¿Puedo cambiar la cerradura de la puerta si vivo de alquiler?

Cambiar cerradura puerta
NOTICIA de Jessica Pascual
16.02.2024 - 12:50h    Actualizado 16.02.2024 - 12:50h

Es una de las dudas más habituales que surgen al irse de alquiler. ¿El inquilino puede cambiar la cerradura del piso? Sí, las personas arrendatarias pueden sustituir la cerradura de la puerta de entrada de la vivienda por otra nueva si así lo desean. Este es uno de los derechos que tienen los inquilinos y que garantiza velar por la seguridad de la vivienda al tener un control exhaustivo de la cantidad de copias de llaves que hay de la cerradura de la vivienda. Cuestiones que están reguladas por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

¿Pero, qué pasa con el propietario de la casa? ¿Se puede negar? ¿El inquilino debe comunicarle o pedirle permiso para hacer este cambio? En esta guía resolvemos todas las dudas relacionadas con el cambio de cerraduras de las viviendas alquiladas.


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En qué casos el inquilino puede cambiar la cerradura de un piso de alquiler

Siempre que quiera. Cambiar la cerradura de la puerta de entrada es una pequeña modificación que permite aumentar la seguridad de la vivienda, así como la tranquilidad de los inquilinos en muchos casos. Motivo por el que, según la normativa actual, cualquier inquilino tiene derecho a cambiarla, pero siempre y cuando asuma todos los costes asociados a esta modificación.

¿Hay que avisar al propietario del cambio de cerradura?

No es obligatorio, pero sí recomendable. En España, no existe ninguna normativa que obligue a los inquilinos a informar a sus caseros de que van a hacer un cambio de cerradura. Pero es recomendable comunicarlo para mantener una buena relación con el propietario y que este tenga constancia del cambio en la vivienda de su propiedad.

¿Hay que darle una copia de la nueva llave al propietario?

¿Puede tener el dueño de mi piso alquilado la llave para entrar? Ya sea de la cerradura nueva, como de la antigua, la normativa establece que el propietario sí puede tener una copia de las llaves. Sin embargo, no puede usarlas a no ser que el inquilino le dé autorización expresa para ello.

De hecho, es recomendable que el casero tenga una copia de las llaves porque en caso de perderlas, dejártelas puestas por dentro o la sucesión de cualquier otro incidente, el proceso para entrar en casa será mucho más rápido y menos costoso que tener que contratar a un cerrajero de urgencia.

A pesar de estas ventajas y posibilidades, es fundamental conocer que uno de los derechos básicos de los inquilinos es no permitir la entrada al casero, aunque este tenga llaves. Dado que al firmar el contrato, el uso y disfrute de la vivienda queda completamente cedido al inquilino.

Qué hacer con la nueva cerradura al finalizar el contrato

Por otra parte, una vez finalice el contrato, hay que entregar al propietario todos los juegos de llave y las copias realizadas. Si el dueño tenía conocimiento expreso del cambio de cerradura, puede que no sea necesario reponer el bombín original y sea suficiente con entregar los nuevos juegos de llaves.

Aunque cabe la posibilidad de que el propietario quiera que el inquilino reponga la anterior cerradura. Sobre todo, si en el contrato firmado hay alguna cláusula acerca de que la vivienda debe entregarse en las mismas condiciones en las que se entregó. Como todos los temas peliagudos o que pueden generar controversia en una vivienda de alquiler, esta cuestión debe quedar reflejada en el contrato. Es, de hecho, una de las cláusulas que hay que revisar en un contrato de alquiler para evitar problemas.



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