¿Harto de su banco? Sepa dónde y cómo reclamar
¿Quieres poner una reclamación a tu entidad bancaria? Si no estás conforme con el trato recibido, te han cobrado comisiones sin previo aviso o has tenido problemas en la contratación de un determinado producto, puedes poner una reclamación para que quede constancia de lo sucedido en la entidad. Y para que el banco te ofrezca una solución por los posibles daños ocasionados.
El proceso para poner una reclamación a un banco consta de dos fases. Por un lado, y en primer lugar, es necesario presentar la queja o reclamación a la entidad bancaria específica donde has tenido el problema. Después, en el caso de no obtener una respuesta o solución que satisfaga el problema, es posible elevar esta reclamación a otras entidades, como el Banco de España.
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Cómo reclamar al banco
Ante cualquier problema con una entidad, un cliente puede poner una reclamación a su entidad bancaria. El objetivo es comunicar la incidencia para que la entidad pueda ofrecer una solución o compensación por lo sucedido. Se trata de un proceso gratuito que puede hacerse por diferentes vías y que es el primer paso obligatorio que dar para reclamar a una entidad.
Por otra parte, si la respuesta obtenida de la entidad no satisface los daños ocasionados o, directamente, el cliente no recibe respuesta, puede elevar su reclamación a otros organismos para intentar buscar una solución a los perjuicios ocasionados. ¿Pero, ante quién hay que reclamar?
Ante quién tengo que reclamar cuando no estoy de acuerdo con mi banco
Los ciudadanos tienen la posibilidad de elevar sus quejas y reclamaciones ante un organismo estatal para llegar a una solución que satisfaga a las partes: Al Banco de España. Para hacer este trámite de forma correcta y asegurarte de que tu petición llega a los departamentos habilitados para tramitarla, es importante conocer el proceso acerca de cómo reclamar ante el banco de España desde la información enlazada.
A esta entidad pueden elevarse quejas relacionadas con productos y servicios bancarios (depósitos, préstamos personales, hipotecas, etc.) comercializados por entidades de crédito (bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito, sucursales en España de entidades de crédito extranjeras) y otras cuestiones que deriven de la actuación de las sociedades de tasación o de los establecimientos de cambio de moneda (autorizados para realizar operaciones de venta de billetes extranjeros o gestión de transferencias en el exterior).
Otras entidades a las que puedes reclamar
De manera adicional al banco de España, dependiendo del motivo de la queja, hay otras entidades a las que los clientes pueden elevar sus quejas. Estas son las siguientes.
Comisión Nacional del Mercado de Valores
A este organismo pueden elevarse quejas relacionadas con incidencias sobre productos o servicios de inversión (ofertas públicas de venta de valores, fondos de inversión, operativa en los mercados de valores, etc.), con independencia de que el intermediario sea una empresa de servicios de inversión (ESI) o una entidad de crédito (habitualmente bancos y cajas de ahorros).
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
En este caso, es posible presentar reclamaciones acerca de cuestiones relacionadas con contratos de seguros y planes de pensiones que deriven de la actuación de entidades aseguradoras, gestoras de fondos de pensiones y mediadores de seguros (incluidas las entidades de crédito cuando actúen como comercializadoras de estos productos).