Seguros a la dependencia, ¿interesan?

Seguros a la dependencia, ¿interesan?
NOTICIA de Javi Navarro
07.12.2012 - 17:30h    Actualizado 22.03.2023 - 17:13h

Las aseguradoras aprovechan los recortes para vender seguros a la dependencia que son claramente insuficientes. Así, con el incremento de la esperanza de vida, unida a la incertidumbre que se cierne sobre las ayudas a la dependencia públicas, muchas entidades financieras y aseguradoras han lanzado seguros orientados a cubrir posibles casos de dependencia de los consumidores. Muchos no son sino seguros de vida “ampliados”, que en muchos casos ofrecen unas coberturas insuficientes para casos comunes de dependencia.

El futuro siempre es incierto, más si el sistema de atención y ayudas que estableció la Ley de Dependencia sigue en caída libre. Cada vez hay menos personas atendidas. En octubre había 237.885 personas con derecho a una ayuda que siguen aguardando por ella… Y cada vez son menos los que esperan, por las naturales defunciones van causando bajas, y no entran nuevos dependientes, puesto que hay un atasco en el reconocimiento del derecho, con 100.000 solicitudes a la espera de ser atendidas. Esta situación no ha pasado desapercibida para las entidades financieras y aseguradoras, que ofertan seguros de “dependencia”, aunque la relación de sus servicios distaría mucho del sistema público, si la Ley de Dependencia se hubiera mantenido en sus términos originales o contara con suficientes fondos.

Ante la falta de información en sus webs, la única manera de averiguar los precios de estos seguros es consultar directamente con las compañías, con el riesgo de que intenten colocarnos su producto en vez de resolver la duda.

Prestaciones insuficientes

Este tipo de seguros ofrecen coberturas para situaciones asociadas a la dependencia. Proporcionan un capital en caso de fallecimiento, invalidez absoluta y permanente o dependencia en distintos grados. En algunos casos, no dejan de ser seguros de vida con ciertos añadidos, como cuidado físico y atención personal, acompañamiento, limpieza del hogar, asistencia y vigilancia nocturna o tratamientos especiales. Esto es lo que ofrece, por ejemplo el Seguro Caser Dependencia, que limita esta ayuda a domicilio a 72 horas al año, a todas luces un tiempo muy limitado para atender cualquier tipo de dependencia moderada.

Otros, como el Seguro de Dependencia BBVA Class ofertan una lista de servicios, desde la adaptación del baño, dormitorio y cocina al cuidado de las mascotas del dependiente o una segunda opinión médica cuyo uso se limita una vez a al año. Este seguro se promociona afirmando que no tiene coste, pero esta asociado a otro seguro del que no se informa del coste.

Primas tan caras como las rentas

En cuanto a las rentas que ofrecen en caso de dependencia, apenas hay información disponible sin tener que consultar, salvo algunas aseguradoras. Caser ofrece una horquilla de entre 500 y 1.500 euros mensuales, dependiendo de la modalidad de contratación, para grandes dependientes, y de entre 250 y 750 euros para dependencia severa. Por su parte, Todo Vida Dependencia de Mapfre permite contratar rentas de entre 300 y 2.500 euros mensuales; Aegon permite contratar una renta vitalicia que va desde los 50 a los 2.500 euros. Otros, como La Caixa, aseguran un capital que va desde los 10.000 euros hasta los 2.000.000.

¿Cuánto desembolso para el consumidor supone el derecho a estas rentas?

Para una de 500 euros al mes, con 50 años se paga una prima mensual de alrededor de 56 euros para hombres y 60 euros para mujeres; con 60 años, asciende, respectivamente, a 153 euros y 181 euros. La prestación de 500 euros se recibiría entera en caso de gran dependencia, y un 50 % (250 euros) en caso de dependencia severa. El límite de edad para pagar primas está en 69, y a esa edad se pagan 421 y 475 euros al mes, prácticamente la misma cantidad que se recibiría como máximo en caso de gran dependencia. El consumidor debe plantarse si merece la pena pagar tanto por la incierta posibilidad de una renta que en el fondo es mejor no tener que necesitar nunca.

Cuidado con las carencias

Las carencias, el tiempo que puede pasar entre el momento en que se contrata el seguro y cuándo puede el usuario beneficiarse de él son otro aspecto a tener en cuenta. BBVA Class tiene un periodo de carencia de 6 meses para dependencia debida a enfermedad y de 3 años en caso de dependencia derivada de una enfermedad mental; no habrá carencia en caso de accidente. En CNP Vida tampoco hay carencia en caso de accidente, pero si la dependencia no la ha ocasionado un accidente la carencia será de 1 año y si la dependencia es psíquica y no ocasionada por un accidente será de 3 años.

En este tipo de seguros de vida, una vez transcurrido el plazo previsto en la póliza, o como máximo dos años desde que se firmó el contrato, el asegurado puede dejar de pagar las primas sin que el contrato quede anulado. De esta manera, cobrará las rentas aunque ya no pague el seguro, pero estas serán proporcionales a las primas abonadas hasta ese momento.

¿Vale la pena?

A la hora de contratar este tipo de productos hay que tener una actitud crítica y estudiar a fondo las condiciones. Como hemos visto, las primas aumentan de forma anual, y hay que plantearse si se puede asumir ese incremento progresivo. Se debe contar también con el periodo de las rentas, puesto que en algunos casos es vitalicia, pero en otros, como Todo Vida Dependencia Mapfre, se limita a 10 años. También hay restricciones de edad, como por ejemplo las que impone Axa Vida Dependencia, que solo pueden contratar consumidores con edades comprendidas entre los 18 y los 59 años, y solo se puede seguir pagando primas hasta los 70 años. Para una persona joven, este seguro tiene poco sentido; una de mediana edad debe considerar que es mejor contratar un producto de ahorro que le garantice el capital invertido, que un seguro cuya utilidad es incierta.

Que no saquen provecho de la incertidumbre

Tanto con las entidades financieras como las aseguradoras, es muy difícil disponer de la información sobre estos seguros sin tener que acudir directamente a las oficinas. En el caso de los que ofertan pensados para dependencia, no dejan de ser seguros de vida ampliados con prestaciones muy básicas que, hasta el momento, ofertan los servicios sociales por un coste razonable. Algunas coberturas que se incluyen, como el cuidado de las plantas o mascotas y la asesoría telefónica, parecen más un relleno que algo que de verdad pueda ayudar a un dependiente.

Antes de contratar este tipo de productos el consumidor debe analizar su conveniencia, y si tiene dudas, ponerse en contacto con organizaciones como ADICAE, la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España, que aunque es imposible saber lo que va a ocurrir en el futuro, siempre hay que anticiparse para que no saquen provecho a nuestra costa.



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