La Audiencia de Badajoz condena a Unicaja por un caso de phishing y refuerza la responsabilidad de la banca en fraudes digitales

La Audiencia Provincial de Badajoz, a través de su Sección Segunda, ha condenado a Unicaja Banco, S.A. a indemnizar con 3.441,20 euros a una clienta que fue víctima de un fraude de phishing. La sentencia, del 14 de febrero de 2025, rechaza el recurso presentado por la entidad y confirma la resolución previa del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Badajoz. La sentencia subraya que las entidades financieras deben garantizar la seguridad de sus clientes y asumir la responsabilidad del fraude digital, tal y como informa el gabinete de comunicación del Poder Judicial.
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El caso se originó cuando la clienta, identificada como María Ángeles, accedió a la aplicación de su banco y recibió un mensaje fraudulento que la alertaba de la necesidad de activar un nuevo sistema de seguridad para poder seguir utilizando su tarjeta. Sin sospechar la estafa, introdujo sus credenciales en un enlace falso, lo que permitió a los ciberdelincuentes sustraerle 3.441,20 euros.
El fallo: la banca debe asumir su responsabilidad en los fraudes digitales
El recurso presentado por Unicaja Banco argumentaba que la culpa recaía totalmente en la clienta, alegando que ella misma había facilitado sus credenciales a terceros. Sin embargo, la Audiencia rechazó este argumento y confirmó la condena al banco, señalando que la entidad no adoptó las medidas necesarias para prevenir este tipo de fraudes.
Según la sentencia, la responsabilidad del banco no se limita a entregar contraseñas y confiar en la prudencia del usuario, sino que debe garantizar la seguridad de las operaciones bancarias con medidas tecnológicas avanzadas. En este sentido, el tribunal enfatiza que las entidades financieras son las principales beneficiarias de la digitalización bancaria y, por tanto, deben asumir los riesgos asociados.
“No basta con medidas genéricas de protección o avisos estereotipados. Hacen falta comunicaciones seguras, más formación a los clientes, más inversión en seguridad para evitar la clonación de páginas y, si es necesario, bloquear las cuentas para la mejor protección de los clientes”, destaca la resolución judicial.
El argumento clave: la víctima no es responsable del engaño
Uno de los puntos más relevantes del fallo es la aclaración de que ser víctima de una estafa no implica negligencia grave. La sentencia destaca que, si bien el usuario debe tomar precauciones, el avance de las técnicas de ciberdelincuencia hace que detectar estos fraudes sea cada vez más difícil, especialmente para personas con menos conocimientos digitales.
“El solo hecho de ser engañado no implica la comisión de una grave negligencia. Al contrario, una vez corroborado el fraude, se disipa cualquier negligencia, y menos grave, porque en general nadie tiene culpa del engaño, salvo que sea patente o burdo, que no es aquí el caso”, señala el tribunal.
El fallo también subraya que la banca digital ha permitido a las entidades financieras crecer exponencialmente y reducir costes, por lo que no pueden desligarse de su responsabilidad en casos como este.
Precedente para futuros casos de fraude bancario
Este caso refuerza la tendencia de la justicia a considerar que las entidades financieras deben asumir los fraudes digitales en mayor medida, protegiendo los ahorros de sus clientes y adoptando medidas de seguridad más estrictas.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz sienta un importante precedente para otros casos de phishing y ciberfraude, al establecer que la obligación de proteger el dinero depositado recae en el banco, no en los clientes.
Finalmente, la resolución impone las costas del proceso a Unicaja Banco y declara la pérdida del depósito constituido para recurrir, cerrando así el litigio en favor de la clienta afectada.



