Qué son las comisiones bancarias, tipos y cómo evitar que te las cobren
Comisiones. Solo con leer o escuchar esta palabra entran dolores de cabeza. Las comisiones bancarias son cantidades de dinero que los bancos cobran a sus clientes por ofrecerles un servicio. Es decir, que es el precio que hay que pagar de más por los productos y servicios que ofrecen las entidades. Por ejemplo, las asociadas a una cuenta bancaria por su mantenimiento o apertura, por no usar lo suficiente la tarjeta de crédito o por hacer una transferencia, entre otros.
Contenido de la información:
Qué son las comisiones
Las comisiones son una cantidad de dinero adicional que el banco reclama a los clientes en contraprestación de un servicio. Pueden ser mensuales, trimestrales, semestrales o anuales, pero en cualquier caso, el cliente debe conocer con absoluta transparencia que le van a pasar estos cargos.
Puede suceder que la entidad no informe de manera directa o personal sobre el cobro de estas comisiones, pero si aparecen detalladas en el contrato y lo firmas, has aceptado las condiciones. Motivo por el que es fundamental leer todas las cláusulas del contrato antes de firmarlo y contratar cualquier producto.
Cómo cobran las comisiones los bancos
Las comisiones pueden cobrarse de manera conjunta con el servicio asociado o de manera individual, especificando en la cuenta que se trata del cargo de una comisión. El primer caso se produce, sobre todo, al usar la tarjeta de débito en el extranjero o al retirar en efectivo dinero el cajero en una entidad distinta a la tuya. Mientras que el segundo caso es la práctica más habitual de pasar el cargo de comisiones, como un cobro separado en la cuenta.
Cada banco establece sus propias tarifas de comisiones, de ahí la importancia de comparar entre las ofertas de las distintas entidades antes de contratar un producto. Sobre todo, porque todavía existe una gran oferta de cuentas sin comisiones en las distintas entidades. Y si eres menor de cierta edad, dispones de un catálogo aún mayor con las mejores cuentas sin comisiones para jóvenes.
Tipos de comisiones
Las principales comisiones que pueden cobrar las entidades a los clientes son:
- De mantenimiento, son las que aplican los bancos por tener la cuenta abierta. El cobro de estas puede ser al mes, por trimestre, semestre o anual, dependiendo de la entidad.
- Por retirada de efectivo en el cajero. Estas comisiones suelen aplicarse cuando una persona de un banco saca dinero en un cajero de otra entidad.
- Por el uso de tarjetas en el extranjero. Si utilizas la tarjeta en el extranjero con una moneda distinta al euro, el banco cobra un recargo adicional de en torno al 3 % de la compra.
- Por usar la oficina. Hay entidades que cobran a sus clientes las operaciones en ventanilla si estas pueden hacerse en los cajeros o de manera digital.
- Por descubierto en cuenta. Es el coste que reclaman cuando te quedas en números rojos en la cuenta del banco y es la entidad la que debe poner el dinero que te falta de manera temporal para pagar tus recibos.
- Por emisión o mantenimiento de las tarjetas. Son las comisiones que cobran las entidades por crear tu tarjeta de débito o crédito y por mantenerla activa.
- Comisiones por hacer una transferencia bancaria. Estos son cargos adicionales que se aplican solamente en algunos casos. Las transferencias entre cuentas de la misma entidad no suelen tener coste adicional, pero las que se realizan con urgencia entre dos entidades sí. Lo mismo con las internacionales, fuera de SEPA. Te explicamos todos los detalles del coste y comisiones de las transferencias bancarias en esta otra información.
- Por administración. Esta es una comisión que se aplica por cada operación que un cliente realiza en su cuenta. No suelen ser muy habituales, sino que en lugar de cobrar por cada operación, se aplican comisiones a ciertos movimientos específicos, como los que hemos detallado.
- Comisiones de la hipoteca. Este préstamo también tiene asociado el cobro de comisiones, como por ejemplo de apertura del préstamo, por amortización anticipada o por subrogación de la hipoteca.
¿Se pueden evitar?
En algunos casos sí. Hay comisiones bancarias que se aplican si el cliente no se ajusta a una serie de requisitos, mientras que otras se aplican en cualquier caso. Lo vemos con un ejemplo.
- Un banco cobra una comisión anual por mantenimiento de la tarjeta. Este es un cargo que se aplica y no se puede evitar. A no ser que cambies de banco y busques una oferta mejor en la que no te cobren comisiones.
- Una entidad avisa al cliente de que le puede cobrar comisiones si no hace uso de su tarjeta un par de veces al mes. En este caso, si el cliente usa la tarjeta tal y como ha indicado el banco, no le pasarán el cargo de la comisión.
Por otra parte, respecto a otro tipo de comisiones como las específicas por hacer transferencias o por descubierto en cuenta, también hay formas de evitarlas. En el primero de los casos consiste en recurrir a otras alternativas para enviar dinero y en el segundo pasa por organizarse mejor las finanzas y economía del hogar.
En resumen, en muchos casos es posible evitar el cobro de estas cantidades adicionales, pero para ello hay que estar pendiente de todos los movimientos y valorar todas las opciones antes de realizar una operación. Otra opción es negociar con el banco para evitar este cobro de comisiones y buscar otras alternativas. En cualquier caso, es fundamental que cada cliente conozca todo lo que hay que saber para no pagar de más al banco y evitar el cobro de alguna de estas comisiones.
Comisiones ilegales
Tal y como señala el Banco de España, una entidad nunca puede cobrarte comisiones por un servicio que no hayas solicitado o aceptado, por lo que puedes reclamar a tu banco. En este caso, debe informarte de manera personal y anticipada del cobro adicional de este servicio.
Por otra parte, ante la modificación de contratos con las entidades, esta siempre debe informar previamente al cliente del cambio de las condiciones o el cobro de comisiones.
En estos casos, si consideras que te han cobrado una comisión ilegal, siempre puedes reclamar y recurrir al defensor del cliente o al órgano competente en esta materia de la entidad financiera. Si el resultado no te resulta satisfactorio, puedes llevar la reclamación hasta el Banco de España.