¿El subsidio para mayores de 52 años cotiza para la jubilación?
El subsidio para mayores de 52 años es la única ayuda que pueden pedir las personas desempleadas, desde que cumplen los 52 y hasta que alcanzan la edad legal que les da acceso a la jubilación. Es uno de los subsidios por desempleo que se pueden pedir y cuya cantidad está sujeta a la evolución del IPREM.
Además de ser una garantía para quienes no encuentran un trabajo, porque es una de las ayudas que pueden pedir los parados de larga duración, tiene otros beneficios asociados. El más destacado es que este subsidio es el único que cotiza para la jubilación. Aunque la base por la que lo hace varía según el perfil concreto del beneficiario.
Un aspecto que le diferencia del resto de prestaciones, pero que comparte con otras. Porque al igual que este subsidio, el paro cotiza para la jubilación, aunque tiene sus propias particularidades.
Cómo cotiza el subsidio por desempleo para la jubilación
El SEPE explica en su página web cómo es la cotización de las personas que cobran un subsidio por desempleo. En concreto, lo primero que aclara este organismo es que se mantiene la cotización para la jubilación si el beneficiario del subsidio, pero solo si se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias concretas:
- Ser beneficiario de un subsidio para mayores de 52 años. Se incluye en este grupo a las personas fijas discontinuas cuyo hecho causante se haya producido con posterioridad al día 2 de marzo del 2022.
- Personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 52 años cuyo hecho causante del subsidio por desempleo haya tenido lugar antes del día 2 de marzo de 2022.
Base de cotización del subsidio para la jubilación
En los dos casos anteriormente descritos, la base de cotización por jubilación es del 125 % del tope mínimo de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento. ¿Pero, cómo saber el grupo y base de cotización? Este es un dato que pueden consultar tanto las personas que están trabajando y las que han estado anteriormente en activo, dado que solamente hay que recurrir al currículum para averiguarlo.
Mientras que las personas que sean fijas discontinuas menores de 52 años, acredita 180 días o más de cotización y el hecho causante que da lugar al subsidio ha tenido lugar antes de la fecha previamente indicada, los primeros 60 días del cobro del subsidio sí cotizan para la jubilación. Pero el resto no. En cuanto a la base por la que se cotiza en este caso, es el tope mínimo de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento.