Los gastos que te puede cobrar el banco por quedarte sin dinero en la cuenta
¿Qué pasa si me quedo sin dinero en el banco? Un descubierto en la cuenta por un imprevisto o recibo inesperado puede dejar tu cuenta bancaria en negativo. Una situación que, de manera temporal, cubre el banco, pero que el cliente tiene que devolver cuanto antes. Y con intereses.
En concreto, los gastos que te puede cobrar el banco por quedarte sin dinero en la cuenta se conocen como los gastos por reclamación por descubierto. Y, en la práctica, no son otra cosa que las comisiones que cobran en cada banco por dejar la cuenta en números rojos.
Contenido de la información:
Qué pasa si me quedo sin dinero en el banco
Desde el Banco de España detallan que en el caso de que se produzca un descubierto en la cuenta, lo que técnicamente se conoce como quedarse en números rojos
o sin dinero en el banco, la entidad inicia el proceso para reclamar el pago, además de realizar las gestiones necesarias para recuperar la deuda impagada. Y, consecuencia de ello, repercutirá los gastos que generen estos trámites.
Sin embargo, para que el banco pueda proceder con estas gestiones y reclamar el dinero correspondiente, deben darse dos circunstancias concretas:
- Que esta posibilidad esté recogida en el contrato y firmada.
- Que la reclamación de los gastos guarde proporción y tenga un importe acorde con los costes que haya cubierto la entidad durante el proceso.
Qué derechos tienen los clientes si se quedan con la cuenta en números rojos
El Banco de España explica a los clientes que se hayan visto alguna vez en este tipo de situaciones que el banco debe proceder de acorde a unos protocolos específicos. De tal manera que, para que las acciones que efectúen los bancos tengan validez legal, se tiene que dar la siguiente condición:
- El cliente tiene derecho a desautorizar a que la entidad proceda con el cargo de los recibos en descubierto, tanto en la contratación de la cuenta, como en cualquier momento posterior. Esto es, que cada cliente tiene la libertad de decidir si permite o no que la cuenta se quede en descubierto. Y, por tanto, sin autorización expresa, el banco no puede dejar una cuenta en números rojos.
Qué gastos pueden reclamar los bancos ante un descubierto en la cuenta
En el caso de producirse un descubierto, la entidad debe informar del plazo que dispone cada cliente para regularizar el saldo y, en su caso, efectuar los fastos por reclamación del saldo del deudor. Esto es, solicitar el dinero correspondiente por las gestiones realizadas ante el impago.
En concreto, para proceder con el cargo de los gastos por reclamaciones de posiciones deudoras, el saldo del cliente tiene que estar pendiente de regularizar. Y la entidad ha tenido que llevar a cabo las gestiones pertinentes para reclamarlo.
Por otra parte, desde el organismo financiero explican que los saldos en descubierto generados y reclamados no regularizados no pueden generar nuevos descubiertos. Y, por tanto, tampoco pueden generarse nuevas comisiones de descubierto ni nuevos gastos por reclamación de posiciones deudoras, aunque sí intereses de demora.
Qué descubiertos deben evitar las entidades
El Banco de España explica que, de manera adicional, las entidades tienen que evitar generar o incrementar descubiertos por los siguientes contenidos:
- Retrocesión de comisiones o gastos con una fecha valor posterior a la que fueron cargados.
- Adeudo en descubierto de las cuotas de un préstamo o crédito de la propia entidad.
- Asignar a un ingreso de efectivo en caja o en cajero una fecha valor posterior al momento de la realización de dicho ingreso.