Los 10 permisos que puedes pedir para faltar al trabajo sin perder días de vacaciones
Todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar, por ley, de 22 días de vacaciones al año. ¿Pero, sabes que además existen otros permisos que puedes pedir para faltar al trabajo sin que afecte a tus días de vacaciones? Así es. El Estatuto de los Trabajadores contempla cuáles son los permisos retribuidos a los que tienen derecho los trabajadores, independientemente de sus vacaciones.
La celebración de tu boda, una mudanza, el nacimiento de un hijo prematuro, el fallecimiento de un familiar o tener que acudir a una mesa electoral son algunas de las causas justificadas que te permiten faltar al trabajo sin perder ni un solo día de vacaciones. Y sin que afecte a tu sueldo. También se incluye aquí a los trabajadores que tienen el domingo como día laborable y tienen que salir del trabajo para votar en las elecciones.
Además de los permisos, otros de los derechos que las empresas tienen la obligación de dar a sus trabajadores es el de los descansos en el trabajo según las horas de la jornada laboral.
En cualquier caso, no hay que confundir los días de permiso retribuidos con los días de asuntos propios que tiene cada trabajador, dado que no todos los empleados pueden disfrutar de estas jornadas.
Contenido de la información:
¿Quién tiene derecho a estos permisos retribuidos?
El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37 establece cuáles son los permisos retribuidos (pagados) que pueden pedir todos los empleados para faltar al trabajo sin perder días de vacaciones. Se trata, por tanto, de una norma de obligado cumplimiento para todas las empresas y que pueden disfrutar todos los trabajadores que se encuentren en unas circunstancias determinadas.
Aunque el Estatuto contempla la ley general, las compañías sí pueden incorporar ciertas modificaciones en sus propios convenios colectivos, siempre y cuando sea para ampliar los días de permiso o mejorar las condiciones. Pero nunca para limitar o quitar los derechos que aparecen regulados en el Estatuto.
En cualquier caso, para que la empresa conceda estos días retribuidos a sus empleados, es necesario que el solicitante los pida con suficiente antelación. Y, en caso de ser necesario, presente la documentación que justifique la concesión de este permiso. El tiempo mínimo de preaviso será el estipulado por cada empresa en convenio colectivo.
Los 10 permisos pagados que puedes pedir para faltar al trabajo
A continuación puedes encontrar el listado completo de los 10 permisos pagados que puedes pedir para faltar al trabajo y que no te quiten días de vacaciones.
1. Por matrimonio
Los recién casados tienen derecho a disfrutar de varios días de permiso retribuido. Si estás organizando tu boda, no te pierdas esta información sobre cuántos días de permiso por matrimonio te corresponden en el trabajo.
2. Por mudanza
Sí, los trabajadores también tienen derecho a disfrutar de días por mudanza de permiso retribuido. Si tienes que hacer el traslado de tu domicilio habitual, puedes consultar todos los detalles sobre este permiso en la información que hemos dejado enlazada.
3. Fallecimiento de un familiar
El fallecimiento de un familiar es una causa justificada que permite a los trabajadores ausentarse del trabajo entre dos y cuatro días sin que afecte al salario ni a los días de vacaciones.
Con carácter general, todos los trabajadores tienen derecho a dos días de permiso retribuido, aunque en el caso de que el trabajador tenga que hacer un desplazamiento (que se mide en kilómetros), el permiso puede ampliarse hasta cuatro días. Para acreditar este permiso puede que tengas que presentar el certificado de defunción ante la empresa.
En esta otra información te damos todos los detalles sobre el permiso por fallecimiento de un familiar. Quién tiene derecho a pedir los días, la duración y cuándo empiezan a contar estos días.
4. Accidente o enfermedad grave
Un trabajador también puede pedir un permiso retribuido de dos días en el caso de que un familiar o pariente de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad sufra un accidente o enfermedad grave que le obligue a un reposo domiciliario. También tiene derecho a solicitar esta ausencia si el familiar tiene que someterse a hospitalización o a una intervención quirúrgica que no requiera ingreso en hospital, pero sí reposo y cuidados en casa.
Al igual que sucede con el permiso retribuido por fallecimiento, estos dos días son ampliables a cuatro si el trabajador tiene que desplazarse a otra comunidad (en función de la distancia) para estar con este familiar. En este caso, la empresa puede pedirte el certificado médico que acredite los hechos sucedidos y justificar así el permiso retribuido.
Si quieres saber más, en esta otra información puedes consultar las claves sobre los días retribuidos que me tienen que dar por operación de un familiar.
5. Por mesa electoral y otros deberes públicos
Si un trabajador tiene que cumplir algún deber de carácter público, puede disfrutar de todos los días de permiso retribuido que requiera ese compromiso. En este supuesto se incluye el derecho a voto, el deber de acudir a una mesa electoral o de tener que presentarse en un juicio. Para demostrar ante la empresa esta obligación, el trabajador tiene que presentar el documento oficial que solicita su presencia o participación.
En el caso de que este cumplimiento impida la realización del trabajo en más del 20 % de las horas laborables por un periodo de tres meses, la empresa podrá pasar al empleado a un periodo de excedencia forzosa.
6. Por lactancia
En los casos de adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción, los progenitores tienen derecho a una hora de ausencia de trabajo de la jornada laboral. Esta puede dividirse en dos periodos fraccionados hasta que el bebé cumpla 9 meses. La duración de este permiso se incrementa de manera proporcional en casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.
Este permiso fraccionado, siempre que el trabajador lo solicite y sea posible para la empresa, puede sustituirse por una reducción de jornada de media hora. En los supuestos en los que dos trabajadores de una misma empresa se encuentren en esta misma situación, la entidad puede imponer que la reducción de ambos no sea simultánea. En estos casos la empresa puede solicitarte el certificado de nacimiento para justificar la ausencia.
Por otra parte, si los dos padres se acogen a este derecho, el periodo puede extenderse hasta los 12 meses, pero con reducción de salario desde el noveno mes.
No hay que confundir el permiso de lactancia con el permiso de paternidad o de maternidad. En estos casos el trabajador se encuentra de un periodo de baja laboral para atender a los cuidados del menor. Y recibe una ayuda o prestación para compensar la pérdida de salario. Pero en ningún caso se trata de un permiso retribuido.
7. Por hijo prematuro
Si una pareja tiene un hijo que ha nacido prematuro y requiere hospitalización tras el parto, los progenitores tienen derecho a una reducción de la jornada laboral en el caso de que se encuentren trabajando. Este permiso es ampliable a dos horas de jornada, pero en este supuesto la empresa aplica la disminución proporcional correspondiente del salario.
8. Cuidados de un familiar
En el caso de que un trabajador tenga, por razones de guarda legal, a un menor de 12 años o a una persona con discapacidad a su cargo y que no desempeña actividad retribuida, tiene derecho a reducción de jornada laboral diaria. Pero con la disminución proporcional de salario.
9. Por formación
Las personas trabajadoras con, al menos, un año de antigüedad en la empresa, tienen derecho a 20 horas anuales de formación. Siempre y cuando este aprendizaje esté vinculado a la actividad de la empresa y por un periodo máximo de hasta cinco años. El trabajador debe demostrar la formación con la matrícula u otro documento que acredite que está cursando la formación.
10. Por exámenes
Las personas que compaginen el trabajo con los estudios, siempre bajo previo acuerdo con la empresa, pueden ausentarse del trabajo de manera retribuida para ir a los exámenes y obtener un título académico o profesional.