Si este verano usas el coche por Francia, recuerda que debes llevar un etilómetro bajo multa de 11 euros
Desde el 1 de julio de 2012, circular en coche por Francia debe hacerse llevando en el vehículo un etilómetro homologado, al igual que ya se hace de forma similar que en España con el triángulo de señalización de peligro o el chaleco reflectante. La norma es aplicable tanto a los conductores franceses como a los extranjeros que circulen por territorio galo, así como extensible a todo tipo de vehículo, incluidos autobuses de pasajeros y escolares y conductores de motocicletas. No obstante, se exceptúan de llevar el etilómetro los conductores de ciclomotores de cilindrada inferior o igual a 50cm3 y aquellos conductores de vehículos que estén equipados con etilómetro antiarranque. ¿Y si no lo tengo? Si las Fuerzas del Orden solicitan al conductor del vehículo presentar el etilómetro y no lo tenga, será sancionado con una multa de 11 euros, pudiéndose incrementar hasta los 33 euros en caso de impago.
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Multas de Francia
Según han hecho público las autoridades francesas de Tráfico, pese a que la medida ha entrado en vigor el 1 de julio, la infracción no se denunciará hasta el 1 de noviembre de 2012. En este periodo de transición, los Agentes recordarán dicha obligación a los conductores que todavía no la cumplen. Se pueden adquirir en grandes superficies, gasolineras, farmacias, internet…
Etilómetro químico o electrónico
Los etilómetros que pueden adquirir los conductores y que están contemplados en la normativa francesa pueden ser químicos o electrónicos. Los más demandados son los químicos, por su menor coste y por estar disponibles en establecimientos de múltiples tipos, desde farmacias, grandes superficies, tiendas del sector del automóvil, gasolineras a incluso por internet.
En Francia conducir con una tasa de alcoholemia entre 0,25mg/l y 0,4 mg/l en aire espirado supone una multa de 135 euros y la prohibición de conducir en todo el territorio francés durante tres años. Si la tasa es igual o superior a 0,4mg/l en aire espirado el conductor se enfrenta a una multa máxima de 4.500 euros y a la prohibición de conducir en todo el territorio francés durante tres años.
¿Se impondrá también en España el uso de estos etilómetros? Los importes de las multas en Francia no parecen perseguir un afán recaudatorio. Tocará esperar para saber el desenlace.
La Unión Europea crea un sistema para multar las infracciones de tráfico que se cometan en el extranjero
Las infracciones de tráfico cometidas en el extranjero ya no quedarán impunes, según una directiva que el Parlamento Europeo votará el miércoles. El texto, acordado por la Eurocámara y el Consejo, refuerza el intercambio de información entre los Estados miembros para asegurar que las multas por exceso de velocidad, no llevar el cinturón de seguridad o conducir bajo los efectos del alcohol, llegan al infractor, sea cual sea el país en el que resida.
La nueva norma se aplicará a infracciones como el exceso de velocidad, no llevar el cinturón de seguridad, saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, hablar por teléfono al volante, circular por una vía no permitida y no respetar la distancia de seguridad. Las multas de aparcamiento quedan excluidas. Los Estados miembros dispondrán de dos años para transponer las nuevas normas.
La directiva obliga a las autoridades nacionales del país donde se ha cometido la infracción a proporcionar los datos de matriculación del vehículo a través de un sistema de intercambio de datos conocido como EUCARIS. Posteriormente, el propietario del vehículo recibirá una carta en su idioma en la que se le informará de la infracción cometida y del importe de la multa. Sin embargo, el país de matriculación no podrá imponer ningún tipo de sanción sobre dicha infracción.
La supervisión de este sistema será llevado a cabo por la Comisión Europea, quien evaluará si es necesario presentar nuevas normas para garantizar que las infracciones cometidas en el extranjero reciban su sanción correspondiente.
La UE facilitará el control de las multas de tráfico entre los países miembros. A partir de ahora no será posible evitar el pago de las sanciones recibidas en un país diferentes al nuestro si éste pertenece a la Unión Europea. Se acaba de aprobar una norma que posibilita la ejecución de las multas de tráfico impuestas en un páis de la UE, aunque sea diferente al estado donde residimos.
El objetivo de esta nueva norma es acabar con la impunidad de la que disfrutan los conductores que infringen las normas de seguridad vial en otro país de la UE distinto del suyo, que a menudo pueden evitar las sanciones. De hecho, es más que llamativo detectar que los conductores extranjeros representan el 5 % del tráfico y, sin embargo, cometen más del 15 % de las infracciones por exceso de velocidad.
Para evitarlo, la citada norma establece el uso de un sistema electrónico de intercambio de información entre los países para identificar al vehículo que haya cometido una infracción en el extranjero. A pesar de ello, el sistema no controla las multas de aparcamiento (si en cambio las de velocidad, consumo de alchol y drogas o suo del móvil) y no es capaz de asegurar el pago de las infracciones, debido a las diferencias entre los sistemas de los países miembros.
Esta nueva medida, unida a la entrada en vigor del nuevo permiso por puntos, cualquier conductor puede perder sus puntos y verse obligado a asumir los perjuicios de esta pérdida. Para ello, en el mercado han surgido seguros de carnet por puntos.