Guía para solicitar un piso de alquiler social en Sevilla

Sede de EMVISESA, para solicitar un piso de alquiler social en Sevilla.
NOTICIA de Jessica Pascual
11.01.2021 - 10:16h    Actualizado 05.09.2024 - 10:55h

El Ayuntamiento de Sevilla ofrece viviendas sociales a través del parque público de la Empresa Municipal de la Vivienda (EMVISESA) dirigidas al alquiler social así como a la venta de viviendas a todas las personas que se ajusten a una serie de requisitos. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber para solicitar un piso de alquiler social en Sevilla a través de la EMVISESA. Y, si lo prefieres, puedes consultar nuestro vídeo explicativo para pedir una vivienda de alquiler asequible en Sevilla.

Convocatoria 2024

El Consejo de Ministros ha aprobado las obras para la construcción de 948 viviendas de alquiler asequible en Sevilla. Concretamente, se construirán en la zona en desuso de las antiguas instalaciones militares del Regimiento de Artillería, en el distrito de Bella Vista-Palmeram junto a la SE-30 y la Avenida de Jerez.

De las 948 viviendas, 853 entrarán dentro del Plan de Vivienda Asequible (PVAA) y las restantes corresponden a una de las parcelas del Ayuntamiento de Sevilla.

SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, encargada de desarrollar estas obras, ha puesto un plazo de ejecución de 23 meses. El procedmiento para la adjudicación de estas viviendas es abierto.

Cómo solicitar una vivienda de alquiler social

Todas las personas interesadas en conseguir un alquiler social en Sevilla a través de la EMVISESA tienen que estar previamente inscritas en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla.

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Inscribirse en el Registro de Demandantes

Hay dos formas de inscribirse en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida:

  • A nivel personal, como persona física mayor de edad
  • En unidad familiar o de convivencia. En este caso sólo hay que presentar una solicitud.

Para inscribirse hay que rellenar y presentar un documento de solicitud. Aunque también puedes acudir de forma personal a la Oficina del Registro de Sevilla y solicitar allí este documento.

Una vez rellenes el formulario y consigas reunir toda la documentación necesaria que se solicita, tienes que llevar todos los documentos a cualquier punto de atención al ciudadano que hay en los diferentes distritos de Sevilla. Para acudir a entregar los documentos es necesario cita previa para ser atendido. Puedes solicitar la cita previa a través del teléfono 010 o a través de la página web del Ayuntamiento de Sevilla.

En el modelo de solicitud tienes que rellenar los siguientes datos:

  • Datos del solicitante o solicitantes
  • Datos personales del resto de miembros de la unidad familiar o de convivencia
  • Datos económicos de cada uno de los miembros: Hay que indicar los ingresos económicos anuales y el tipo de declaración del IRPF.
  • Especificar si alguno de los miembros pertenece a los grupos de especial protección.
  • El tipo de vivienda a la que quiere optar. En este punto hay que señalar el régimen de acceso, si es en propiedad, alquiler o alquiler con opción a compra. Número de dormitorios y señalar si es necesario adaptar la vivienda.
  • Justificar la necesidad de la vivienda especificando la situación personal actual.
  • Firmar una declaración responsable de no poseer otra vivienda en propiedad.
  • Fecha y firma.

Este impreso debe estar firmado por todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar.

Documentación a presentar

Junto con este modelo relleno es necesario y obligatorio presentar la siguiente documentación:

  1. Fotocopia del DNI de los titulares y de los miembros de la unidad familiar y de convivencia mayores de 14 años.
  2. Fotocopia del libro de familia.
  3. En caso de divorcio, sentencia judicial y convenio regulador.
  4. En caso de haber menores emancipados debe presentar la escritura pública ante notario inscrita en el registro civil, a sentencia judicial de emancipación o el acta de matrimonio.
  5. Las personas incapacitadas deben aportar una sentencia judicial de incapacitación con nombramiento de cargo de tutor.
  6. Certificado de empadronamiento histórico del titular que demuestre que está empadronado en Sevilla con mínimo dos años de antigüedad anteriores a la fecha de la solicitud.
  7. Certificado de empadronamiento histórico del titular que demuestra que ha estado empadronado cinco años en Sevilla en cualquier momento anterior de su vida.
  8. Vida laboral del titular que demuestre que ha desarrollado su puesto de trabajo durante los 3 años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
  9. Si el titular tiene alguna otra vivienda en propiedad tendrá que adjuntar la nota simple del registro de la propiedad.
  10. La acreditación de los ingresos a través de la fotocopia de la Declaración de la Renta de todos los titulares así como de los miembros que obtengan ingresos. Si se trata de trabajadores por cuenta ajena que no están obligados a presentarla, tendrán que adjuntarla fotocopia del certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.

En el caso de grupos de especial protección, hay que presentar la siguiente documentación:

  • Para personas discapacitadas con movilidad reducida el certificado de vivienda adaptada para persona en silla de ruedas o movilidad reducida expedido por la delegación provincial.
  • Familias monoparentales con hijos la fotocopia del libro de familia y el certificado de empadronamiento colectivo. En caso de divorcio la sentencia de disolución del matrimonio y el convenio regulador.
  • Para familias numerosas el título que lo certifique.
  • Víctimas del terrorismo el certificado del Ministerio del Interior por el que se les reconozca.
  • Víctimas de violencia de género las resoluciones judiciales por violencia de género.
  • Procedentes de situaciones de rupturas de unidades familiares la sentencia judicial y el convenio regulador y una declaración responsable de estar al corriente del pago de pensiones alimenticias.
  • Emigrantes retornados la resolución e la situación de dependencia de la Delegación Provincial.
  • Personas con discapacidad el certificado de grado de minusvalía.

Requisitos

Para poder inscribirse en el Registro de Demanda hay que cumplir los siguientes requisitos:

Ser mayor de edad o menor emancipado y no estar incapacitado para obligarse de forma contractual en el momento de la solicitud.

Tener vinculación con la ciudad de Sevilla. Este requisito se tiene en cuenta para la adjudicación de la vivienda, pero no para la inscripción. Hay varias formas de vinculación:

  • Estar empadronado en la ciudad de Sevilla durante dos años consecutivos de forma inmediata a la solicitud.
  • Haber estado empadronado durante cinco años en cualquier momento en la ciudad de Sevilla.
  • Tener un puesto de trabajo en Sevilla durante los tres años inmediatamente anteriores a la solicitud.

No ser titular de pleno dominio de otra vivienda protegida o libre o estar en posesión de una en derecho de uso o disfrute.

Los ingresos de los titulares o la unidad familiar no pueden superior 5,5 veces el IPREM. No podrá superar las 2,5 veces el PREM para el alquiler y las 3,5 veces el IPREM alquiler con opción a compra. En el caso de solicitar una vivienda en propiedad, se exigen unos ingresos mínimos de 1 vez el IPREM.

>> Consulta el valor del IPREM en 2024.

Adjudicación de viviendas

Una vez los solicitantes se han inscrito en el Registro, éste tiene un plazo máximo de dos meses para resolver la solicitud desde que se ha presentado. La inscripción que realice una persona permanece vigente durante un periodo de tres años desde que fuera practicada o desde la última actualización o modificación de los datos realizada.

Las viviendas de la EMVISESA se adjudican mediante sorteo. La realización de este sorteo es el que establece el orden de la lista de Registro y se establecen periódicamente ante un fedatario público. La periodicidad en la que se realizan los sorteos depende de las previsiones de vivienda a ejecutar. Se confeccionan listas por cada 1.000 viviendas.

Una vez se agoten las listas de seleccionados o suplentes del Registro, en caso de quedar vacantes libres, se ofertan mediante convocatorias públicas.

¿Puedo renunciar a la vivienda?

Sí, pero si una persona inscrita en el Registro ha renunciado de forma voluntaria en dos ocasiones a la vivienda que le han asignado, se cancelará su inscripción en el Registro y no podrá inscribirse hasta tres años más tarde.

Cambio de datos

Si las circunstancias familiares cambian tras presentar la solicitud en el Registro el titular debe comunicarlas inmediatamente al organismo. No será necesario comunicar una variación de ingresos familiares inferior al 10 %. El plazo para comunicar cualquier cambio es de tres meses desde que se produzca este cambio. Esta regla no se aplica para los datos económicos, que se deben comunicar entre el 1 de julio y 30 de septiembre del próximo año.



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