Las cestas de Navidad y otros gastos que se pueden desgravar los autónomos

Cesta de Navidad.
NOTICIA de Cristian Pinto
10.12.2024 - 13:04h    Actualizado 10.12.2024 - 13:05h

La llegada de la Navidad incluye las clásicas cenas de empresa, las cestas navideñas como obsequio, décimos de lotería para los trabajadores y otros tantos gastos extraordinarios. Eso sí, ten en cuenta que muchos de estos regalos navideños de la empresa no son obligatorios. Pero, ¿sabías que la empresa se puede deducir estos gastos?

Ojo, para que el autónomo se pueda desgravar los impuestos de estos obsequios navideños hay que atender tanto el objeto de gasto como a los impuestos relacionados.

Cesta de Navidad

En el caso de que el autónomo regale a sus trabajadores una cesta de Navidad, no se podrán deducir las cuotas de IVA. Tal y como detalla la Agencia Tributaria, no se considera un bien deducible pese a que esté relacionado con la actividad de la empresa. El único caso en el que es posible deducirse este impuesto es en las tiendas distribuidoras dedicadas a la venta de cestas navideñas o de un laboratorio que adquiera muestras de ellas en el marco de una investigación.

Por otro lado, la empresa sí que podrá desgravarse el gasto de las cestas de Navidad en el Impuesto de Sociedades, tanto si el regalo es para trabajadores como para clientes. Eso sí, esta deducción será posible siempre y cuando esos regalos se justifiquen debidamente, se realicen en el marco de las relaciones públicas con clientes o proveedores y se ajusten a los usos y costumbres de la empresa en el caso de los trabajadores. Si es el primer año que un autónomo o empresa regala una cesta de Navidad a sus empleados, no podrá deducirse el importe del impuesto de sociedades. Solamente podrá hacerlo si demuestra que ese tipo de obsequio se ha convertido en algo recurrente.

En cuanto al IRPF, también es posible desgravarse los gastos de las cestas de Navidad en unos términos similares a los anteriores respecto al Impuesto de Sociedades. Eso sí, deberá incluirse en el modelo 111 que presente el autónomo de retenciones y pagos a cuenta del IRPF de sus trabajadores. También los trabajadores deberán incluir estos obsequios en su declaración de la renta.

Cena de empresa

Al igual que ocurre con las cestas de Navidad, las cenas de empresa tampoco son gastos deducibles en el IVA porque no son eventos relacionados directamente con la actividad de la empresa. No obstante, esto puede cambiarlo dentro de poco si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirma al Tribunal Supremo que esta restricción que impone la legislación española no está amparada por las leyes comunitarias en estos casos.

En cuanto al Impuesto de Sociedades y el IRPF, sucede lo mismo que con las cestas de Navidad. Si el autónomo demuestra que es costumbre, podrá deducirse ambos impuestos. Hay una excepción: en el caso del impuesto de sociedades, los gastos por atención a clientes tienen un límite anual del 1 % de la facturación. Así que, si el autónomo facturó 60.000 euros durante el año, podrá deducirse hasta 600 euros en comidas y cenas con los clientes. Esto incluye las cenas y comidas de Navidad.

Lotería de Navidad

El gasto en lotería de Navidad es un gasto deducible del IRPF de un autónomo si se obsequia con décimos o participaciones a un cliente o a los empleados, tal y como detalla la Dirección General de Tributos. Si se compran los décimos con la intención de vendérselos después a los empleados, esta deducción no se podrá aplicar.

Tarjetas de felicitación

En estos casos, el autónomo podrá deducirse el IVA, el IRPF y el Impuesto de Sociedades, siempre que se pueda demostrar que están relacionados con su actividad principal y que sirven para mantener relaciones comerciales. Esto se debe a que son objetos publicitarios de bajo valor. Para ello, deben incluir el nombre de la empresa o del autónomo en las tarjetas o en los detalles que se entregan. El límite, en este caso, es de 200 euros por cliente al año.



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