La piratería no es delito, la justicia americana dice que es legal descargarse música de Internet

La piratería no es delito, la justicia americana dice que es legal descargarse música de Internet
NOTICIA de Javi Navarro
04.10.2011 - 13:41h    Actualizado 31.03.2023 - 08:36h

El Tribunal Supremo de Estados Unidos, el máximo órgano judicial estadounidense, ha rechazado admitir a trámite un recurso de la sociedad de autores Ascap que reclamaba a los grandes portales de Internet un pago extra por la descarga de canciones. La sentencia pone un freno más a la industria cultural americana empeñada en achacar todos sus males a la práctica de la piratería.


La Sociedad de Compositores, Autores y Editores Ascap, que representa al 45 % de los compositores de Estados Unidos, no ha logrado alcanzar su propósito de obtener una compensación extra del 2,5 % por cada canción descargada de portales como Yahoo o RealNetworks.

Esta medida se ha visto frustrada ahora que el Tribunal Supremo estadounidense ha rechazado admitir a trámite el recurso de la Ascap a un fallo de la corte de apelaciones de Nueva York que ya señalaba que la descarga de música no entra en la definición de reproducción pública.

En esta sentencia, la corte neoyorquina explicaba que “sólo existe violación de los derechos de copyright cuando la música se interpreta o se emite públicamente, no cuando de manera digital -o por cualquier otro medio- se transmite a un potencial oyente“.

Los magistrados consideran que la exigencia de una compensación extra sólo tendría sentido en caso de que las canciones “se emitieran, bailaran o interpretasen públicamente” y, sin embargo, las descargas no suponen ninguna de estas tres cosas.

El fiscal general de EE. UU., Donald Verrilli, dijo que el fallo del tribunal de apelaciones era correcto y que cumplía con la opinión general y la política de propiedad intelectual de sonidos.

Por su parte, Ascap asegura que los más de 390.000 compositores, autores y editores en Estados Unidos autorizan exclusivamente el uso de sus creaciones a través de la organización, que se ocupa de recaudar el canon de casi el 50 % de toda la música que se reproduce por Internet. La asociación explica que esta decisión supondrá para todos esos profesionales la pérdida de “decenas de millones de dólares en royalties cada año”.

El abogado que representa al citado organismo argumentó que el fallo del tribunal de apelaciones reducía de forma inapropiada el derecho de interpretar en público obras musicales protegidas por derechos de autor, lo que situaba a EE. UU. en una situación de violación de tratados de propiedad intelectual y otros acuerdos internacionales. El Supremo rechazó la apelación sin realizar comentarios adicionales.

En California, EE. UU., descargar en BitTorrent no es ilegal

Tal y como destaca la organización no gubernamental de defensa de los derechos de los consumidores FACUA, un tribunal de California ha desestimado la demanda de la productora Hard Drive Productions a supuestos infractores después de rastrear las IPs vinculadas a la transferencia de las descargas de sus películas a través de enlaces torrent en el gestor de descargas BitTorrent. Facua destaca, mencionando la publicación del medio online Alt1040, que la sentencia explica que ninguna IP puede vincular a un usuario como infractor.

Se trata de la primera ocasión en que un juez bloquea el intento de procesar a los supuestos infractores de copyright, lo que se considera una victoria para todos los usuarios de P2P en Estados Unidos y puede sentar precedente de cara a otras demandas.

La productora Hard Drive Productions solicitó al Tribunal de Distrito en California que obligara a los ISP a que proporcionaran los detalles de los usuarios que creían que habían descargado ilegalmente sus películas. Esta productora monitorizó previamente las descargas de sus películas durante dos meses. Tras localizar las direcciones IP vinculadas, solicitaron los noventa nombres ligados a las éstas.

Sin embargo, el juez ha considerado que la información de los demandantes no le parece suficiente para demostrar su culpabilidad. De la sentencia se desprende que aunque una IP puede asociarse a un suscriptor de Internet, no garantiza que la persona vinculada a la IP sea la responsable de la descarga.

Asimismo señala que “el tribunal no va a asistir a un demandante que no parece tener ganas de litigar en realidad, sino que parece estar usando los tribunales para perseguir un plan de negocios y ejecuciones extrajudiciales contra los posibles infractores (y otros inocentes atrapados en las redes ISP)”.

En España, solo es posible descargar peliculas de forma legal.



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