La lista de 38 enfermedades que dan derecho a una pensión de incapacidad permanente
Las personas que han sufrido un accidente o una enfermedad y, como consecuencia, han visto disminuidas o anuladas sus capacidades para desarrollar su trabajo habitual o cualquier otro, pueden solicitar una pensión por incapacidad permanente. Ojo, porque el Gobierno ha prohíbido el despido automático por incapacidad o invalidez y ahora depende del propio trabajador.
Se trata de una prestación en la que la cuantía de la pensión por incapacidad permanente varía en función del grado de incapacidad del solicitante. Porque trata de cubrir la pérdida de ingresos derivados de la enfermedad que sufre. ¿Pero, quién puede pedir esta ayuda? Si te preguntas por enfermedades concretas, no existe un listado oficial, puesto que este hecho viene determinado por la gravedad de la situación de cada caso.
Enfermedades que dan derecho para pedir una pensión por incapacidad
Existen varios grados de incapacidad y para saber a qué tipo de ayuda tiene derecho cada solicitante, es necesario tener en cuenta los requisitos para solicitar la pensión de incapacidad permanente total.
Esto supone que la prestación por incapacidad permanente no se concede de forma automática por sufrir una enfermedad, sino por el grado de esta y por cómo afecta a la vida diaria de cada paciente. Motivo por el que la autoridad encargada de otorgar el derecho a la prestación es un tribunal médico capacitado para ello.
Listado de enfermedades
A pesar de que no existe una lista oficial, sí hay determinadas enfermedades que son susceptibles de otorgar este derecho a la prestación. Como hemos mencionado, sufrir estas enfermedades no implican la concesión de este tipo de prestación. Pero sí son enfermedades graves que pueden afectar a la vida diaria y capacidades del paciente y, por tanto, pueden ser motivo justificado para recibir la ayuda.
- Agorafobia. Siempre que el trastorno y el miedo ocasionado impidan a una persona a desarrollar su vida con normalidad. Y, por tanto, no pueda ejercer actividad laboral. Debe estar determinado y autorizado por un tribunal médico.
- Alzheimer. Aunque es una enfermedad degenerativa, es el tribunal médico el que debe declarar la posibilidad de considerar al paciente como incapacitado.
- Arterioesclerosis, dependiendo de la limitación funcional que provoca a la hora de desarrollar un trabajo
- Artritis reumatoide. Es una enfermedad que puede afectar en distintos grados. Dependiendo del nivel de dependencia del paciente y de la imposibilidad para realizar sus trabajos, podría solicitar la pensión.
- Artrosis. Dependiendo de la gravedad de la enfermedad, así como la imposibilidad de una posible mejoría, podrá solicitar la pensión.
- Ataxia. Dependiendo de la gravedad y trastorno que ocasione esta enfermedad en la vida diaria del paciente.
- Cáncer. Se incluye esta enfermedad en el supuesto de que el tratamiento haya dejado graves secuelas al paciente que impidan el desarrollo de alguna actividad profesional.
- Cardiopatía isquémica. Depende de la gravedad de la enfermedad, de las secuelas ocasionadas y de la imposibilidad de mejoría con tratamiento.
- Colitis ulcerosa, siempre que no exista tratamiento de mejoría.
- Enfermedad de Crohn. Se aplica la misma norma que en el caso anterior.
- Demencia. Al igual que el Alzhéimer, debe ser el médico especializado el que otorgue la incapacidad.
- Depresión. En este caso, la posibilidad de solicitar la incapacidad está influenciada por el grado de la misma, la manera en la que afecta al paciente y el diagnóstico del tribunal médico.
- Enfisema pulmonar, siempre que el paciente se encuentre en una situación de gravedad que le impida desarrollar una actividad laboral.
- Epilepsia. En este caso deben valorarse los posibles tratamientos, gravedad de las crisis y secuelas derivadas.
- EPOC. Siempre que la gravedad de la enfermedad impida al paciente desarrollar su vida con normalidad.
- Esclerosis múltiple. Solo en aquellos grados de alto nivel en los que el paciente sea dependiente y no pueda ejercer actividad profesional.
- Esquizofrenia. Bajo el diagnóstico de un tribunal médico y dependiendo de la gravedad de la misma.
- Fibrilación auricular. En aquellos casos en los que no exista tratamiento y el médico autorice la posibilidad de conseguir la incapacidad.
- Glaucoma. Solo en aquellos casos de gravedad y autorizado previamente por un médico.
- Hernia cervical. Solamente cuando las secuelas derivadas de esta enfermedad impidan al paciente el desarrollo de la actividad profesional.
- Hipertensión pulmonar. La posibilidad en este caso depende del nivel gravedad de la enfermedad y las consecuencias visibles que tenga sobre el paciente.
- Hipoacusia. Dependiendo de la gravedad y posibles secuelas asociadas que afecten a la vida diaria.
- Ictus. Cuando las secuelas derivadas de ello provoquen una incapacidad en el paciente.
- Insuficiencia mitral. Solo en aquellos casos en los que la gravedad de la enfermedad y la imposibilidad de mejoría no permitan al paciente desarrollar su vida con normalidad.
- Insuficiente renal crónica. Ocurre lo mismo que en el caso anterior, solamente podrá concederse si la vida del paciente se ve afectada de manera considerable.
- Lumbalgia. Al igual que sucede con una hernia cervical, depende de la limitación provocada y la gravedad de la enfermedad y secuelas.
- Eritematoso sistémico. Depende de la gravedad de la enfermedad y las secuelas que ocasione a la vida del paciente.
- Miastenia. Lo mismo que en el supuesto anterior.
- Migraña. El grado de la migraña y la afectación de esta a la vida de una persona es la que va a marcar la posibilidad de solicitar esta pensión.
- Parkinson. La gravedad e intensidad de la enfermedad, así como la manera en la que afecta a la vida del paciente, determinarán la posibilidad de acceder a la pensión.
- Patologías de manos. Lo mismo que en el supuesto anterior.
- Pérdida de visión. Dependiendo del grado de visión perdida y cómo afecte a la vida del paciente.
- Síndrome de Arnold Chiari. El grado de la enfermedad, las secuelas y la imposibilidad de mejoría determinarán el posible acceso a la enfermedad.
- Síndrome del túnel carpiano. Dependiendo de la gravedad de la enfermedad y las secuelas provocadas por la misma.
- Síndrome de Ménière. Se aplica la misma norma que en el caso anterior.
- Síndrome de Tourette. Depende de la gravedad del trastorno y de cómo afecte a la vida diaria de una persona.
- Trasplante de riñón. Solamente en casos de extrema gravedad en los que el órgano no funcione y el paciente no pueda desarrollar su vida ni actividad profesional con normalidad.
- Trastorno bipolar. Siempre que la gravedad de esta enfermedad impida al paciente desarrollar una actividad laboral.