Las empleadas del hogar mayores de 52 años podrán cobrar el subsidio sin tener el mínimo cotizado

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha emitido una sentencia que marca un hito en la protección laboral de las empleadas del hogar mayores de 52 años. El fallo reconoce su derecho a percibir el subsidio de desempleo, incluso si no han alcanzado los 6 años de cotización requeridos en un régimen que contemple esta prestación.
Esta decisión judicial busca corregir una situación de discriminación histórica que afectaba a un colectivo compuesto mayoritariamente por mujeres.
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Antecedentes legales
Históricamente, las empleadas del hogar en España han estado excluidas de las prestaciones por desempleo. Esta exclusión fue declarada contraria al derecho comunitario por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia del 24 de febrero de 2022.
El TJUE consideró que esta práctica vulneraba los derechos fundamentales y perpetuaba una discriminación por razón de sexo, dado que la mayoría de las trabajadoras del hogar son mujeres.
Reforma legislativa
En respuesta a la sentencia del TJUE, España aprobó el Real Decreto-ley 16/2022, que permitió a las empleadas del hogar cotizar por desempleo a partir del 1 de octubre de 2022. Sin embargo, esta reforma presentaba una limitación significativa: para acceder al subsidio para mayores de 52 años, se exigía haber cotizado al menos seis años en un régimen que incluyera la protección por desempleo.
Dado que la posibilidad de cotizar por desempleo para este colectivo es reciente, muchas trabajadoras no podían cumplir con este requisito, lo que las excluía de facto de la prestación hasta, al menos, octubre de 2028.
El caso concreto: una trabajadora de 58 años
La sentencia del TSJN se centra en el caso de una empleada del hogar de 58 años que solicitó el subsidio para mayores de 52 años en marzo de 2023. Su solicitud fue denegada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) al no haber alcanzado los seis años de cotización en un régimen con protección por desempleo.
La trabajadora había estado encuadrada en el Régimen Especial de Empleados de Hogar en varios periodos desde 1985, pero solo pudo cotizar por desempleo a partir de octubre de 2022, acumulando hasta la fecha de su solicitud 1.762 días cotizados, por debajo de los 2.160 días requeridos.
Sin embargo, la decisión del TSJN confirmó la sentencia de primera instancia que estimaba la demanda de la trabajadora. El tribunal argumentó que, para restablecer la igualdad de trato y evitar una nueva vulneración de derechos fundamentales, es necesario computar como cotizados los periodos anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022 en los que la trabajadora figuró en el Régimen Especial de Empleados de Hogar. De no hacerlo, se mantendría una situación discriminatoria por razón de sexo que perjudicaría directamente a la reclamante.
Esta sentencia sienta un precedente importante para las empleadas del hogar mayores de 52 años que se encuentran en situaciones similares. Al reconocer su derecho al subsidio de desempleo sin exigir los seis años de cotización en un régimen con protección por desempleo, se avanza en la eliminación de una discriminación histórica y se garantiza una mayor protección social para este colectivo.
No obstante, contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, por lo que habrá que esperar para conocer si esta interpretación se consolida a nivel nacional.



