Guía para solicitar una vivienda de alquiler social en la Comunidad Valenciana
La Conselleria d’Habitatge, Obres Públiques i Vertebració del Territori de la Generalitat Valenciana ofrece viviendas de alquiler social a través del parque público de la Entidad Valenciana d’Habitage i Sol (EVha). Los beneficiarios deben ser familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad y que cumplan los requisitos que detallamos a continuación. En esta información te dejamos una guía para que sepas cómo solicitar una vivienda de alquiler social en la Generalitat Valenciana. Y, si lo prefieres, también puedes echar un vistazo a nuestro vídeo explicativo para pedir una vivienda de alquiler social en la Comunidad Valenciana.
Contenido de la información:
Para la asignación de las viviendas, la Conselleria de Vivienda colabora con los servicios sociales municipales para llegar a familias vulnerables y que puedan acceder a viviendas públicas.
Todas las personas que estén interesadas en solicitar un alquiler social en la Generalitat Valenciana tienen que completar el impreso de solicitud de vivienda de promoción pública de la Generalitat en alquiler.
Una vez se completen los datos del impreso, hay que registrar esta solicitud en la EVha y, si no estás inscrito, también debes darte de alta en el Registro de Demandantes de Vivienda.
En el impreso de solicitud de vivienda hay que completar los datos personales de la persona solicitante, la localidad donde solicita la vivienda, el municipio de empadronamiento, el lugar de trabajo y si necesita que la vivienda sea adaptada. También hay que rellenar los datos personales de la unidad familiar, así como sus ingresos anuales y señalar la relación de los familiares con los que convive el solicitante.
Otro de los campos a completar son los datos para baremación provisional donde hay que indicar la situación familiar (joven, víctima violencia de género o familia monoparental, entre otros). Por último, indicar si la persona solicitante está afectado por la pérdida de su vivienda habitual.
Además del impreso de solicitud, hay que descargarse y rellenar los siguientes documentos:
- Una autorización del solicitante al tratamiento de datos de la Administración.
- Documento específico donde se detalla la relación familiar de las personas que componen la unidad de convivencia.
- Un modelo de solicitud genérico en el que se incluye una declaración responsable.
Inscribirse en la EVha
Una vez la persona solicitante haya rellenado y cumplimentado todos los documentos, el siguiente paso es registrar esta solicitud de vivienda de alquiler social en la EVha.
Para hacer el registro de la solicitud de manera telemática es necesario tener certificado electrónico. En caso de no disponer de esta identificación digital, las personas solicitantes pueden llevar el impreso a cualquiera de las sedes de la EVha.
El trámite puede presentarlo cualquier persona física a nivel particular o en representación de otra persona siempre que está justificado y acreditado. El plazo para realizar este trámite y solicitar una vivienda social es durante todo el año, no hay fechas establecidas, pero solo se procede a su estudio en el momento en el que hay viviendas disponibles para asignar.
Los requisitos de acceso a estas viviendas de alquiler social de la Generalitat Valenciana son:
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- Mayor de edad o tener 16 años y estar emancipado legalmente.
- Acreditar haber residido mínimo un año de residencia en la Comunidad Valenciana en el momento de la solicitud.
- Ni el solicitante ni otro miembro de la unidad de convivencia disponga de otra vivienda en propiedad en el momento de la solicitud.
- Estar inscrito en el Registro público de demandantes de la vivienda.
- Justificar los ingresos mínimos suficientes para poder hacer frente al pago de la renta. Se establece como regla general que se justifican los ingresos mínimos si pueden destinar el 25 % como máximo de sus ingresos al pago de la renta.
Requisitos específicos
En función del tipo de alquiler social al que se acceda, hay una serie de requisitos específicos:
Para el alquiler genérico la suma de ingresos no debe superar 5,5 veces el IPREM.
Para el alquiler Joven:
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- Todos los miembros de la unidad familiar deben tener menos de 35 años.
- La suma de ingresos en términos anuales no puede superar 2,5 veces el IPREM.
- El número de miembros de la unidad familiar no puede ser superior a 5.
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Para mayores:
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- Los miembros deben ser mayores de 60 años.
- La suma de sus ingresos no puede ser mayor a 2,5 veces el IPREM en términos anuales.
- Las unidades familiares deben ser de 1 o 2 miembros.
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Criterios de baremación
La asignación de las viviendas de promoción pública se realiza a través de unos criterios de baremación por puntos fijados por la EVha.
Criterios de baremación | Puntos |
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Víctimas de violencia de género | 20 puntos |
Necesidad de vivienda | 20 puntos |
Miembros de la unidad de convivencia con discapacidad reconocida | Entre 10 y 20 puntos |
Unidad de convivencia con algún menor a cargo | 20 puntos |
Unidad de convivencia con integrantes menores de 35 años o mayores de 60 | 10 puntos |
Solicitantes que tengan que desplazarse por motivos laborales | 10 puntos |
Necesidad de vivienda: Se entiende que existe una necesidad de vivienda en los siguientes casos:
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- Pérdida de vivienda habitual por impago de cuotas del alquiler si es por circunstancias sobrevenidas y la cuota supone más del 25 % de los ingresos de la unidad de convivencia.
- Que la vivienda actual del solicitante tenga deficiencias.
- Que el alquiler supone más del 25 % de los ingresos de la unidad de convivencia
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Miembros con discapacidad:
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- Si el grado de discapacidad es igual o superior al 65 % o tenga declaración de dependencia se alcanzan los 20 puntos en los criterios de baremación.
- Si el grado de discapacidad es igual o superior al 33 % e inferior al 65 % se dan 10 puntos.
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Además, se reserva un número de viviendas sociales (el 3 %) a cubrir necesidades de emergencia social que requieren respuesta inmediata.
Cómo se asignan las viviendas
A través de una Resolución de 2017 de la Consellería de Vivienda se establece un nuevo sistema de asignación de viviendas disponibles.
Todas las solicitudes registradas en la EVha que se presenten con los datos debidamente cumplimentados y con la declaración responsable adjunta, pasan un primer filtro. La fecha en la que se haya registrado en al EVha se tomará como fecha de admisión.
Del listado de admitidos, las solicitudes se ordenan tomando como referencia los datos aportados por el solicitante en función a los baremos explicados de la Conselleria de Vivienda.
Si varias solicitudes tienen la misma puntuación, se valorará la fecha de admisión de la solicitud, que determinará quién va primero. Si hay que valorar el empadronamiento en la localidad, se tomará este dato con prioridad a la fecha de admisión.
El siguiente paso es que la solicitud se eleva al Servicio de Gestión Activos de viviendas disponibles para arrendar y se inicia un expediente de asignación. A todas las solicitudes que tengan un expediente de asignación con mayor puntuación, se les solicitará la documentación necesaria que demuestre el cumplimiento de los requisitos y lo establecido en la declaración responsable.
Las que tengan todo correcto, se les procede a una segunda baremación y a la asignación definitiva de las viviendas. Si las solicitudes no fueran suficientes para cubrir las viviendas disponibles, se solicita la documentación a las siguientes de la lista.
Modificaciones o exclusiones
Si la solicitud no se acepta, se notificará a la persona la exclusión a través del correo electrónico facilitado en la solicitud.
Si se produce algún cambio en las circunstancias familiares de la persona solicitante, deberá comunicarlo cuanto antes para actualizar y revisar los criterios de baremación.
Esta solicitud tiene una validez de dos años desde que se presenta o desde la fecha de modificación o actualización de los datos. Si transcurrido este tiempo el solicitante no ha recibido vivienda, puede presentar una nueva solicitud.