La Audiencia Nacional declara nula la norma del canon digital, pero seguiremos pagando
La Audiencia Nacional ha declarado nula la norma que regula el canon digital. Esta decisión se suma a la reciente sentencia de la Unión Europea y demuestra que el sistema del canon, tal y como está actualmente en España, es injusto. Este tema queda ahora en un vacío legal, y el Ministerio de Cultura deberá pronunciarse: de momento dicen que la decisión de la Audiencia no anula el derecho a compensación de los artistas por las copias privadas y que “están trabajando en ello”. Eso suena a que los consumidores seguiremos pagando. Seguro.
La Audiencia Nacional ha declarado nula la norma aprobada en 2008 que regula el canon digital. Esta sentencia, unida a la famosa y reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en el llamado “asunto Padawan”) supone, a juicio de la OCU, una estocada mortal al sistema del canon tal y como está diseñado en España. La Orden que ahora declara nula la Audiencia fijaba cuáles eran los soportes digitales sujetos al pago de la tasa por copia privada, así como la cuantía que debía pagarse por cada uno de ellos. Es cierto que la sentencia no entra en el fondo del asunto, es decir, no entra a valorar la licitud del canon, pero la realidad es que a fecha de hoy, desde la OCU consideramos que no existe un fundamento legal sobre el que se pueda justificar el cobro de esta especie de tasa que es el canon.
La sentencia europea contra el canon, un precedente
Ya en su momento la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de octubre de 2010 estableció que “la aplicación indiscriminada del canon en relación con todo tipo de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital, incluido el supuesto de que éstos sean adquiridos por personas distintas de las personas físicas para fines manifiestamente ajenos a la copia privada, no resulta conforme con la directiva”.
Para la OCU, esta sentencia ya supuso un duro golpe a la política del Ministerio de Cultura y a los intereses de las sociedades gestoras de derechos de autor, porque venía a decir que no se podía cobrar el canon a empresas, Administraciones y autónomos.
Quedaba pendiente si el canon podía cobrarse a las personas físicas, a los consumidores y usuarios. Para la OCU, la sentencia supone “el golpe de gracia”, al declarar nula la norma que legitimaba ese cobro a las distintas entidades de gestión.
¿Qué va a pasar ahora?
Esta nueva sentencia provoca una especie de “vacío legal” en el tema del canon. El Ministerio de Cultura deberá darse prisa en sacar una nueva norma. Y dicen que “En modo alguno la decisión de la Audiencia anula el derecho a compensación de los artistas por las copias privadas. Había algunos defectos de tramitación y estamos trabajando en ello”.
“Desde la OCU confiamos en que en el proceso de redacción de esta nueva norma se dé audiencia a los consumidores: nosotros, como sus representantes, seremos críticos con cualquier sistema que tenga que ver con el actual e injusto cobro de canon”, aseguran desde la organización de consumidores.
¿Me devolverán mi dinero?
Esa es otra cuestión. Lo cierto es que, pese a esta sentencia, queda pendiente analizar hasta qué punto las cuantías cobradas en virtud de una norma declarada nula pueden ser recuperadas por millones de perjudicados (tanto empresas como consumidores).