¿Se puede sacar el dinero de un depósito antes de que cumpla el plazo?
¿Se puede sacar el dinero invertido en un depósito en cualquier momento? Es una de las dudas más recurrentes de los particulares que han decidido depositar sus ahorros en este tipo de productos financieros.
Una cuestión que es importante tener en cuenta antes de dar el paso de la contratación para evitar tener que asumir riesgos en el dinero invertido, como penalizaciones por cancelación o hasta pérdida de parte del dinero inicial invertido. Para evitarlo, desde el Banco de España explican en qué casos se puede cancelar el depósito antes de tiempo y las recomendaciones para que no perjudique al capital invertido.
En qué casos se puede cancelar un depósito antes de tiempo
Invertir en depósitos fijos o de otro tipo es una de las alternativas al alcance de los particulares para rentabilizar sus ahorros. Una opción atractiva que se suma a la posibilidad de compra de Letras del Tesoro y que permiten incrementar los ahorros en un corto o medio plazo. ¿Pero, qué pasa si en un momento puntal necesitas sacar ese dinero? ¿Se puede sacar el dinero invertido en un depósito a un año en el quinto mes? ¿O en cualquier otro momento?
La respuesta depende de las condiciones del producto que se contrate. Tal y como explica el Banco de España, algunos productos financieros de inversión permiten que el cliente retire el dinero invertido antes de que llegue la fecha de vencimiento si así lo desea. Pero no todos.
Los plazos en los que es posible retirar el dinero antes de que venza el contrato dependen igualmente de cada producto y entidad donde se ha contratado. De tal manera que en algunos casos es posible retirarlo algunos meses antes del vencimiento, mientras que en otros esta posibilidad se amplía hasta en años.
Por este motivo, este es uno de los datos fundamentales a revisar y tener en cuenta antes de invertir el dinero en alguno de los productos disponibles con buena rentabilidad.
Penalizaciones por cancelar el depósito de forma anticipada
El Banco de España explica que en el caso de que pueda cancelarse de manera anticipada, las entidades suelen cobrar una penalización o comisión por ello. Una cláusula que debe estar reflejada en el contrato y que, por tanto, es otro de los aspectos a revisar antes de firmar la contratación de alguno de estos productos.
En cualquier caso, la entidad recuerda que esta comisión no puede ser superior a los intereses brutos que se hayan devengado desde el inicio del depósito hasta la fecha de cancelación. Aunque aclara que esta limitación no afecta a la obligación que tienen las entidades bancarias de practicar la retención fiscal prevista en la normativa, por lo que podría ocurrir que tras la cancelación anticipada el cliente obtenga menor cantidad de que la depositó inicialmente.
La conclusión al respecto de este planteamiento es clara: Es fundamental revisar todos los aspectos al detalle antes de meter dinero en un depósito bancario. Para evitar problemas mayores, como la pérdida de parte del dinero inicialmente depositado.