Los 6 casos en los que es posible trabajar estando jubilado
Sí, es posible trabajar después de la jubilación. Pero no todos los pensionistas pueden hacerlo, sino que hay que cumplir una serie de condiciones y requisitos para compatibilizar la pensión con la actividad laboral manera legal. De hecho, la Seguridad Social señala todas las opciones que permiten a una persona ya jubilada seguir trabajando, tanto si lo hace como autónomo como si trabaja por cuenta ajena.
En cualquiera de estos casos, el pensionista opta por una jubilación flexible. Un modelo, el de la jubilación gradual, que desde FEDEA proponen como solución para mejorar el sistema de las pensiones actual. De hecho, el Gobierno, junto con la patronal y los sindicatos han llegado a un acuerdo para la nueva reforma de la jubilación activa.
Contenido de la información:
En qué casos es posible trabajar estando jubilado
La regla general es que recibir la pensión de jubilación es incompatible con trabajar, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia. Sin embargo, compatibilizar la pensión de jubilación con la actividad laboral es posible en seis casos concretos que detalla la Seguridad Social. Siempre y cuando el pensionista no supere los límites de rentas establecidos al tener dos fuentes de ingresos.
En todos estos supuestos, aunque el jubilado siga trabajando, mantiene la consideración legal de pensionista. Y, por tanto, puede disfrutar de todos los descuentos para pensionistas, como el abono transporte de la tercera edad.
1. Jubilación parcial
Las personas que soliciten la jubilación parcial pueden compatibilizar el cobro de esta prestación con un trabajo. En estos casos, el titular no ha dejado de trabajar, pero sí que ha reducido su jornada en un 25 o 50 %. Al disminuir el tiempo que está trabajando, puede recibir la cuantía proporcional de la pensión que le falta hasta completar la jornada completa.
La jubilación parcial puede empezar a recibirla una persona después de los 60 años. Este tipo de jubilación puede realizarse de dos maneras, con un contrato de relevo o sin él. En cualquier caso, si el trabajador no tiene la edad de jubilación, la empresa debe efectuar un contrato de relevo con otro trabajador.
2. Jubilación flexible
El término jubilación flexible hace referencia a la situación en la que una persona ya jubilada vuelve a la actividad laboral. Es un tipo de jubilación que permite al pensionista iniciar un trabajo a tiempo parcial, pero con una reducción de jornada de entre el 25 y el 50 %.
De esta manera, puede tener dos fuentes de ingresos. La que recibe de la parte proporcional de la pensión y la que recibe de las horas correspondientes del trabajo.
3. Jubilación activa
Este tipo de jubilación permite compatibilizar la pensión con un trabajo por cuenta ajena o propia a jornada completa o parcial. Siempre que la jubilación se haya hecho después de la edad ordinaria y con un porcentaje de la base reguladora al 100 %.
Durante este periodo cobra el 50 % de la pensión. Como excepción, si el pensionista acredita que realiza actividad por cuenta propia y que tiene contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena, la pensión alcanza el 100 %.
4. Trabajar por cuenta propia
La pensión de jubilación es compatible con la realización de trabajos por cuenta propia. Pero siempre y cuando los rendimientos totales al año no superen el importe del Salario Mínimo Interprofesional.
5. Actividades de creación artística
Otro de los supuestos que permite compatibilizar la actividad laboral con la jubilación es en el desarrollo de actividades artísticas. La jubilación puede cobrarse mientras un pensionista realiza una actividad artística por la que recibe ingresos derivados de los derechos de propiedad intelectual.
6. Ser titular de un negocio
La pensión de jubilación es compatible con la titularidad de un negocio. Sin embargo, esto no quiere decir que el titular tenga que trabajar de forma activa en la compañía ni llevar a cabo las funciones necesarias para conseguir sus objetivos empresariales. Por el contrario, es habitual que delegue estas actuaciones en otras personas. Esto se debe a que ser titular de una compañía no exige al empresario que desarrolle una actividad directa y personal en la empresa, sino que basta con que se haga a su nombre.
Por tanto, sí es compatible que una persona ostente la titularidad empresarial y reciba la pensión de jubilación. Pero siempre y cuando este no se haga cargo de las actividades de gestión, administración o dirección de la empresa.
Requisito para compatibilizar la pensión con un trabajo
Todos los pensionistas que quieran acogerse a alguna de estas modalidades para compatibilizar la pensión con un trabajo tienen la obligación de comunicar esta situación a la Administración. De lo contrario, el pensionista se expone a sanciones económicas o embargos de la pensión. Además de la multa, el pensionista queda obligado a devolver las cantidades de dinero que ha recibido de manera indebida.