Los 2 Tipos de jubilación para funcionarios, edad legal y cuantía
¿A qué jubilación tienen derecho los funcionarios? Los empleados públicos pueden acceder a una pensión de jubilación distinta a la ordinaria. Las particularidades de esta prestación específica se diferencian, sobre todo, en la edad, condiciones de la prestación y cuantía de la jubilación. Aunque no todos los funcionarios tienen derecho a esta pensión especial.
En lo que a pensión de jubilación se refiere, en España hay que distinguir entre los funcionarios que pertenecen al Régimen de Clases Pasivas del Estado y los que pertenecen al Régimen General de la Seguridad Social. En cuanto a los primeros, pueden jubilarse entre los 65 y los 70, dependiendo del grupo al que pertenezcan y siempre que hayan acumulado un mínimo de años cotizados para el Estado. Condiciones a las que pueden acceder aquellos que hayan obtenido una plaza antes del 1 de enero de 2011 y, por tanto, pertenezcan a las Clases Pasivas del Estado.
Por el contrario, todas las personas que hayan conseguido una plaza después de esa fecha, no tienen acceso a esta jubilación especial para funcionarios, sino que deben pedir la jubilación del Régimen General. A través de la cual los empleados públicos pueden jubilarse a los 65 años en 2022 con, al menos, 15 años cotizados.
Contenido de la información:
Tipos de jubilación para funcionarios
El Régimen de Clases Pasivas del Estado es uno de los regímenes especiales de la Seguridad Social. En concreto, es el encargado de regular las pensiones de los empleados públicos en España que hayan obtenido plaza con anterioridad a 2011. Momento en el que la norma cambió con la entrada del Real Decreto-Ley 13/2010, que dictó que los funcionarios que se sacaran la plaza después de esa fecha, pertenecen al Régimen General de la Seguridad Social y no a las Clases Pasivas del Estado.
Esto supone que, dependiendo del año en el que se sacaran la plaza, los empleados públicos pueden jubilarse con condiciones distintas. Por tanto, si eres funcionario y te estás preguntando qué pensión vas a tener, lo primero que tienes que tener en cuenta es el año en el que conseguiste la plaza. Si ha sido anterior a 2011, debes regirte por los criterios del Régimen Especial de Clases Pasivas. Si la plaza la conseguiste después de esa fecha, la jubilación a la que tienes derecho es la del Régimen General, al igual que el resto de trabajadores.
A qué edad se puede jubilar un funcionario
Los funcionarios que pertenezcan a las Clases Pasivas del Estado pueden jubilarse a los 65 años de manera general, aunque hay ciertos empleados cuya edad de jubilación no llega hasta que cumplen los 70 años. En concreto, estos empleados son:
- Los trabajadores que pertenecen a los Cuerpos Docentes Universitarios, que se jubilan a los 70 años.
- Magistrados, jueces, fiscales y letrados de la Administración de la Justicia, también a los 70 años.
- Los registradores de la Propiedad ingresados antes de enero de 2015 pueden jubilarse a los 70 años.
Pueden jubilarse al alcanzar esta edad legal con la condición de tener acumulados 15 años de trabajo para el Estado. ¿Y si he cotizado menos? Las condiciones para acceder a la jubilación cambian para aquellos empleados públicos que hayan trabajado menos de 30 años. En concreto, aquellos que han cotizado menos de 15 años, pueden acceder a una pensión de jubilación, pero reducida. La cuantía en estos casos se calcula aplicando el porcentaje correspondiente a la base reguladora.
Por otra parte, los funcionarios que pertenezcan al Régimen General de la Seguridad Social, la edad legal para jubilarse es a los 65 años en 2022.
Jubilación anticipada de los funcionarios
Los funcionarios de las Clases Pasivas pueden jubilarse de manera anticipada, al cumplir los 60 años. Para acceder a la jubilación deben tener, al menos, 30 años de trabajo acumulado y un periodo mínimo de cotización en servicios al Estado de 15 años. Si los 30 años de trabajo se tienen que completar con otros regímenes distintos al del empleo público, se requiere que los últimos cinco estén cubiertos en el Régimen de Clases Pasivas.
La cuantía depende de los años cotizados, del cuerpo y de la categoría profesional. Pero no se aplica coeficiente reductor de la pensión. Como requisito, para acceder a esta jubilación anticipada, la solicitud debe tramitarse con tres meses de antelación.
Los grupos de empleados públicos que tienen que jubilarse a los 70 años, pueden hacerlo de manera anticipada a los 65. Siempre y cuando soliciten esta pensión con seis meses de antelación.
Los funcionarios del Régimen General pueden jubilarse de manera anticipada a los 61 años, siempre y cuando cumplan una serie de requisitos básicos. Aunque en este caso, sí se reduce la pensión si te jubilas antes de la edad legal.
Jubilación por incapacidad permanente para el servicio
Esta pensión, dirigida a aquellas personas que no puedan seguir desempeñando las funciones de su trabajo, se calcula ade la misma manera que la pensión ordinaria de jubilación.
¿Tienen derecho a jubilación parcial?
Los empleados públicos que pertenecen a las Clases Pasivas del Estado no. En este régimen de la Seguridad Social no aparece detallada la posibilidad de que un empleado público pueda solicitar este tipo de pensión de jubilación.
Cuantía de la pensión de jubilación de los funcionarios
La cuantía de la pensión de jubilación de los funcionarios de las Clases Pasivas del Estado dependen del grupo al que pertenezcan. Así, se detallan las bases reguladoras fijadas para cada uno de los grupos:
- Grupo A1. La base reguladora es de 44.319,59 euros.
- Grupo A2. La base reguladora es de 34.880,63 euros.
- Grupo B. Los funcionarios de este grupo cuentan con una base reguladora de 30.543,65 euros.
- Grupo C1. La base reguladora es de 26.788,92 euros.
- Grupo C2. En este grupo, la base reguladora es de 18.069,98 euros.
Para calcular en cuánto se queda la pensión en cada caso, hay que tener en cuenta los siguientes porcentajes aplicables: