantado. En primer lugar, deben dirigirse a la propia compañía aérea. Si no recibieran respuesta, tendrían que presentar una reclamación en la AESA.
Para gestionar las reclamaciones, el INC recomienda conservar siempre el título de transporte, la tarjeta de embarque y los correos electrónicos que hayan intercambiado con la compañía.
Para ampliar esta información, pueden dirigirse a la AESA a través del teléfono 91 396 82 10 o bien a través de su página web para conocer cómo reclamar y ejercer los derechos como pasajeros.
Asimismo, pueden acudir a los organismos competentes en consumo de las Comunidades Autónomas, a las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) y a las asociaciones de consumidores.
Reclamaciones e indemnizaciones
Por ejemplo, desde FUCI destacan que ante la inminente situación de cese de actividades de la compañía aérea Spanair, la Federación de Usuarios Consumidores Independientes, se recomienda a los usuarios afectados que guarden todos los documentos acreditativos de compra de sus vuelos para poder efectuar las reclamaciones oportunas.
El presidente de FUCI, Gustavo Samayoa, recuerda que “la ley prevé indemnizaciones de entre 250 y 600 euros, además de la devolución del importe del billete, en el caso de que los pasajeros no sean recolocados en otros vuelos“.
En el caso de que los vuelos formen parte de un viaje combinado, Samayoa advierte que “deben dirigirse a la agencia de viajes donde contrataron el paquete para solicitar la devolución del importe o el realojamiento del vuelo con otras compañías aéreas”.
En este sentido, “instamos a las administraciones públicas, como así lo han manifestado, a que recoloquen a los pasajeros en otros vuelos y atiendan las necesidades de los pasajeros afectados”.
Respecto a las vías de reclamación, el presidente de FUCI recuerda que pueden hacerse ante la propia compañía aérea, ante AENA, AESA, el Ministerio de Fomento o en los juzgados reclamando daños y perjuicios.
Fomento anuncia un Real Decreto para proteger a los pasajeros aéreos de casos como el cese de Spanair
La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha anunciado en la Comisión de Fomento del Congreso la aprobación de un Real Decreto para instrumentar mecanismos que mejoren la protección de los usuarios del transporte aéreo que pudieran verse afectados por el cese de la actividad de una compañía aérea. La normativa contemplará medidas para garantizar el resarcimiento económico y la recolocación en transportes alternativos de los pasajeros, así como mejorar la capacidad de actuación preventiva y de supervisión económica ante situaciones de insolvencia de compañías aéreas.
Según ha explicado Pastor, la puesta en marcha de esta y otras medidas tiene como objeto “mejorar la capacidad del departamento para afrontar en el futuro situaciones similares a la ocurrida el pasado 27 de enero con el brusco e inesperado cese de actividades de la compañía aérea Spanair, situación frente a la cual, en lo que compete al Ministerio de Fomento, se ha actuado con la máxima determinación, rapidez y diligencia”. El nuevo Real Decreto, que tiene el claro objetivo de reducir al mínimo los perjuicios que puedan derivarse a los pasajeros afectados garantizando al máximo sus derechos, abordará los siguientes puntos:
Delimitar las reclamaciones y quejas de los usuarios del transporte aéreo y establecer y clarificar el procedimiento para su tramitación. Asimismo, regulará el servicio de atención a los pasajeros de las compañías aéreas que operen en España.
La introducción de la obligación de presentar un plan de contingencia, al objeto de llevar a cabo un cierre ordenado de la compañía, que incluya la recolocación de sus pasajeros en transporte alternativo, así como todas las obligaciones del Reglamento comunitario 261/2004.
La incorporación de la obligación de los transportistas de ofrecer un seguro opcional para sus pasajeros, al hacer la reserva, para cubrir el riesgo de cancelación de vuelos, al objeto de cubrir el reembolso, la asistencia y la repatriación.
Pastor ha señalado que el borrador de este Real Decreto está prácticamente finalizado y próximamente se va a iniciar la consulta con los agentes interesados y el correspondiente trámite de audiencia pública.
Por otro lado, desde el Ministerio de Fomento se están llevando a cabo trabajos para protocolizar un plan de acción para los supuestos en los que se presente un cese de operaciones de una compañía aérea, atendiendo a dos escenarios previsibles: un cierre ordenado de la compañía, con la consiguiente minoración de los daños a los pasajeros de la compañía, así como garantizar la seguridad operacional y del orden público en las instalaciones aeroportuarias y de su entorno; y un cierre abrupto de la actividad, con la consiguiente vulneración de los derechos de los pasajeros.
En el ámbito comunitario, Ana Pastor ha anunciado que su departamento fomentará las siguientes medidas:
La inclusión en el reglamento 261/2004 sobre los derechos de los pasajeros de la obligación de presentar un plan de contingencia para paliar situaciones de cese de operaciones que garanticen, principalmente, el resarcimiento económico de los billetes adquiridos y no utilizados por los pasajeros y la articulación con otras compañías que permita la puesta en marcha de la repatriación de los pasajeros que estén fuera de su país.
La revisión de los artículos 8 y 9 del reglamento 1008/2008 sobre suspensión y revocación de las licencias de explotación, de forma que los criterios sean más claros, uniformes y prescriptivos en cuanto a las condiciones económico-financieras que deben concurrir para adoptar una resolución de suspensión o revocación de una licencia para otorgar una licencia temporal.
Si me afecta la quiebra de Spanair, ¿qué debo hacer?
¿Qué debo hacer si soy uno de los afectados por la quiebra de Spanair? La Federación de Usuarios Consumidores Independientes explica de manera clara y sencilla los pasos a seguir para reclamar tras el cierre de Spanair, recogiendo las diversas situaciones que pueden darse dada la actual situación de la compañía aérea.
Reembolso de billetes reservados
Spanair suspendió sus operaciones la noche del 27 de enero de 2012 debido a “la falta de visibilidad financiera para los próximos meses”, como siempre quedan afectados miles de consumidores con escasas posibilidades de reintegro de su dinero.
Desde la propia compañía aérea se informa en un comunicado de que se facilitará el reembolso de los billetes adquiridos y no volados por parte de los pasajeros de esta aerolínea. El acuerdo facultará a las agencias de viaje a reembolsar el precio íntegro de los billetes a los pasajeros que los hubieran pagado mediante transferencia bancaria o en efectivo en las citadas empresas intermediarias. Estas son las palabras de la propia compañía pero que no se han concretado en hechos.
Los viajeros que hubieran abonado el billete mediante una tarjeta de crédito tanto directamente en la página web de Spanair como en una agencia de viajes, deberán informarse a través de su entidad financiera de las posibilidades de reembolso.
Los afectados pueden interponer la correspondiente reclamación por cualquiera de los siguientes canales:
• Oficinas de ventas de la compañía aérea
• Mostradores de AENA ubicados en los correspondientes aeropuertos
• Oficinas de turismo de los aeropuertos Para canalizar todas las dudas que presenten los usuarios en estos días se ha habilitado un número de teléfono gratuito en el Spanair Center (900.13.14.15. Desde fuera de España, +34 971 916 047).
Derechos y reclamaciones
Hay cientos de pasajeros que tenían reservado un billete para volar en los próximos días y que, debido a la suspensión de actividades de la empresa, no podrán tomarlo. Si se atiende a lo que señalan las fuentes oficiales, parece que no tendrán muchos problemas para recuperar su dinero. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del Instituto Nacional de Consumo (INC) es muy claro al informar de que los pasajeros afectados tienen derecho a solicitar un transporte alternativo o bien a la devolución de los pagos adelantados. Es previsible que se inicie un largo procedimiento judicial, para el que los afectados deben estar preparados:
Lo fundamental es que el consumidor conserve en su poder y legibles los documentos acreditativos de compra de los vuelos. Es muy importante conservar:
• el título de transporte
• La tarjeta de embarque
• Los correos electrónicos y cualquier otro justificante (facturas de manutención, alojamiento de urgencia, etc.) para justificar la reclamación.
Los pasajeros cuyo vuelo se haya cancelado tienen unos derechos que deben respetarse, y la norma establece las cuantías automáticas de las compensaciones a las que tienen derecho, que oscilan entre 250 y 600 euros en función de la distancia del vuelo, pero la realidad nos apunta a que dicho resarcimiento no será imposible de inmediato.
Por lo que respecta a los viajes combinados, si el vuelo formase una parte de su contenido, y por tanto no solo se hubiera contratado un vuelo sino también un alojamiento u otro servicio turístico, los usuarios pueden dirigirse a la agencia de viajes donde lo contrataron para reclamar la devolución del importe o el cambio del vuelo por otro.
Para poder canalizar de modo adecuado las reclamaciones, es preciso dirigirse a los organismos o entidades que se encarguen de llevar estos temas:
1. En primer lugar, a la propia compañía aérea (Spanair: 900 131 415)
2. De no conseguirse una respuesta satisfactoria, se pasaría a los órganos administrativos oficiales, en este caso la Agencia Estatal de Seguridad Aérea(AESA), bien a través de su línea telefónica (91 396 82 10) o por medio de la página web
3. Una tercera opción, no del todo descartable, pasa por formalizar las quejas a través de los organismos competentes en consumo de las diferentes comunidades autónomas, oficinas municipales de información al consumidor y las organizaciones de consumidores.
Otras alternativas para volar
Además, Spanair ha llegado a un acuerdo con otras aerolíneas (en especial con Vueling, Iberia y Air Europa) para encontrar soluciones alternativas para los pasajeros afectados que deseen volar durante los próximos días.
• Iberia ha puesto ya en marcha un plan de contingencia para trasladar a los pasajeros afectados, a los que ofrecerá durante los próximos tres días tarifas especiales para aquellas rutas y destinos que coincidan con los de la desaparecida compañía.
• Air Europa pondrá en marcha otra tarifa reducida en las rutas coincidentes. Por ejemplo, el coste del ticket a Baleares será de 60 euros, y volar a Canarias costará unos 90 euros, sin incluir las tasas
• Por su parte, Easyjet y Ryanair han anunciado un nuevo lanzamiento de “tarifas de rescate” para captar a los viajeros afectados y que puedan desplazarse a sus destinos. La primera lanzará una tarifa de 50 euros por trayecto hasta el próximo 3 de febrero para los viajeros que tenían contratado su billete con Spanair para la ruta que unía Barcelona con Berlín o Madrid con Bilbao.
• La compañía aérea Air Nostrum también incorporará tarifas especiales hasta el lunes en su oferta: 60 euros para vuelos peninsulares y 90 euros para Canarias y rutas internacionales.
• Vueling, por su parte, ha optado por otro modelo de rescate y opera con cinco de las rutas que abandona Spanair y que afectarán a los trayectos Barcelona-berlín, Barcelona-hamburgo, Bilbao-lanzarote, Bilbao-tenerife y Bilbao-gran Canaria. Están ya a la venta.