Hacienda podrá embargar las criptomonedas al recibir más información de las plataformas de criptodivisas

Europa obliga a informar sobre las criptodivisas y podría llegar a embargar estos activos entre los contribuyentes con deudas.
NOTICIA de Javi Navarro
18.09.2024 - 09:06h    Actualizado 18.09.2024 - 09:15h

Los proveedores de criptomonedas y plataformas de registro de criptoactivos tienen nuevas obligaciones con Hacienda después de aplicar la transposición de la directiva europea DAC8 por la que se obliga a una mayor comunicación de información sobre criptoactivos y sus poseedores respecto a las actuales obligaciones. Así lo ha aprobado el Consejo de Ministros, que en primera vuelta ha dado luz verde a un anteproyecto de Ley para proceder a la transposición de la Directiva europea 2011/16/UE, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.

Esta disposición comunitaria, más conocida como DAC8 y que ahora inicia su trámite de información pública, supondrá cambios normativos sobre las obligaciones tributarias relacionadas con el mercado de las criptomonedas. En concreto, permitirá la adaptación de las obligaciones informativas sobre criptomonedas situadas en el extranjero y sobre saldos en las mismas, en las que se sustituye el concepto de moneda virtual por el de criptoactivo. Al margen de las modificaciones anteriores, que afectan al ámbito de la asistencia mutua, en el anteproyecto de ley también se efectúan diversas modificaciones en la Ley General Tributaria (LGT) en materia recaudatoria.

Estas novedades, entre otras, están incluidas en este anteproyecto de ley por el que se modifican la Ley 58/2003 General Tributaria, en materia de asistencia mutua y de recaudación, y otras normas tributarias, que una vez finalizada su tramitación administrativa tras el correspondiente trámite de información pública se remitirá a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria y posterior aprobación. La transposición implicará así la modificación de la LGT, junto a otras modificaciones legales necesarias.

Cómo afecta la DAC8 a quienes tienen criptomonedas

La DAC8 traslada al ámbito de la Unión Europea el Marco de comunicación de información sobre criptoactivos (‘Crypto-asset Reporting Framework’) de la OCDE. Un documento que recoge algunas de las iniciativas recogidas en la Directiva, como que las obligaciones de diligencia debida y de información sobre estas divisas en España que deberán cumplir los proveedores de servicios de estas afectarán tanto a los usuarios residentes como a los no residentes.

Actualmente, Europa está estudiando la forma de implementar un euro digital, que podría facilitar el intercambio de estos criptoactivos entre sí.

Según un comunicado facilitado por el Ministerio de Hacienda, que dirige la socialista María Jesús Montero, “la transposición de la DAC8 permite a España ponerse a la vanguardia europea en este sector. Su puesta en marcha permitirá constituir el marco regulatorio necesario para, una vez se comiencen las obligaciones de información, dar cumplimiento a las obligaciones de asistencia mutua con el resto de Estados miembros de la Unión Europea. Algo que se extenderá a otras jurisdicciones con las que se intercambie la información, de conformidad con los acuerdos internacionales que puedan suscribirse al respecto”.

Esto supondrá “un importante avance en el ámbito del intercambio internacional de información fiscal”, añaden desde Hacienda. Lo que se concreta con un refuerzo para los actuales mecanismos y ampliando la información intercambiada, revelado en los últimos años como un instrumento esencial por la transparencia fiscal y en la lucha contra el fraude. Lo mismo ocurrirá en el ámbito del suministro de información a la Administración Tributaria, al mejorar tanto la asistencia al contribuyente como el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias y lucha contra el fraude.

Embargos de criptomonedas a contribuyentes con deudas

Estos cambios en la Ley General Tributaria también reconocen de manera expresa a las criptomonedas entre los bienes susceptibles de sufrir embargos, así como a los bienes y derechos situados en entidades de pago y de dinero electrónico. Una medida que es una respuesta a la rápida evolución de los servicios bancarios y de pago y de los medios de pago, entre las que están las tecnologías de registro de criptoactivos.



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