¿Tengo que ser autónomo para poner un piso en alquiler vacacional?
¿Hay que darse de alta como autónomo para poner en alquiler un piso vacacional? Depende. No es lo mismo alquilar una vivienda a un familiar o conocido durante unos días en el verano, que mantener la casa alquilada a turistas durante todo el verano.
Sin embargo, la normativa específica de la obligación de darse de alta como autónomo que contempla la Seguridad Social no establece con exactitud el tiempo máximo que una persona puede ofrecer un alquiler vacacional sin tener que darse de alta como autónomo, sino que el quid de la cuestión está en el término ‘habitual’.
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Cuándo es obligatorio darse de alta como autónomo para poner un piso de alquiler vacacional
La Seguridad Social señala que la obligación de los ciudadanos de darse de alta como autónomos se aplica a las personas que realizan de manera habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo. Sin que exista un contrato de trabajo. De esta definición se desprende un término clave y es el de ‘habitual’. Porque de este concepto se puede entender que si los ingresos derivados por el alquiler de la vivienda son regulares y de forma constante, el propietario sí debe darse de alta como autónomo.
La diferencia, por tanto, está en la cantidad de tiempo que se alquila la vivienda durante un periodo concreto. ¿Pero, qué se entiende por ingresos habituales o regulares? ¿Tengo que darme de alta como autónomo si alquilo una casa vacacional durante 3 meses? ¿Y si solo la alquilo un mes? No hay una respuesta única para estos planteamientos, sino que en estos casos, lo más recomendable es contactar con un experto asesor que pueda ofrecer orientación sobre el tema.
Lo que sí es posible decir, porque se sale de toda definición de habitual, es que en el caso de que sea un alquiler de forma esporádica o puntual, durante algunos días, no es necesario. Es decir, que si tienes una casa y quieres alquilarla a un conocido o familiar durante algunos días en verano, no tienes que darte de alta como autónomo. Pero sí que existe la obligación de declarar esos ingresos a Hacienda.
Cómo declarar los ingresos a Hacienda
Aunque no exista la obligación de darse de alta como autónomo, sí que es obligatorio declarar a Hacienda los ingresos extra recibidos de este alquiler vacacional. Para ello, es fundamental conocer los impuestos a pagar de un piso de alquiler vacacional y la forma correcta de incluir estos ingresos en la Renta. Porque es obligatorio incluirlo en el IRPF y declararlo como rendimientos de capital inmobiliario.
Excepción: Cuando sí es obligatorio darse de alta
Existe una excepción a la norma y es que hay un caso en el que es obligatorio darse de alta como autónomo si tienes un piso de alquiler vacacional sin importar el tiempo que este esté alquilado. Es en aquellos casos en los que el propietario ofrece un servicio extra al del alquiler, como puede ser de limpieza o de desayuno. En cualquiera de estos supuestos, cuando se ofrezca un servicio adicional, el propietario debe darse de alta como autónomo.