Madres solas suelen estar divorciadas, entre 36 y 45 años, con un hijo económicamente dependiente y en busca de un empleo
Según un reciente estudio del Instituto de la Mujer, en España existen 588.300 familias monoparentales, de las cuales, un 86,3 % tiene como persona principal a una mujer. Esta cifra da cuenta del innegable rol de las mujeres como fuerza impulsora de las nuevas generaciones y de la importancia que para éstas cobra el empleo como activo para sacar adelante a su familia.
La Fundación Adecco ha querido profundizar en la situación personal y profesional de las mujeres con responsabilidades familiares no compartidas con una radiografía de las mujeres con responsabilidades familiares no compartidas. Para ello, ha realizado una encuesta a 300 mujeres de estas características, obteniéndose como perfil el de una divorciada entre 36 y 45 años, con un hijo menor o dependiente económicamente, y en busca de un empleo, ya sea porque no lo tiene o porque aspira a una mejora laboral.
Según se desprende de la encuesta, casi la mitad de las mujeres con responsabilidades no compartidas (44,4 %) está divorciada. Sin embargo, la condición de soltera también es bastante habitual (29,2 %), seguida de la de separada (16,7 %) y de la de viuda (9,7 %).
Excluyendo el caso de las solteras (29,2 %), cuyo estado civil puede responder a una elección personal, podríamos extraer la conclusión de que en el 70,8 % de los casos, la condición de monoparentalidad no responde a una opción voluntaria, sino a una obligación impuesta por diversas circunstancias de la vida (una separación, divorcio o viudedad).
Grupo de edad
En cuanto al grupo de edad, observamos que más de la mitad de las encuestadas (55,3 %) tiene entre 36 y 45 años. En concreto, un 29,8 % tiene entre 36 y 40 años y un 25,5 % tiene entre 41 y 45 años.
Tipo de responsabilidad
Nos hemos referido a madres solteras que encabezan familias monoparentales, pero existen otro tipo de responsabilidades familiares no compartidas, como el cuidado de los padres u otros familiares dependientes. Sin embargo, la primera opción es, con creces, la más habitual. Así, un 92,9 % de las mujeres tiene hijos menores – o dependientes económicamente- a su cargo. En un 12,9 % de estos casos, nos encontramos con el agravante de que el descendiente tiene discapacidad.
Por otra parte, un 4,7 % de las encuestadas alega que tiene a los dos progenitores o a uno de ellos -padre o madre- a su cargo, y un 2,4 % comenta que es la responsable directa de otro familiar.
Según datos del Instituto de la Mujer, la mayoría de las mujeres con descendientes tienen a un hijo/a a su cargo (69,8 %), seguidas de las que tienen 2 hijos/as (24,8 %) y 3 hijos/as (4,4 %). Por último, un 0,6 %, más residual, tiene 5 hijos/as o más.
Situación formativa y laboral
¿Qué nivel de estudios tienen las mujeres con responsabilidades familiares no compartidas? En general, no se observa una tendencia clara, aunque se puede concluir que su nivel formativo es medio. Un 29,6 % de las encuestadas tiene estudios secundarios, seguido de un 24,7 % que tiene estudios de Formación Profesional de grado medio y un 14,8 % que cuenta con estudios elementales. Además, un 24,6 % de las mujeres tiene estudios universitarios -un 12,3 % es diplomada y otro 12,3 % es licenciada-. Por último, un 6,2 % cuenta con Formación profesional de grado superior.
Los datos del Instituto de la Mujer revelan que el 22,6 % de las mujeres que encabezan familias monoparentales se encuentran en situación de desempleo, frente a un mayoritario 77,4 % que sí tiene trabajo. Sin embargo, según se desprende de la presente encuesta, un 40 % de las ocupadas está interesada en cambiar de trabajo porque no está satisfecha con el actual, principalmente porque no percibe suficientes ingresos o porque no le permite conciliar. De ello se concluye que la mayoría de las mujeres con responsabilidades familiares no compartidas busca trabajo, ya sea porque no lo tiene o porque aspira a una mejora laboral.
Uno de los principales motivos de la insatisfacción laboral reside, según las encuestadas, en las insuficientes políticas de conciliación existentes. Así, un 71 % de ellas denuncia que su empresa no dispone de mecanismos eficaces para permitir compaginar su vida personal con la profesional.
Frente a ellas, un 29 % declara que su organización sí cuenta con medios de conciliación, siendo el horario flexible y el abandono del puesto por emergencias familiares, las fórmulas más frecuentes.
Dispuestas a todo por un trabajo
Para las mujeres con responsabilidades familiares no compartidas, el empleo es un activo aún más vital que para el resto, si cabe. Tienen que sacar adelante a una familia sin más ayuda que ellas mismas y necesitan urgentemente unos ingresos que se lo permitan.
Sin embargo, estas mujeres destacan las dificultades de inserción laboral que encuentran en su día a día, en muchos casos por prejuicios negativos que tienen los empleadores con respecto a las “madres solas”. Ello provoca que la consecución de la estabilidad se antoje complicada, viéndose abocadas, en muchos casos, a la precariedad económica.
Merece la pena reflexionar sobre el motivo por el que las paradas encuestadas no tienen trabajo. Como el resto de la sociedad, un 88,2 % se ha visto afectada por despidos o Expedientes de Regulación de Empleo. No obstante, es significativo que un 8,8 % está en paro por haberse incorporado recientemente al mercado laboral, debido a su nueva condición de separada, divorciada o viuda, que le obliga a buscar un trabajo para hacer frente a sus obligaciones económicas. Por último, un 2,9 % está desempleada por haber renunciado voluntariamente a su trabajo anterior.
Según Delia Salinero, responsable de selección de la Fundación Adecco: “algunas mujeres se incorporan al mercado laboral tras prolongados periodos de inactividad y con ciertas carencias formativas y de autoestima. Con ellas es muy importante trabajar en el reciclaje profesional, las habilidades sociales, de comunicación, etc. Sin embargo, lo que todas necesitan es la posibilidad de conciliar su vida personal con la laboral”.
A tenor de todo esto, la mayoría de las mujeres con responsabilidades familiares no compartidas está dispuesta a cualquier cosa con tal de trabajar. Así, un 89,1 % cambiaría de sector y aceptaría un puesto de cualificación inferior a su formación.
Más reticentes se muestran con la movilidad geográfica, debido a que sus responsabilidades familiares les impulsan a permanecer en una ubicación concreta. De este modo, menos de la mitad de las encuestadas (34,8 %) estaría dispuesta a cambiar de ciudad para encontrar trabajo.
El tic social de la discriminación femenina
A pesar de que el siglo XXI lleva una década de andadura, la desigualdad laboral entre hombres y mujeres parece seguir siendo una realidad. Aunque la legislación ha trabajado intensamente en los últimos tiempos para eliminar la discriminación femenina en materia de empleo, siguen permaneciendo ciertos comportamientos y “tics” culturales que suponen verdaderos frenos para la integración de muchas mujeres en el mercado laboral.
Así lo avalan los resultados de este estudio: un 67,5 % de las mujeres confiesa haberse sentido discriminada en su puesto de trabajo, en alguna ocasión, al haber visto mermadas sus oportunidades profesionales por ser madre o estar en edad de serlo. Esta discriminación se traduce, según las encuestadas, en las diferentes posibilidades de promoción y ascenso con respecto a sus compañeros varones, así como en las diferencias salariales.
También nos encontramos con el caso opuesto: mujeres que se han visto obligadas a renunciar a promociones y ascensos profesionales, porque ello era incompatible con sus responsabilidades familiares. En concreto, un 24,7 % de las encuestadas así lo declara, un porcentaje que representa los talentos femeninos que se pierden en el mercado laboral por la imposibilidad de conciliar.
120.000 divorcios, unas 330 rupturas al día
En el año 2012 los juzgados españoles tramitaron 120.000 divorcios, un 2 % más. Además, crecieron un 14 % los procesos consesuados de modificación de medidas que se adoptan cuando varían las circunstancias economicas o personales existentes en el momento de la separación o el divorcio. Comparando los datos globales de 2012 con los de 2011 se observa que en Andalucía, Cataluña y Madrid han aumentado las dos formas de divorcio, mientras que han disminuido tanto las separaciones contenciosas como las de mutuo acuerdo. En Canarias y Extremadura han aumentado todas las formas de ruptura matrimonial.
En el año 2012 tuvieron entrada en los órganos judiciales españoles un total de 70.571 asuntos de divorcio consensuado, un 2,4 % superior al año anterior, y 49.485 de divorcios contenciosos, un 2,5 % de incremento sobre el año anterior, según los datos hechos públicos hoy por el Servicio de Estadística Judicial del Consejo General del Poder Judicial. Asimismo se presentaron 4.738 separaciones de mutuo acuerdo y 2.404 separaciones contenciosas. También ingresaron 164 asuntos de nulidad matrimonial.
Aumento a finales de año
Dentro de una tendencia decreciente que se observa desde finales de 2005 tanto los divorcios contenciosos como los de mutuo acuerdo han mostrado un ligero repunte en el cuarto trimestre de 2012, con incrementos interanuales del 11,5 % para los divorcios consensuados y del 7,1 % para los no consensuados. El número de procedimientos de divorcio consensuado iniciados en el cuarto trimestre es el más alto desde el segundo trimestre de 2008.
Separaciones
Para las separaciones, especialmente para las de mutuo acuerdo, también se observa un levísimo repunte en el cuarto trimestre. Las separaciones de mutuo acuerdo han mostrado un incremento interanual en el cuarto trimestre del 7,6 %. Ello se ha producido después de bajadas desde el primer trimestre del 2010, con la única excepción del tercero de 2011.
Modificaciones de guardia, custodia, alimentos…
Por primera vez se incluye información sobre las modificaciones de medidas en procesos de separación y divorcio, así como sobre los procedimientos relacionados con la guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales.
A efectos terminológicos, se entiende por “modificación de medidas en procesos de separación y divorcio”, el procedimiento que se incoa para solicitar una resolución judicial que modifique las medidas fijadas en sentencia de separación y/o divorcio porque se hayan modificado sustancialmente las circunstancias económicas o personales que existían en el momento en que se acordaron. En el mismo sentido, para el caso de que se trate de unidades familiares en las que no haya existido previo matrimonio, si lo que se pretende es la modificación de medidas adoptadas respecto a hijos sujetos a patria potestad, el procedimiento judicial que se insta es el ahora identificado como “guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales”; en ambos casos, al igual que en el resto de los asuntos relativos al derecho de familia, el procedimiento puede ser de mutuo acuerdo o contencioso.
En 2012 se han iniciado 6.719 procedimientos consensuados de modificación de medidas, un 14,4 % más que en 2011. Respecto a procedimientos no consensuados de modificación de medidas se han iniciado 26.435, con un incremento interanual del 24 %.
Asimismo, se iniciaron 11.607 procedimientos consensuados de guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales, un 17,3 % más que en 2011, mientras que procedimientos no consensuados se iniciaron 19.885, un 12,2 % más que en 2011.
Vuelven a crecer los divorcios, sobre todo a partir de los 40
Según la estadística de Nulidades, Separaciones y Divorcios 2011 del Instituto Nacional de Estadística, las rupturas matrimoniales aumentaron un 0,3 % en el año 2011 respecto al año anterior, a pesar de que en los últimos años el número de separaciones y divoricios se había frenado con la crisis. Así, los divorcios crecieron un 0,7 %, mientras que las separaciones disminuyeron un 4,6 %. Siete de cada 10 procedimientos de disolución se resolvieron en menos de seis meses y en total, en el año 2011 se produjeron 110.651 disoluciones de matrimonios. Por tipo de ruptura, en 2011 se produjeron 103.604 divorcios (un 0,7 % más que en el año anterior), 6.915 separaciones (un 4,6 % menos) y 132 nulidades (un 5,7 % menos).
Los divorcios representaron el 93,6 % de las rupturas matrimoniales en el año 2011, frente al 6,2 % de las separaciones y el 0,1 % de las nulidades.
Disoluciones matrimoniales de mutuo acuerdo
El 67 % de las disoluciones matrimoniales en el año 2011 fueron de mutuo acuerdo, porcentaje similar al 67,6 % registrado el año anterior.
Del total de divorcios, el 66,8 % fueron de mutuo acuerdo y el 33,2 % no consensuados. Por su parte, el 70,8 % de las separaciones fueron de mutuo acuerdo y el 29,2 % contenciosas.
Las rupturas consensuadas de divorcios registraron una ligera disminución en términos relativos respecto al año anterior, puesto que en 2010 el 67,4 % de los divorcios fueron de mutuo acuerdo. Por su parte, las separaciones consensuadas experimentaron un ligero aumento, representando un 70,7 % sobre el total de éstas en 2010.
En el 11,4 % de los divorcios hubo separación previa, frente al 13,3 % del año anterior.
Edad media a la disolución del matrimonio y nacionalidad de los cónyuges
El mayor número de rupturas calificadas como nulidades matrimoniales tuvo lugar en la franja de edad entre 35 y 39 años, tanto en hombres como en mujeres, mientras que en las separaciones y divorcios se situó entre los 40 y 49 años.
La edad media de las mujeres en el momento de la disolución matrimonial fue de 42,3 años (42,0 años en los divorcios, 46,9 en las separaciones y 38,3 en las nulidades). En el caso de los hombres, la edad media fue de 44,9 años (44,6 años en los divorcios, 49,2 en las separaciones y 44,1 en las nulidades).
Dichas edades medias fueron ligeramente superiores a las registradas en 2010 (42,0 para las mujeres y 44,6 años para los hombres).
El 85,0 % de las disoluciones matrimoniales registradas en 2011 tuvo lugar entre cónyuges de nacionalidad española. En el 9,5 % uno de los cónyuges era extranjero y en el 5,5 % ambos cónyuges eran extranjeros.
Respecto al año anterior se aprecia un ligero aumento en términos relativos, tanto de las disoluciones en las que ambos cónyuges eran extranjeros (4,9 % en 2010), como de aquellas en las que al menos uno de los cónyuges era extranjero (8,9 %).
Duración media de los matrimonios disueltos
La duración media de los matrimonios disueltos en el año 2011 fue de 15,7 años, cifra ligeramente superior a la observada en 2010.
Los matrimonios disueltos por divorcio tuvieron una duración media de 15,4 años, las rupturas por separación de 20,8 años y los anulados de 7,7 años.
Tres de cada 10 divorcios se produjeron después de 20 años de matrimonio y dos de cada 10, en uniones que duraron entre seis y 10 años.
En el caso de las separaciones, el 47,5 % de los matrimonios tuvo una duración superior a 20 años y el 15,7 % entre seis y 10 años.
Atendiendo al estado civil de los cónyuges cuando contrajeron el matrimonio que se disuelve, la mayoría eran solteros. En el caso de los varones, el 6,0 % eran divorciados y el 0,6 % viudos. Entre las mujeres, el 5,5 % eran divorciadas y el 0,4 % viudas.
Disoluciones de matrimonios según hijos, pensión y custodia
El 42,8 % de los matrimonios disueltos en el año 2011 no tenían hijos, porcentaje similar al del año anterior (42,9 %).
El 48,4 % tenían solo hijos menores de edad, el 3,9 % solo hijos mayores de edad dependientes económicamente y el 4,9 % hijos menores de edad y mayores dependientes. El 28,5 % de los matrimonios disueltos tenía un solo hijo.
En el 57,2 % de las rupturas matrimoniales se asignó una pensión alimenticia, cifra similar a la del año anterior (57,1 %). En el 85,9 % de los casos el pago de la pensión alimenticia le correspondió al padre (87,5 % en 2010), en el 5,1 % a la madre (5,0 % en el año anterior) y en el 9,0 % a ambos cónyuges (7,5 % en 2010).
La custodia de los hijos menores fue otorgada a la madre en el 81,7 % de las rupturas matrimoniales, cifra inferior a la observada en el año anterior (83,2 %). En el 5,3 % de las disoluciones la custodia la obtuvo el padre (frente al 5,7 % de 2010), en el 12,3 % fue compartida (10,5 % del año anterior) y en el 0,7 % se otorgó a otros (instituciones, otros familiares). En el 12,0 % de las rupturas matrimoniales hubo pensión compensatoria. En nueve de cada 10 casos la pensión compensatoria fue pagada por el esposo.
En lo que concierne a la presentación de la demanda de disolución matrimonial, en el 48,4 % de los casos la demanda fue presentada por ambos cónyuges, en el 32,8 % por la esposa y en el 18,8 % por el marido. Este orden de prelación se mantuvo tanto en los divorcios como en las separaciones.
Duración media de los procedimientos de disolución
El 70,8 % de las demandas de divorcio se resolvió en menos de seis meses (frente al 72,4 % en 2010), mientras que el 9,2 % se demoró más de un año (8,1 % en el año anterior).
En las separaciones, el 76,6 % se resolvió en menos de seis meses (76,7 % en 2010) y el 7,0 % tardó más de un año (7,1 % en el año anterior). La duración media de los procesos de disolución matrimonial fue de 5,0 meses, cifra ligeramente superior a los 4,8 meses observada en 2010.
La duración media del procedimiento de disolución fue algo menor en las separaciones (4,4 meses) que en los divorcios (5,0 meses).
Datos por comunidades autónomas
El número de disoluciones matrimoniales por cada 1.000 habitantes en España fue de 2,34 en el año 2011. Por comunidades autónomas, las que registraron las mayores tasas de rupturas matrimoniales por cada 1.000 habitantes fueron Canarias (2,86), la ciudad autónoma de Melilla (2,71) y Comunitat Valenciana (2,70).
Por el contrario, las comunidades autónomas con menores tasas de rupturas fueron Extremadura (1,70), Castilla y León (1,76) y Castilla – La Mancha (1,78).
Consulta legal: Soy divorciada con hijos menores, ¿se puede modificar el convenio regulador?
Sí, siempre que se modifiquen sustancialmente las circunstancias del convenio regulador que se aprobó en su día, o bien, de común acuerdo. Te recomiendo que acudas a un abogado, no obstante, a continuación te explico un poco cómo es el procedimiento.
En primer lugar, se elabora la petición de modificación del convenio regulador, en la que se relatan los antecedentes de hecho, los fundamentos de derecho y se aportan una serie de documentos como el poder general de pleitos, la sentencia de divorcio y el convenio regulador aprobado en la misma.
Se elabora la propuesta de convenio regulador, que será adjuntada como documento a la petición de modificación.
En segundo lugar, ambos escritos se dirigen al Juzgado de primera instancia de los de familia que por turno corresponda del partido judicial del lugar del último domicilio familiar común, o bien, al que corresponda por tu domicilio actual o al de tu exmarido.
Hay que tener en cuenta, que los hijos, siendo menores, pueden ser oídos si el juez lo considera o lo solicitáis. Además, la propuesta de convenio que presentáis será remitida al Ministerio Fiscal para que emita el correspondiente informe.
Si todo es favorable, os citarán para comparecer y manifestar vuestra voluntad. Después, la sentencia.
María del Mar Lesmes Arenas es Abogada en ejercicio por el Colegio de Abogados de Madrid “Confianza, por profesionalidad – Empatía, por proximidad – Resolución, por necesidad”
Divorcios por conveniencia, a la orden del día
Aumentan en un 30 % las investigaciones a parejas con problemas económicos que se separan para salvaguardar su patrimonio. Grupo Winterman afirma que este tipo de estrategias para no pagar deudas están a la orden del día. La crisis ha provocado también un aumento de la simulación de siniestros y robos. Los deudores recurren a este engaño para evitar perder sus bienes o su casa.
Grupo Winterman, agencia de investigación e inteligencia, constata que en el último año han aumentado en un 30 % las investigaciones a parejas morosas que se divorcian antes de declararse insolventes. Los investigadores son contratados por la empresa que quieren cobrar la deuda y su trabajo consiste en averiguar si el divorcio responde a causas reales o bien es un montaje para poder declararse insolventes.
Para Josep María Vilamajó, presidente de Grupo Winterman, los deudores recurren a este tipo de engaños para evitar perder su patrimonio. “Todos los bienes comunes y la casa familiar pasa a nombre de uno de los miembros de la pareja, el que no tiene deudas, y entonces la pareja se divorcia con la esperanza que este truco sirva para no perder el patrimonio familiar”. El perfil de los que recurren a este tipo de estrategias para no pagar las deudas es el de un empresario que ha tenido que cerrar su negocio y con deudas superiores a los 60.000 euros.
Para Vilamajó el engaño funciona hasta que se demuestra que la pareja sigue funcionando como antes del supuesto divorcio.
“Nuestro trabajo consiste en evidenciar que la pareja que supuestamente se acaba de divorciar sigue haciendo cosas normales de pareja como salir de fin de semana, ir a buscar a los niños al colegio juntos o mostrarse en público en actitud cariñosa”.
En tiempos de crisis, puntualiza Josep María Vilamajó, los fraudes o intentos de fraude están a la orden del día y se llega a límites insospechables. Las simulaciones de robos y siniestros varios han aumentado también en los últimos tiempos.
Divorcios internacionales: la pareja podrá elegir qué legislación se aplica
El pleno del Parlamento Europeo se pronunciará sobre un reglamento que permitirá a los matrimonios internacionales en trámites de divorcio elegir la legislación nacional aplicable a su caso. Según esta norma, por ejemplo, una pareja hispano-portuguesa que vive en Bélgica podrá decidir si su divorcio se rige por la ley española, portuguesa o belga, de acuerdo con una serie de criterios incluidos en el reglamento.
El reglamento de la UE sobre divorcios y separaciones permitirá a las parejas internacionales (parejas de distinta nacionalidad, que viven en países distintos de la UE o que conviven en un Estado miembro distinto del de origen) elegir qué ley se aplica si deciden separarse, siempre y cuando sea la ley de un país con el que tienen una estrecha relación (como la residencia habitual o la nacionalidad). Las nuevas normas también aclaran qué normativa será aplicable en caso de que los cónyuges no lleguen a un acuerdo.
Este reglamento fue aprobado por los ministros de Justicia de la UE el pasado 3 de diciembre. Con este reglamento, es la primera vez en la historia de la Unión que se utiliza el procedimiento de “cooperación reforzada”, que permite a algunos Estados miembros avanzar en una legislación en la que no existe unanimidad en el Consejo.
La propuesta de divorcio transfronteriza cuanta con el respaldo de 14 Estados miembros hasta el momento: Bélgica, Bulgaria, Alemania, España, Francia, Italia, Letonia, Luxemburgo, Hungría, Malta, Austria, Portugal, Rumania y Eslovenia. Los demás Estados miembros que lo deseen podrán unirse en cualquier momento.
Entre 40 y 49 años, la edad en que se producen más divorcios
Los divorcios disminuyeron un 10,6 % y las separaciones un 12,3 % La duración media de los matrimonios disueltos fue de 15,6 años, la misma que en el año 2008. En total, en el año 2009 se produjeron 106.166 disoluciones de matrimonios lo que significa que continúa la disminución de las rupturas matrimoniales iniciada en el año 2007. Por tipo de ruptura matrimonial, en 2009 se produjeron 7.680 separaciones (un 12,3 % menos que en el año anterior) y 98.359 divorcios (un 10,6 % menos). Por su parte, hubo 127 nulidades, un 10,6 % menos que en el año 2008.
Los divorcios representaron el 92,7 % de las disoluciones matrimoniales en el año 2009, frente al 7,2 % de las separaciones y el 0,1 % de las nulidades. De esta forma, se con-solida la tendencia al alza de los divorcios en el global de las disoluciones matrimoniales.
En el año 2009 se produjeron 158 disoluciones de matrimonios homosexuales. De esta cifra, 87 fueron rupturas entre hombres y 71 entre mujeres.
Disoluciones matrimoniales de mutuo acuerdo
El 64,6 % de las disoluciones matrimoniales en el año 2009 fueron de mutuo acuerdo, lo que supone un aumento respecto al 63,7 % de disoluciones de mutuo acuerdo registradas el año anterior. Del total de divorcios, el 64,4 % fueron de mutuo acuerdo y el 35,6 % no consensuados.
Por su parte, el 67,6 % de las separaciones fueron de mutuo acuerdo y el 32,4 % contenciosas. Dichas cifras suponen un crecimiento, en términos relativos, de las rupturas consensuadas respecto al año anterior (en 2008, el 63,7 % de los divorcios y el 64,6 % de las separaciones fueron de mutuo acuerdo). En el 17,1 % de los divorcios hubo separación previa (frente al 21,4 % del año anterior).
Edad media a la disolución del matrimonio
El mayor número de rupturas tuvo lugar en la franja de edad entre 40 y 49 años, tanto en hombres como en mujeres. La edad media de las mujeres en el momento de la disolución matrimonial fue de 41,9 años (41,6 años en los divorcios, 44,9 en las separaciones, y 38,4 en las nulidades). En el caso de los hombres, la edad media fue de 44,4 años (44,1 años en los divorcios, 47,4 en las separaciones y 42,6 en las nulidades).
Dichas edades fueron ligeramente supe-riores a las registradas en 2008 (44,2 años para los hombres y 41,7 para las mujeres). El 87,2 % de las disoluciones matrimoniales registradas en 2009 tuvo lugar entre cónyuges de nacionalidad española, mientras que en el 8,4 % de las mismas uno de los cónyuges fue extranjero y en el 4,4 % de los casos ambos cónyuges fueron extranjeros. Respecto al año anterior se aprecia un aumento en términos relativos, tanto de las disolu-ciones en las que ambos cónyuges son extranjeros, como de aquellas en las que al menos uno de los cónyuges es extranjero.
Duración media
La duración media de los matrimonios disueltos fue de 15,6 años, igual que la observada el año anterior. Los matrimonios disueltos por divorcio tuvieron una duración media de 15,3 años, las ruptu-ras por separación de 19,1 años y los anulados de 6,5 años. El 29,7 % de los divorcios se produjo después de 20 años de matrimonio y el 20,6 % en uniones que duraron entre seis y 10 años.
En el caso de las separaciones, el 41,7 % de los matrimonios tuvo una duración superior a 20 años y el 18,1 % entre seis y 10 años. Atendiendo al estado civil de los cónyuges cuando contrajeron el matrimonio que se disuel-ve, la mayoría eran solteros. En el caso de los varones, el 5,4 % eran divorciados y el 0,6 % viudos. Entre las mujeres, el 4,7 % eran divorciadas y el 0,4 % viudas.
Disoluciones de matrimonios con hijos menores de edad y custodia
El 53,6 % de los matrimonios disueltos en el año 2009 tiene hijos menores de edad, cifra similar a la observada en 2008 (54,0 %). El 30,7 % de los matrimonios disueltos tiene un solo hijo.
En el 57,5 % de las disoluciones matrimoniales se asignó una pensión alimenticia (frente al 56,9 % registrado en el año 2008). Entre ellas, en el 88,7 % de los casos el pago de la pensión alimenticia le correspondió al padre, en el 5,3 % de los casos a la madre y en el 6,0 % de los casos a ambos cónyuges.
La custodia de los hijos menores fue otorgada a la madre en el 84,0 % de las rupturas ma-trimoniales del año 2009 (86,0 % en 2008). El padre obtuvo la custodia en el 5,6 % de las disoluciones (4,0 % en 2008), fue compartida por ambos cónyuges en el 9,7 % (igual que en 2008) y se otorgó a otros (instituciones, otros familiares) en el 0,7 %.
En lo que concierne a la presentación de la demanda de disolución matrimonial, en el 45,5 % de los casos la demanda fue presentada por ambos cónyuges, en el 30,1 % por la esposa y en el 24,4 % por el marido. Este orden de prelación se mantiene tanto en los divorcios como en las separaciones.
Duración media de los procedimientos de disolución
El 71,4 % de las demandas de divorcio se resolvió en menos de seis meses y el 8,5 % se demoró más de un año. En las separaciones, el 74,7 % se resolvió en menos de seis me-ses, mientras que el 7,1 % tardó más de un año. La duración media de los procesos fue de 4,9 meses, ligeramente inferior a los 5,0 meses observada en el año anterior. La duración media del procedimiento de disolución fue menor en las separaciones (4,6 meses) que en los divorcios (5,0 meses).
Datos por comunidades autónomas
El número de disoluciones matrimoniales por cada 1.000 habitantes en España fue de 2,27 en el año 2009, cifra inferior a la registrada el año anterior (2,58). Por comunidades autónomas, las que registraron las mayores tasas fueron Canarias (2,83), Principado de Asturias (2,62) y Cataluña (2,61), así como la ciudad autónoma de Melilla (3,04). Por el contrario, las comunidades autónomas con menores tasas fueron Castilla-La Mancha (1,65), Extremadura (1,70) y Castilla y León (1,72).