¿Me pueden multar por conducir con gorra o sombrero?
Conducir en verano genera muchas dudas. Subirse al coche con bañador, sin camiseta, con gafas de sol, enrollado en una toalla o con sandalias de playa son algunas de las imágenes habituales que pueden verse en las carreteras durante el periodo estival, en especial en trayectos cortos. ¿Pero, qué dice la normativa acerca de conducir con esta vestimenta? ¿Y qué hay sobre usar gorras o sombreros?
El Reglamento General de Circulación no regula de forma específica el tipo de vestimenta o complementos permitidos durante la conducción en verano. Por tanto, no hay una respuesta única a las preguntas anteriores, sino que la normativa establece que el conductor puede vestir o llevar lo que desee, siempre y cuando se ajuste a las condiciones de seguridad y buena visibilidad en carretera. Y, ¿me pueden multar por llevar gafas de sol? En esta otra información puedes consultar cuáles están prohibidas por la DGT.
Contenido de la información:
Qué dice la normativa sobre el uso de gorras o sombreros
El Reglamento General de Circulación señala que un conductor puede llevar la vestimenta que prefiera, pero siempre y cuando esta no afecte a la seguridad durante la conducción o a la buena visibilidad. Motivos por los que aunque no existe prohibición, sí hay dudas acerca de si se puede conducir con chanclas en verano o hacerlo con abrigo en invierno.
¿Pero, qué hay acerca de los gorros y sombreros? Estos son simples complementos que se vuelven imprescindibles durante la época estival con objetivo de proteger la cabeza de la exposición solar continuada.
A priori, usar una gorra o sombrero no debería suponer motivo de sanción, pero hay excepciones a la norma. Y ello depende del tipo, forma y tamaño del gorro o sombrero en cuestión. El objetivo, al igual que sucede con otras normas acerca de la vestimenta, es garantizar la seguridad, tanto del conductor y el resto de los ocupantes, como de los demás pasajeros de la vía.
Así aparece reflejado en la normativa, que en su artículo 18 señala que todos los conductores están obligados a mantener su propia libertad de movimientos, así como el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción. El objetivo es garantizar su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.
En la práctica, la posibilidad de que caiga una multa por ello depende de la interpretación de los agentes de tráfico. Es decir, que esta posibilidad de usar sombreros, gorras y otros complementos típicos del verano queda sujeta a si las autoridades consideran que su uso interfiere en la seguridad en carretera.
Cómo saber si puedo usar una gorra o sombrero en el coche y que no me multen
De manera general, y teniendo en cuenta lo establecido por la legislación estatal, solamente pueden usarse gorras y sombreros que no interfieran para nada en la conducción. Esto supone que el uso de determinadas gorras que tengan viseras muy anchas o grandes o sombreros estilo pamela de tamaño considerable no son los complementos más apropiados para conducir y usarlos podría ser sancionable por los agentes de tráfico.
Porque todos los gorros y gorras que puedan interferir en la seguridad durante la conducción al quiten visibilidad o limitar determinados movimientos, como por ejemplo, al girar levemente la cabeza para mirar el retrovisor, son sancionables. También es sancionable el uso de estos complementos si tapan los oídos y ello reduce la atención que puede poner el conductor al resto del tráfico y percepción de los coches.
En resumen, el uso de gorros y gorras está permitido al conducir, pero siempre y cuando se cumplan las condiciones básicas de seguridad y buena visibilidad.
Multa por usar gorros y sombreros
En el caso de usar alguno de estos complementos que ponga en riesgo la seguridad vial, el reglamento señala que el conductor se enfrenta a multas de entre 80 y 200 euros por cometer una infracción leve.