Nuevos radares de velocidad en Asturias y León
A partir del próximo sábado, 23 de mayo, entrarán en funcionamiento tres nuevos radares fijos para el control de la velocidad, dos en la provincia de León y uno más en el Principado de Asturias. Los tres radares, cuyo funcionamiento ya ha sido verificado por el Centro Español de Metrología, se hayan situados en la Ruta de la Plata o A-66 que es la autovía cuyo trazado transcurre desde Gijón a Sevilla, y en la AP-66 que es la autopista de peaje que une Asturias y la Meseta, siendo popularmente conocida como “Autopista del Huerna” entre Campomanes (Asturias) y León.
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El objetivo de estos radares es reducir el exceso de velocidad en estas carreteras y con ello el riesgo de que se produzcan accidentes. La velocidad es un factor concurrente de producción de accidentes que en España, durante el año pasado influyó en la muerte de 579 personas.
El de la AP-66 se ha ubicado en un punto conflictivo en las proximidades del antiguo peaje de Campomanes que en la actualidad ha sido deshabilitado, con modificación de la infraestructura. Se trata de una vía de fuerte y prolongada pendiente y con curva por lo que la velocidad está limitada a 90 km/h. En esta zona en 2008 se produjeron 3 accidentes con 6 heridos.
Los dos radares de la autovía A-66 se ubican en estos sitios por ser carreteras próximas a importantes nudos de enlace con otras vías, en donde la velocidad puede ser desencadenante de accidentes. En la vía en la que se sitúan los dos nuevos radares se han contabilizado desde principios de 2008, 11 accidentes que han producido 1 muerto y 19 heridos.
VÍA PUNTO KILOMETRICO SENTIDO PROVINCIA LIMITE VELOCIDAD A-66 140,800 Creciente León 120 km./h.
A-66 160,500 Decreciente León 120 km./h.
AP-66 66,700 Decreciente Asturias 90 km./h.
Estos nuevos radares, como todos los demás ya existentes están señalizados, como es compromiso de la DGT, en paneles luminosos y con señal vertical fija, a través de los cuales se informa al conductor de la existencia de dichos controles.
Además, toda la información sobre situación de los radares fijos está disponible en la página web de la DGT: www.dgt.es
NORMATIVA
La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación (artículos 48 a 54), fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos.
El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 90 a 600 euros. Además, el artículo 379 del Código Penal, tipifica como delito los grandes excesos de velocidad y estipula que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.
Además, el sistema de Permiso por Puntos contempla la pérdida entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad cometido.