Los daños por estas 12 catástrofes naturales que no cubre el seguro de tu casa

Los daños por catástrofes naturales que no cubre el seguro de vivienda
NOTICIA de Jessica Pascual
04.09.2023 - 08:00h    Actualizado 30.10.2024 - 14:35h

Las inundaciones extraordinarias, los daños causados por terremotos y maremotos o por erupciones volcánicas no están cubiertos por el seguro de la vivienda. ¿Qué hacer en estos casos? En España todos los daños causados como consecuencia de estos y otros fenómenos naturales corren a cargo de una entidad distinta a las aseguradoras particulares. En concreto, es el Consorcio de Compensación de Seguros el encargado de indemnizar a los afectados por estos sucesos.

En la norma específica que regula las actuaciones de esta entidad, publicada en el Boletín Oficial del Estado, aparecen detallados todos los supuestos de catástrofes naturales que no cubre el seguro del hogar. En todos estos supuestos, el proceso de actuación para reclamar la indemnización varía. Y es importante conocer los pasos a seguir y los plazos ante una inundación como la DANA que ha azotado a la Península durante los primeros días del mes de septiembre, que ha dejado localidades anegadas y ha ocasionado graves daños en distintos puntos del país. ¿Cubre mi seguro de hogar los daños ocasionados por la DANA o tormentas torrenciales?

En esta otra información puedes consultar qué hacer con el seguro ante daños por el temporal. Y en el caso de que el bien afectado no sea la vivienda, sino el vehículo, en esta otra guía puedes consultar todos los detalles sobre si el seguro cubre los daños por inundaciones en el coche y otros fenómenos naturales.

Lo que no cubre el seguro de vivienda

DAÑOS POR CATÁSTROFES
Terremoto
Maremoto
Inundaciones extraordinarias
Erupciones volcánicas
Tempestad ciclónica atípica
Caída de cuerpos siderales y aerolitos
Terrorismo
Rebelión
Sedición
Motín
Tumulto popular
Actuaciones de las Fuerzas Armadas y
otros Cuerpos de Seguridad

Lo mismo se aplica en situaciones trágicas como la que ha ocurrido en Valencia, porque ante la pregunta de qué pasa si se incendia mi casa, la respuesta es que varía en función de la póliza contratada con cada seguro de vivienda particular. Y, si quieres saber si tu casa corre peligro de inundación, puedes consultar esta otra información y consultar en un buscador y mapa interactivo si tu casa es una casa potencialmente inundable.

Qué catástrofes naturales no cubre el seguro del hogar

Las coberturas que compensa el Consorcio de Compensación de Seguros son las que la norma denomina como riesgos extraordinarios. En la práctica, este concepto engloba a tres grandes grupos de sucesos:

  1. Fenómenos naturales, como los terremotos y maremotos, inundaciones extraordinarias como las sucesivas tormentas y DANAS que azotan el país, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caídas de cuerpos siderales o aerolitos. Puedes consultar todos los detalles sobre si cubre mi seguro de hogar los daños por un terremoto desde esta otra información.
  2. Acontecimientos extraordinarios ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
  3. Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz.

Fenómenos naturales específicos que cubre el Consorcio

Algunos de los términos mencionados en el apartado anterior pueden generar confusión sobre su definición. Por ello, a continuación aparecen detallados los fenómenos específicos que puede cubrir el consorcio relacionado con los términos del apartado anterior:

  • Se entiende por terremoto una sacudida brusca del suelo que se propaga en todas direcciones y que está producida por un movimiento de corteza terrestre o un punto más profundo.
  • Por maremoto la norma entiende una agitación violenta de las aguas del mar como consecuencia de una sacudida de los fondos marinos.
  • Bajo el concepto de inundación extraordinaria, la normativa señala que cubre el anegamiento del terreno que haya sido provocado por la acción directa de las aguas, de lluvia o deshielo. También a causa del desbordamiento de los ríos o embates del mar en la costa. Sin embargo, no cubre las inundaciones provocadas por aguas procedentes de presas, canales, alcantarillas, colectivos y otros cauces subterráneas construidos por el hombre si revientan o se rompen. Es importante tener claro este aspecto, puesto que las inundaciones son el gran desastre natural que amenaza a España.
  • En cuanto a tempestad ciclónica atípica se refiere al tiempo atmosférico extremadamente adverso y riguroso provocado por alguna de las siguientes causas:
  1. Ciclones violentos de carácter tropical
  2. Borrascas frías intensas
  3. Tornados
  4. Vientos extraordinarios con rachas superiores a los 120 kilómetros por hora
  • Por caídas de cuerpos siderales y aerolitos, la normativa indica que el Consorcio cubrirá el impacto en la superficie del suelo de cuerpos procedentes del espacio exterior a la atmósfera terrestre y ajenos a la actividad humana.
  • Por terrorismo se entiende toda acción violenta efectuada con la finalidad de desestabilizar el sistema político establecido o causar temor e inseguridad en el medio social en que se produce.
  • Por motín se entiende el movimiento acompañado de violenta dirigido contra la autoridad para obtener satisfacción de ciertas reivindicaciones.
  • Por tumulto popular se entiende toda actuación en grupo y con la finalidad de atentar contra la paz pública que provoque alteración del orden.



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