La UE prohíbe el consumo de estas patatas fritas de bolsa tan famosas
Las patatas fritas de bolsa son uno de los snacks favoritos en nuestro país. De hecho, hay personas que son verdaderas adictas a las patatas fritas. Sin embargo, una de las más famosas en nuestro país tiene los días contados por culpa de una nueva normativa europea que prohíbe una serie de aditivos ahumados.
Nos referimos a las patatas fritas con sabor a jamón. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), tomó en el mes de abril esta decisión tras detectar posibles riesgos para la salud en los aditivos que contiene este snack.
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Aditivos prohibidos
La nueva medida fue aprobada por los 27 países miembros de la Unión Europea. Este organismo, en su afán por eliminar aquellos productos de los supermercados que son dañinos para la salud, ha dado un paso más prohibiendo aquellos alimentos que contengan aditivos artificiales ahumados. ¿El principal motivo? Según la EFSA estos snacks presentan un riesgo de desarrollar cáncer y enfermedades hereditarias.
En total, el informe de la EFSA detectó hasta ocho aromas ahumados capaces de dañar el material genético de las células. Lo cierto, es que estos aromas no solo están presentes en las patatas sabor jamón tan famosas en España, sino que también se encuentran en carnes, pesados, quesos, sopas preparadas, salchichas salsas, bebidas, helados y otros dulces. De este modo, se prevé la eliminación de varios productos que conocemos hoy en día de los supermercados.
Cuándo desaparecerán las patatas sabor jamón
Esta nueva normativa de la UE aún está en proceso de adopción formal, por lo que tardará unos meses en entrar en vigor. Está previsto que en primavera de 2025 ya sea oficial. No obstante, la eliminación de las patatas sabor jamón y el resto de los productos mencionados será progresiva.
Según algunas estimaciones, el periodo de retirada de estos productos puede llevar de 2 a 5 años. Mientras tanto, las marcas productoras de estos alimentos deberán buscar alternativas saludables y legales que mantengan el sabor del producto.
Alternativas a los aromas ahumados
Hay que diferenciar entre los productos ahumados de forma tradicional y los que presentan aditivos ahumados. Los primeros no estarán prohibidos, solo aquellos aromas ahumados artificiales.
En concreto, los aromas artificiales que se prohibirán son aquellos que aparecen con estos nombres o siglas en las etiquetas:
- Smoke Concentrate809045 (SF-003)
- ProFagus SmokeR709 (SF-008)
- ProFragus SmokeR714 (SF-001)
- SmokEz Enviro-23 (SF-006)
- Scansmoke SEF525 (SF-004)
- Zesti Smoke Code 10 (SF-002)
- Fumokomp (SF-009)
- SmoKEz C-10 (SF-005)