La edad de jubilación en España cambia en 2025: tendrás que tener 66 años y 8 meses
El nuevo año 2025 llega con cambios en la edad ordinaria de jubilación en España. Tal y como refleja la vigente ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, la nueva edad de jubilación aumentará en 3 meses, pasando de los 66 años y 6 meses a los 66 años y 8 meses. Este aumento será gradual cada año, de modo que en el 2027 la edad de jubilación ordinaria serán los 67 años.
En esta otra información puedes consultar la tabla para saber la edad con la que te puedes jubilar cobrando el 100 % de la pensión.
Contenido de la información:
Edad de jubilación en 2025
A partir del 1 de enero de 2025 la edad ordinaria de jubilación aumentará a los 66 años y 8 meses. Eso sí, como mínimo será necesario haber cotizado 15 años. Y, para los interesado en jubilarse a los 65 años, deberán tener 38 años y 3 meses cotizados a la Seguridad Social, dos meses más que en este 2024.
Requisito para cobrar el 100 % de la pensión
La cantidad de años cotizados para poder cobrar el 100 % de la pensión de jubilación no varía. Al igual que en este año, en 2025 será necesario haber cotizado un total de 36 años y 6 meses para cobrar el 100 % de la jubilación. Es decir, en septiembre de 2025, las personas que hayan nacido en 1959 podrán jubilarse a los 66 años y 8 meses, y cobrarán el 100 % de la pensión siempre y cuando hayan cotizado a la Seguridad Social 36 años y 6 meses.
Edad de jubilación anticipada
En 2025 los trabajadores podrán solicitar la jubilación anticipada si tienen cumplidos los 64 años y 8 meses en el caso de contar con menos de 38 años cotizados, de modo que pueden adelantarse dos años a la edad ordinaria de jubilación. Y, si tienen más de 38 años cotizados, podrán pedir la jubilación anticipada a partir de los 63 años de edad.
Por otro lado, si el trabajador decide jubilarse anticipadamente tras un despido, este lo podrá hacer si tiene 62 años y 8 meses de edad y menos de 38 años cotizados. En el caso de tener más de 38 años cotizados a la Seguridad Social, los trabajadores podrán jubilarse en esta situación de desempleo a los 61 años de edad.