Protección al consumidor en Navarra
En la Comunidad Foral de Navarra, la Dirección General de Familia, Infancia y Consumo del nuevo Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, es la encargada a través de su Servicio de Consumo de informar y formar a los consumidores sobre sus derechos y la forma de ejercerlos, así como de resolver las consultas, reclamaciones y denuncias que se planteen.
De esta forma, el Negociado de Asistencia Jurídica de Consumo se encarga de la atención de las consultas e información al consumidor, de la elaboración de la normativa de consumo, de la asistencia jurídica al Servicio de Consumo, y de atender las denuncias realizadas por los consumidores.
Negociado de Asistencia Jurídica de Consumo
Parque Tomás Caballero, 1 Edificio “Fuerte del Príncipe, II”
31005 Pamplona Tel.: 848 423 579 / 848 427 733 Fax: 848 423 587 Email: seccion.consumo@cfnavarra.es / infoconsumo@cfnavarra.es
Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC)
Junto al Servicio de Consumo de la Dirección General de Familia Infancia y Consumo del Gobierno Navarro, para salvaguardar tus intereses económicos y sociales, tu derecho a recibir una información correcta y suficiente, y para que se reparen e indemnicen los perjuicios que te pudiesen ocasionar en materia de consumo y vivienda, los puntos de referencia a los que puedes acudir son las distintas Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) de tu correspondiente Ayuntamiento.
Arbitraje de Consumo
El Arbitraje de Consumo es un procedimiento rápido y sencillo para solucionar los posibles conflictos que pudieran existir entre consumidores y empresarios, sin necesidad de acudir a los tribunales ordinarios de justicia. Será en encargado de atender las consultas planteadas por los consumidores, mediar entre consumidores y empresas en caso de conflicto y arbitrar en supuestos de reclamaciones de consumidores.
Si presentas una reclamación ante la Junta Arbitral de Consumo, ante una Asociación de Consumidores o ante cualquier Oficina Municipal de Información al Consumidor, este servicio tratará en primer lugar de mediar para alcanzar un acuerdo entre las dos partes en conflicto sin llegar al arbitraje. Si esta mediación no es posible y la reclamación se considera causa de arbitraje, se constituirá el Colegio Arbitral que adoptará una decisión que ponga fin a la reclamación y que tendrá que ser asumida por las partes (es el denominado “laudo vinculante”).
Ejemplos de estas decisiones relativas a viviendas con desperfectos, defectos en construcciones de viviendas de nueva construcción, baldosas defectuosas, irregularidades en reformas de portales, etc., puedes consultarlos a través de la recopilación de laudos que pone a tu disposición el Gobierno Navarro.
Sección de Arbitraje de Consumo
Parque Tomás Caballero, 1 Edificio “Fuerte del Príncipe, II”
31005 Pamplona Tel.: 848 427 758 / 760 Fax: 848 423 587 Email: junta.arbitral.consumo@cjnavarra.es