Qué es un aval bancario y por qué lo piden para alquilar una vivienda

Una persona contrata un aval bancario con una entidad.
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NOTICIA de Cristian Pinto
20.03.2025 - 12:38 CET    Actualizado 20.03.2025 - 12:38 CET

El actual mercado de alquiler de viviendas es muy competitivo. Por ello, los propietarios de estas cada vez buscan más garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones por parte de los inquilinos. Una de estas garantías es el aval bancario, una herramienta que ofrece seguridad tanto al arrendador como al arrendatario.

El Banco de España, ha publicado un artículo explicando el funcionamiento de los avales bancarios a la hora de alquilar una vivienda y qué implicaciones tiene para el inquilino. A continuación, exploraremos en detalle en qué consiste, cómo funciona y qué aspectos se deben considerar al solicitarlo.

Qué es un aval bancario en el alquiler de una vivienda

Un aval bancario es un escrito emitido por una entidad financiera en el que garantiza el pago de una determinada cantidad de dinero, en este caso, al arrendador, en el supuesto de que la persona que lo ha alquilado, el arrendatario, incumpla con su obligación de pagar el alquiler. Por ejemplo, algunas personas pueden solicitar los avales ICO del Gobierno si cumplen unos requisitos.

Funcionamiento del aval bancario

Para obtener un aval bancario, el inquilino debe seguir estos pasos:

  • Solicitud a la entidad bancaria. El arrendatario acude a su banco y solicita el aval, proporcionando información sobre su situación financiera y laboral.
  • Evaluación del riesgo. El banco analiza la capacidad de pago del solicitante y puede requerir garantías adicionales, como la pignoración de una cantidad equivalente al importe del aval.
  • Emisión del aval. Una vez aprobado, se formaliza el aval, que especifica el importe garantizado, la duración y las condiciones de ejecución.

Es importante destacar que, en caso de impago, el banco abonará al propietario las cantidades adeudadas y, posteriormente, reclamará al inquilino el reembolso de dichas sumas.

Costes asociados al aval bancario

La obtención de un aval bancario conlleva una serie de gastos que el inquilino debe asumir:

  • Comisión de estudio. Un porcentaje sobre el importe del aval que se paga una sola vez al iniciar el trámite.
  • Comisión de apertura. Se abona al formalizar el aval y suele oscilar entre el 0,5 % y el 1 % del importe avalado.
  • Comisión por riesgo. Se cobra periódicamente (trimestral o semestral) durante la vigencia del aval y su cuantía depende de la entidad y del perfil del solicitante.
  • Gastos notariales. Derivados de la formalización del aval ante notario, que pueden representar alrededor del 3 % del importe avalado.

Además, es común que el banco solicite la pignoración del importe avalado, es decir, que el inquilino deposite esa cantidad en una cuenta bloqueada hasta la finalización del contrato de alquiler.

No es lo mismo aval que fianza

La fianza es una cantidad que el inquilino entrega al propietario al inicio del contrato para cubrir posibles desperfectos en la vivienda. Legalmente, suele equivaler a una mensualidad de alquiler.

Por otro lado, el aval es una garantía adicional que asegura el pago de las rentas en caso de impago y no está regulada por una normativa específica, por lo que su importe y condiciones son acordados entre las partes.

Mientras que la fianza se utiliza para cubrir daños en el inmueble, el aval bancario se centra en garantizar el pago de las mensualidades.

Alternativas a los avales

Aunque el aval bancario ofrece una sólida garantía para los propietarios, existen alternativas como los seguros de alquiler. Estos seguros cubren posibles impagos y daños en la vivienda, además de ofrecer protección jurídica al arrendador. A diferencia del aval bancario, donde el inquilino suele asumir los costes, en los seguros de alquiler es común que sea el propietario quien contrate y pague la póliza, aunque en ocasiones este coste se repercute al inquilino.



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