Si cobras parte de tu sueldo en negro, puedes solicitar esta indemnización por despido
¿Te pagan las horas extra en un sobre aparte a final de mes? Si recibes parte de tu salario mensual en negro, por horas trabajadas que no se incluyen en tu contrato, puedes solicitar una indemnización a la empresa. Así lo establece la sentencia 2168/2020 del 18 de junio de 2020 del Tribunal Supremo (TS) referente al caso concreto de tres peones agrícolas que se encontraban en esta situación.
La sentencia establece que todas las retribuciones que los trabajadores reciben al margen de su nómina suponen un incumplimiento grave de las obligaciones de la empresa, puesto que los pagos fuera de la nómina implican que las empresas eluden la cotización a la Seguridad Social y una parte del pago de impuestos.
El TS resuelve de forma favorable que aquellas personas que tienen un contrato de trabajo y reciben parte del suelo en negro pueden solicitar la extinción del contrato de trabajo a la empresa. Esta petición de extinción del contrato debe tratarse como despido improcedente a causa del incumplimiento por parte de la empresa de sus obligaciones.
Por tanto, todas las personas que reciban parte de su salario sin incluirse en nómina pueden solicitar una indemnización como la de un despido improcedente porque la empresa ha incumplido sus obligaciones.
El caso concreto de esta sentencia es el de tres peones agrícolas que recibían el salario mensual en dos partes, una en la nómina y otra en negro. Además, después de cada periodo de trabajo, el empresario emitía una serie de finiquitos que posteriormente no se cobraban.
El Tribunal Supremo ha dictado que se considera conducta sancionable a nivel administrativo el hecho de que una empresa oculte parte de las remuneraciones a los trabajadores. Además, de afectar directamente al futuro del trabajador, puesto que la mayoría de las ayudas se calculan , puesto que tiempo cotizado.
Según establece el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 50.1 se considera causa justificada la solicitud de la extinción del contrato de trabajo por recibir una parte del salario en negro, lo que supone un incumplimiento grave de las obligaciones del empresario.
La indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado. En aquellos periodos inferiores a un año se prorratean por meses y la indemnización puede ser cómo máximo de 24 mensualidades. En el caso concreto de los peones agrícolas, han recibido una indemnización de entre 35.800 y 37.700 euros. La sentencia concluye que haber aceptado y recibir pagos fuera de sus nóminas no les impide solicitar la extinción del contrato.