¿Qué es el testamento vital?
El testamento vital surgió en los años 60 en EE. UU.. En España, país al que llegó más tarde, se refleja en la ley con el nombre de ‘Instrucciones Previas’ o ‘Voluntades Anticipadas’, que varía por Comunidades Autónomas. Estas ‘Instrucciones Previas’ hacen referencia a una serie de herramientas legales que, desde la ley 41/2002, ponen a disposición de los ciudadanos el derecho a “consignar por escrito su voluntad acerca del tipo de cuidados y el tratamiento de su salud para el caso de que algún día se hallaran incapacitados para expresarla”.
Las leyes españolas conceden a los ciudadanos herramientas para gestionar las decisiones que conciernen al final de sus vidas. Ana M. Marcos, profesora de Derecho de la UNED, es la investigadora principal del proyecto de investigación en bioética ‘Optimización de la información y gestión de las instrucciones previas’ financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación, y que ha puesto en marcha la página web www.testamentovital.net. El objetivo es poner en marcha mecanismos para mejorar el conocimiento y la formación de ciudadanía y los agentes sanitarios en torno a estas regulaciones.
Lo cierto es que este derecho, sin embargo, ha sido escasamente ejercido por parte de una ciudadanía que no está informada de su existencia y que, además, puede no estar socialmente preparada para tratar las cuestiones que se plantean en torno al fin de la vida. Uno de los objetivos de la página web que ha lanzado el equipo de Ana M. Marcos es precisamente conseguir que sobre este tema se genere un debate público y abierto.
La investigadora de la UNED explica cómo con la página web se busca cumplir dos objetivos principales: “Dar una información general y práctica: cuál es el procedimiento para hacer este tipo de testamentos, dónde están los registros, qué se necesita, dónde acceder a los modelos, etc., y fomentar un debate sobre cómo se está cuidando el morir y la última fase de vivir. Reflexionar sobre temas como el de los cuidados paliativos y otros vinculados a estos momentos vitales”.
En este proyecto, centrado en vitalizar la comunicación de la ciudadanía con los expertos, el grupo de investigación ha habilitado una dirección de correo electrónico, testamentovital@adm.uned.es, a través de la cual responder a las diferentes dudas que puedan surgir. Su presencia en las redes sociales, con páginas en Facebook y Twitter, completan el círculo de apertura y hacen de este proyecto un ejemplo de transferencia de los resultados de investigación que, tras ser generados desde la universidad, se comparten con el resto de los ciudadanos.
De la “medicina paternalista” a la autonomía de los “pacientes-impacientes”
El ámbito de la sanidad ha vivido en los últimos años un cambio sustancial, impulsado por cuestiones como la obligatoriedad del consentimiento informado. La separación radical entre los médicos como portadores absolutos de un saber incuestionable del que no tienen que dar explicaciones y los pacientes como meros sujetos sin capacidad de acción que obedecen sin preguntar se ha roto.
Los avances en la biomedicina y la biotecnología han borrado los puntos fijos que señalaban el comienzo y el final de la vida. Como indica Ana M. Marcos, “estos puntos se han convertido en un proceso. De esta forma, el inicio y el final de la vida son fronteras con límites difusos. Un paciente puede por medios artificiales ser mantenido con vida bastante tiempo”.
Las leyes que regulan las decisiones que se pueden tomar para los últimos momentos de la vida abren a los ciudadanos la posibilidad de informarse y decidir en cuestiones directamente relacionadas con su calidad de vida. Algunas de estas decisiones pasan por la elección de atención domiciliaria, la aceptación o declinación de los cuidados paliativos, la atención psicológica, etc. Desde este proyecto de investigación se busca generar un debate acerca de cómo afronta el ciudadano español hoy en día la muerte y el decidir acerca de los tratamientos médicos.
En este contexto de necesaria redefinición y definición flexible, tanto del papel de los médicos y los pacientes como el de los procesos vitales, la comunicación entre personal sanitario y personal atendido se torna clave en el sistema médico y asistencial.
El papel de la bioética
Pero ¿de qué modo se ha volcado este cambio en la formación de los agentes sanitarios? ¿Quién forma a los médicos como informadores? Según Ana M. Marcos, “en los estudios oficiales no hay formación de cómo informar. Pero la carrera médica es muy vocacional y todas las personas tratan de formarse para establecer el mejor mecanismo de comunicación con el paciente”.
Prueba de lo que señala la académica es el hecho de que en el “Curso experto en bioética y bioderecho” que imparte en la UNED el mayor porcentaje de estudiantes son sanitarios. “Llega un punto en que los argumentos médico científico-técnicos dejan varias opciones: aquí tienen que ser la ética y lo jurídico quienes entran en juego”, dice Marcos. Así, “Cada vez más el personal sanitario se está acercando a las facultades de filosofía y derecho, preguntándose por la ética, por la argumentación y por las normas jurídicas que regulan su actuar”, añade.
La autonomía de los pacientes, como muchas otras cuestiones que entran en relación con las consecuencias del progreso científico, debe asumirse desde la mirada multidisciplinar que aporta la bioética; así, Marcos destaca cómo “los médicos cada vez más se están formando en ese sentido y no podemos olvidar que quién tiene el conocimiento es el médico” por lo que señala, como punto clave para el análisis de estas cuestiones “optar por el principio de autonomía, matizado por el de responsabilidad”.
Quién puede hacer un testamento vital
Para hacer un testamento vital, todas las personas deben cumplir estos dos requisitos:
- Ser personas mayores de edad o mayores de 16 años emancipados. Siempre y cuando redacten el documento de forma libre y sin coacciones.
- Las personas que lo realicen tienen que estar en pleno uso de sus facultades mentales.
Por otra parte, todo lo que se incluya en el testamento vital puede modificarse o anularse en cualquier momento, siempre y cuando el titular siga estando en plenas facultades y no lo haga bajo coacción.
Qué hay que incluir en el testamento vital
A través de este documento las personas pueden tomar decisiones de forma activa acerca de los tratamientos y servicios asistenciales que recibirá por parte de profesionales en caso de que no pueda expresarlo por sí misma en un futuro a causa de una enfermedad irreversible o terminal. En el testamento vital también puede indicarse qué quiere hacer una persona con su cuerpo y sus órganos tras fallecer. En resumen, los puntos clave que contienen los testamentos vitales son:
- Cuidados y tratamientos médicos a los que permite que le sometan cuando no se encuentre en condiciones de expresarlo. En caso de sufrir enfermedades irreversibles que el paciente conoce con antelación que va a ver limitadas sus posibilidades para comunicarse en el futuro
- Qué quiere hacer con su cuerpo y órganos tras el fallecimiento
- Quién quiere que actúe como representante para interpretar y comunicar las decisiones del testamento y para tomar las que sean necesarias.
Aunque en el testamento vital una persona expresa sus voluntades, hay ciertos límites que no puede sobrepasar. Es decir, que en ningún caso el personal sanitario puede saltarse la ley independientemente de las voluntades del titular del testamento ni pueden realizar actuaciones que sean contrarias a las buenas prácticas médicas, tal y como explicamos en esta guía para hacer testamento.