Las tres novedades que afectan a los contratos de alquiler en 2023

Las 3 novedades que afectan a los contratos de alquiler en 2023
NOTICIA de Jessica Pascual
28.12.2022 - 11:23h    Actualizado 30.04.2024 - 14:56h

Limitar el alza de los alquileres, prórroga de seis meses para los contratos que finalizan antes del 30 de junio y suspensión de los desahucios hasta la misma fecha. Estas son las tres grandes novedades aprobadas por el Gobierno y que afectan a los contratos de alquiler para el año 2023.

Se trata de una serie de medidas que se incluyen en el real decreto aprobado por el Consejo de Ministros en diciembre de 2022 y que tiene por objetivo paliar los efectos provocados en las familias por la inflación y el aumento generalizado de precios.

Tope del 2 % en las revisiones de los alquileres

Se prorroga el tope del incremento del 2 % como máximo en las revisiones de la renta los alquileres anuales. Lo que significa que, en el caso de que vivas de alquiler de manera habitual y se acerque la fecha de la revisión anual, el arrendador podrá aumentar la renta de alquiler de la vivienda en un 2 % como máximo.

Se trata de un límite que intenta frenar el aumento que ha experimentado el Índice de Precios al Consumo por las consecuencias económicas de la guerra Ucrania-Rusia. La norma establece también la posibilidad de que las partes negocien el incremento que va a aplicarse en la actualización anual de la renta.

En el caso de no llegar a un acuerdo, la medida señala que la renta, después de la subida, no puede ser superior a la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad, que actualmente se encuentra en el 2 %.

Este tope a las revisiones del precio del alquiler se mantiene durante 2023 y se incluye como medida junto con otras novedades de la Ley de Vivienda alquiler.

Prórroga de 6 meses para contratos que finalicen antes de junio de 2023

Otra de las medidas aprobadas consiste en la prórroga extraordinaria de 6 meses de los contratos de alquiler que finalicen antes del 30 de junio de 2023. Esta es una medida que está sujeta a la petición del inquilino, siempre que quiera permanecer más tiempo en el domicilio aunque se le acabe el contrato.

En esta prórroga se mantienen las condiciones y términos marcados en el contrato original firmado por las partes. Y, de manera general, el propietario de la vivienda debe aceptar esta prórroga del contrato. Solamente se contempla una excepción a la norma y es en aquellos casos en los que ambas partes hayan acordado una cláusula distinta que afecte directamente a la finalización del contrato. Y siempre y cuando se haya realizado bajo los plazos de renovación del contrato marcados en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Durante la prórroga, en los contratos que estén sujetos a revisión, la renta aplicable durante estos seis meses extraordinarios no podrá suponer un incremento superior a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad, que será de máximo un 2 %.

Suspensión de los desahucios hasta junio de 2023

Por último, otra de las novedades es que se suspende el lanzamiento y desahucio de los hogares que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica hasta el 20 de junio de 2023. Se trata de una ampliación de la medida que ya está en vigor y en los mismos casos que ya contempla la normativa.

Es una medida de carácter urgente que tiene como finalidad responder a la situación de familias vulnerables en un contexto marcado por las consecuencias de la pandemia y de la guerra Ucrania-Rusia.



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