Un 84 % de las empresas de más de 50 empleados no cumplen con la Ley de Integración de Minusválidos
La Ley de Integración Social de Minusválidos, LISMI, es una norma que obliga a la reserva de empleo, como mecanismo incentivador de la integración laboral de las personas con discapacidad, y posee una gran vocación social y ambiciosa vigente desde 1982. Desde el punto de vista del artículo 38 de esta la LISMI, las empresas están obligadas a emplear un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 de la plantilla, un 84 % de estas compañías no cumplen con dicha normativa.
El debate coloquio organizado por INTEGRA CEE, celebrado en el marco de la feria de recursos humanos de “Personal España”, ha debatido los detalles del sistema que existe actualmente para la integración laboral de personas con discapacidad y los preceptos legales que contempla la LISMI. Dicho espacio contó con las ponencias de Jorge Pérez Pérez, Subinspector de Empleo y Seguridad Social en Barcelona y Alejandro Jover, abogado fundador de bufete jurídico Jover, único despacho de abogados de toda España especializado en discapacidad y centros especiales de empleo.
Por su parte, Jorge Pérez apuntó que desde 1984, cuando entró en vigor la LISMI, existen ciertos parámetros y aspectos de la legislación que imposibilitan una definitiva y eficaz integración. Según sus palabras: “No se trata de buscar la igualdad, sino la igualdad de oportunidades”. Señaló también la importancia del cumplimiento de la LISMI defendiendo la idea de que las administraciones deben definir de manera coherente las consecuencias de que las empresas no cumplan la normativa, puesto que a día de hoy, solo un 16 % de las empresas obligadas cumplen con la LISMI.
En su intervención, Alejandro Jover explicó las principales conclusiones del informe sobre la situación de los centros especiales de empleo en España, realizado por el Instituto Universitario de Integración en la Comunidad (INICO) de la Universidad de Salamanca. Este informe, realizado a instancias del gobierno, contempla algunas propuestas de cambio en la naturaleza y la gestión de los centros especiales de empleo. Al respecto, Jover comentó que “algunas de estas propuestas deberían ser revisadas para asegurar que los centros especiales de empleo no pierden ninguna de sus principales finalidades: la integración: asegurar un empleo remunerado para las personas con discapacidad, prestar servicios de ajuste personal y social y ser medio de integración al régimen de trabajo normal”.
Además de subinspector de Empleo y Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barcelona, Jorge Pérez Pérez es profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Barcelona. Así mismo, imparte docencia en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Barcelona, y Postgrados y Másteres en diferentes universidades y escuelas. Es ponente habitual en numerosas conferencias y seminarios relacionados con el trabajo y la protección social de las personas con discapacidad. Autor y coautor de numerosas obras, manuales, artículos y otras publicaciones, muchas de ellas relacionadas con el trabajo y la protección social de las personas con discapacidad, como los libros “El empleo público y las personas con discapacidad”, “La aplicación del Derecho del Trabajo en los Centros Especiales de Empleo”, “Retos y oportunidades del mercado laboral: la integración socio-laboral” o “La calidad en el empleo”.