¿Hay que declarar a Hacienda los regalos de boda y el dinero de los sobres?

Cómo declarar a Hacienda los regalos de boda y el dinero de los sobres
NOTICIA de Javi Navarro
12.05.2021 - 12:42h    Actualizado 20.05.2023 - 08:23h

Con la ley en la mano, Hacienda puede pedirte que tributes el importe obtenido de los regalos de tu boda, incluidos los sobres con dinero, una cantidad que puede llegar a ser bastante elevada. Y es que los regalos percibidos no tributan a través de la declaración de la renta, pero sí por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La tributación será mayor o menor en función de varios factores, como la Comunidad Autónoma del donatario, su grado de parentesco con el donante, o el valor de la donación, independientemente de que sea mueble o inmueble.

Según la ley, no existe mínimo exento, lo que significa que cualquier regalo económico recibido en una celebración, se trate de una boda, un bautizo o una comunión, supone que debe declararse. Y tanto la transferencia que te hace tu amigo de regalo para ayudarte en el viaje de novios como hasta el televisor de sesenta pulgadas que regalan los padrinos a los novios o hasta la típica videoconsola que desea todo niño que hace la primera comunión.

Por si no lo sabías, las joyas y el oro que recibas también tienes que declararlos a Hacienda.

Sobres con dinero

¿Y qué ocurre con los típicos sobres con dinero en efectivo como regalo? Pese a que la costumbre de abrir una cuenta para ingresar el regalo está bastante extendida, hay quien sigue prefiriendo la típica opción del sobre en mano el día de la boda. Enrique García, CEO y Cofundador de TaxDown, explica: “Siempre sería mejor optar por la transferencia bancaria, porque en el improbable caso de una inspección, podemos justificar, gracias al concepto de la transferencia, que se trata de un regalo de boda, mientras que no es aconsejable manejar demasiado dinero en efectivo sin poder acreditar su origen”.

Si no sabes cuánto es el dinero mínimo que hay que regalar en una boda, aquí te lo contamos para que quedes bien como invitado.

Tributaciones diferentes según Comunidad Autónoma

Aunque existe una regulación estatal para estos regalos, considerados como donaciones a todos los efectos legales, las Comunidades Autónomas pueden aplicar su legislación específica (la ley nacional solo se aplica en ausencia de la autonómica).

Así, hay Autonomías en las que es más rentable casarse o bautizar a un hijo, como por ejemplo en Madrid, Andalucía, Murcia y La Rioja. En estas comunidades, se aplica una bonificación del 99 % sobre la cuota tributaria en donaciones entre padres e hijos, es decir, solamente habría que abonar a Hacienda el 1 % de la cuota tributaria. Un alivio teniendo en cuenta que los regalos de los padres suelen ser los más sustanciosos.

En otras comunidades, ese mismo regalo tendría una tributación mayor. La dificultad en este caso radica en la amplísima variedad de casuísticas, puesto que a la hora de declarar una donación su tributación varía en función al grado de parentesco, de la base imponible del contribuyente después de deducir gastos, etc. Por tanto, es posible que te salga más a cuenta que esa tele de 60 pulgadas te la regalen tus padres que tus amigos.

Hacienda no lo hace

En cualquier caso, por ahora parece que Hacienda está más interesada en encontrar irregularidades tributarias en torno a las empresas de organización de los eventos en sí, por ejemplo, los servicios de floristería o las compañías de restauración, que en perseguir a recién casados para que declaren sus regalos. “Se han dado casos de inspecciones en bodas, pero sobre todo de cara a los servicios asociados a la celebración, como el servicio de catering o el fotógrafo, pero en ningún caso por los regalos”, añade García.

A pesar de que la costumbre esté prevaleciendo frente a la regulación oficial, no estaría mal, por si algún día esto cambia y se deja de hacer la vista gorda por parte de Hacienda, “conservar las facturas de los servicios contratados para la organización de este tipo de eventos tan tradicionales como bodas, bautizos o comuniones”, concluye García.



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