La multa que te pueden poner por atar al perro en la puerta del supermercado
La Ley de Bienestar Animal ha entrado en vigor sin el seguro para perros y sin el curso obligatorio, pero sí que hay otras obligaciones con la nueva ley de animales. Por ejemplo, se ha establecido el tiempo que puedes dejar al perro solo en casa como máximo. Otra de las nuevas normas que más ha llamado la atención es la multa de hasta 10.000 euros por atar al perro en la calle cuando vas a entrar al supermercado u otro establecimiento. En esta información te detallamos qué puedes hacer con tu perro para no dejarlo solo en la calle y atado, así como a los lugares que sí que tienen permitido el acceso a mascotas.
En esta otra información también puedes consultar los collares para perros que están prohibidos y que no le puedes poner a tu mascota.
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Contenido de la información:
Prohibido atar al perro en la calle
Dejar atado al perro en una farola o cerca de un establecimiento al que va a entrar el dueño está totalmente prohibido. Da igual que sean 5 minutos para entrar a comprar una barra de pan. En el artículo 27, apartado ‘D’ de la Ley de Bienestar Animal, está especificado que queda expresamente prohibido “mantener atados o deambulando a los animales de compañía por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento”.
Multas por atar al perro en la puerta del supermercado
En el caso de incumplir lo establecido anteriormente, el régimen sancionador establece una serie de sanciones reguladas de leves a muy graves, según el grado de la infracción cometida. El importe económico de la multa puede ir desde los 500 hasta los 10.000 euros.
- Infracciones leves: apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros
- Infracciones graves: multas de 10.001 a 50.000 euros
- Infracciones muy graves: multa de 50.001 euros a 200.000 euros
Lugares a los que pueden entrar las mascotas
Debido a la prohibición de dejar al perro atado en la puerta de un establecimiento, los animales de compañía ya pueden entrar a algunos establecimiento que antes no podían. Las mascotas ya pueden acceder a:
- Medios de transporte públicos
- Establecimientos como tiendas o supermercados
- Alojamientos hoteleros
- Restaurantes y bares
- Edificios públicos y privados
- Albergues, refugios, centros asistenciales destinados a la atención de personas en riesgo de exclusión social, personas sin hogar o víctimas de violencia de género
Hay que matizar que esta nueva ley puede entrar en conflicto con otras legislaciones de carácter autonómico. Además, siempre prevalecerá la decisión del establecimiento o centro de permitir el acceso de mascotas o no al mismo.