Denuncian las multas por cancelar la portabilidad de entre 50 y 151 euros

Gente en la calle usa el smartphone.
NOTICIA de Javi Navarro
25.09.2013 - 18:16h    Actualizado 02.02.2023 - 12:50h

Movistar, Orange, Jazztel, Ono y Phone House penalizan con multas por cancelar la portabilidad de entre 50 y 151 euros, un fraude que las autoridades de consumo reconocen como ilegal pero ante el que no actúan para erradicarlas. FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Movistar, Orange, Jazztel, Ono y Phone House por cobrar estas penalizaciones abusivas cuando los usuarios cancelan solicitudes de portabilidad. Se trata de un cobro excesivo que muestra la relación de falta de reciprocidad e inferioridad que tiene el usuario con las compañías telefónicas.

Las multas de las operadoras telefónicas

Llegan a exigir el pago de 151 euros si un usuario les pide el traslado del número de teléfono desde otra compañía y se arrepiente antes de que éste se produzca. Orange reclama 118 euros (en portabilidades de ADSL desde operadores distintos a Movistar), Movistar 100 en amagos de portabilidades fijas y 50 en móviles.

Phone House cobra por adelantado la penalización, de 50 euros, en concepto de fianza, que no devuelve si el usuario anula la portabilidad. Esta cadena de tiendas ya fue denunciada por FACUA en junio de 2011 por los mismos motivos, sin que las autoridades competentes hayan actuado con la suficiente contundencia para paralizar las irregularidades.

En abril de este año, FACUA denunció a Movistar y Jazztel por estas irregularidades, sobre las que ninguna administración ha anunciado aún medidas.

El fraude de poner multas por cancelar la portabilidad

Ahora, FACUA ha remitido nuevas denuncias contra las cinco empresas tanto al Instituto Nacional del Consumo (INC) como a las diecisiete autoridades autonómicas de protección al consumidor. A éstas les reclama no sólo que exijan a las empresas la retirada de esta cláusula abusiva de sus contratos, sino que ejerzan su potestad sancionadora aplicando, como establece la legislación, sanciones económicas proporcionales al beneficio logrado con este fraude.

FACUA advierte que estas prácticas resultan abusivas y vulneran la legislación en materia de comercio y defensa de los consumidores, que prohíben expresamente cobrar cualquier cantidad como consecuencia del desistimiento de un contrato.

Asimismo, implican una situación de falta de reciprocidad y de desequilibrio entre el usuario y la compañía. Mientras que el primero es obligado a abonar una cantidad si se arrepiente de la contratación, la compañía no asume la misma penalización si rechaza la solicitud de alta formulada.

Las autoridades de consumo lo consideran abusivo pero no actúan

La asociación considera lamentable que, pese a que las autoridades de consumo consideran ilegales estas prácticas, no ejercen sus competencias para erradicarlas valiéndose de la potestad de aplicar multas acordes al beneficio obtenido con ellas.

En 2012, el INC y las autoridades autonómicas de consumo emitieron un informe (consulta número 7) en el que advierten que “cualquiera que sea el concepto (gestión, fianza, depósito, o similar) por el que el operador o el distribuidor autorizado pretendan cobrar al usuario por ejercer su derecho a cancelar la solicitud de portabilidad será considerado abusivo, de conformidad con el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, artículos 82, 86 y 87.6”.

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ya había emitido una resolución en abril de 2011 en la que advierte que “las leyes de Defensa de los Consumidores y Usuarios y de Ordenación del Comercio Minorista impiden expresamente cobrar al usuario algún tipo de gasto incurrido por el operador como consecuencia del desistimiento del contrato, como es la cancelación de la solicitud de portabilidad necesaria para la prestación de sus servicios”.

“Además”, prosigue la resolución, “tampoco es posible fijar al usuario garantías o anticipos de pagos previos a la prestación del servicio que aseguren un eventual resarcimiento del operador para el caso de que se ejercite la cancelación portabilidad numérica”.

Asimismo concluye que “cualquiera que sea el concepto (gestión, fianza, depósito o similar) por el que el operador o distribuidor autorizado pretendan cobrar al usuario por ejercer sus derechos a cancelar la solicitud de portabilidad será considerado abusivo”, de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

FACUA aconseja a los usuarios afectados por estas prácticas que rechacen el cargo de cualquier recibo de estas compañías en el que intenten cobrarles la penalización por el amago de portabilidad y denuncien a su operadora ante las autoridades de Consumo de sus respectivas comunidades autónomas.

Denunciadas las penalizaciones de 50 y 100 euros al cancelar la portabilidad que cobra Movistar

Denunciadas las penalizaciones de 50 y 100 euros al cancelar la portabilidad que cobra Movistar

¿Cancelar portabilidad Movistar particulares?
FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Movistar por cobrar penalizaciones a los usuarios que cancelan solicitudes de portabilidad de sus números de teléfono. Desde este mes de abril, los contratos de Movistar incorporan en sus condiciones particulares una cláusula de penalización relativa a la “solicitud de portabilidad”. En ella, la compañía plantea que, “una vez firmada y entregada la solicitud de portabilidad” en cualquier tienda o distribuidor autorizado, el usuario puede cancelarla “hasta las 14 horas del día previo a la fecha del cambio”. Pero si lo hace, le aplicará un “coste de la cancelación de 50 euros” en móviles y de 100 euros en fijos.

FACUA advierte que estas prácticas, prohibidas, resultan abusivas y vulneran la legislación en materia de comercio y defensa de los consumidores, que prohíben expresamente cobrar cualquier cantidad como consecuencia del desistimiento de un contrato.

Asimismo, implican una situación de falta de reciprocidad y de desequilibrio entre el usuario y la compañía. Mientras que el primero es obligado a abonar una cantidad si se arrepiente de la contratación, la compañía no asume la misma penalización si rechaza la solicitud de alta formulada.

Por ello, FACUA ha denunciado a Movistar ante organismos competentes en materia de protección de los consumidores a nivel nacional y autonómico.

FACUA advierte que tanto el Instituto Nacional del Consumo (INC) como las autoridades de consumo autonómicas tienen competencias para instar a la compañía al cese de estas prácticas y solicitarle que devuelva el dinero que haya podido cobrar a los primeros afectados. Asimismo, las comunidades autónomas tienen la potestad para aplicar las multas que correspondan en función de la gravedad de las irregularidades.

La CMT ya advirtió hace dos años de la ilegalidad de estas penalizaciones
La asociación recuerda que en abril de 2011, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) emitió una resolución en la que advierte que “las leyes de Defensa de los Consumidores y Usuarios y de Ordenación del Comercio Minorista impiden expresamente cobrar al usuario algún tipo de gasto incurrido por el operador como consecuencia del desistimiento del contrato, como es la cancelación de la solicitud de portabilidad necesaria para la prestación de sus servicios”.

“Además”, prosigue la resolución, “tampoco es posible fijar al usuario garantías o anticipos de pagos previos a la prestación del servicio que aseguren un eventual resarcimiento del operador para el caso de que se ejercite la cancelación de la portabilidad numérica”.

FACUA aconseja a los usuarios afectados por estas prácticas que rechacen el cargo de cualquier recibo de Movistar en el que intente cobrarles la penalización por el amago de portabilidad y denuncien a la compañía ante las autoridades de Consumo de sus respectivas comunidades autónomas.

Denuncian a las operadores de móviles por impedir a los usuarios que cancelen la portabilidad ante las contraofertas

HTC One S.El usuario debe tener la soberanía en la elección de operador en todo momento. Después de que la CMT haya rebajado de cinco días a 24 horas el tiempo para realizar la portabilidad (traspaso de un cliente) entre operadores móviles, este procedimiento vuelve a ser objeto de polémica, puesto que de aprobarse esta iniciativa de los operadores, se prohibirá al usuario la elección de una eventual mejor oferta de su operador y revocar su petición previa de portabilidad. Para la Asociación de Internautas (AI) y la Asociación Pro Derechos Civiles, Económicos y Sociales (ADECES), tanto una opción como otra tratan de impedir que el usuario sea el que disponga en todo momento de la soberanía de sus decisiones, que no es otra cosa, que poder ejercer la libertad de elección.

La libertad de elección incluye, según AI y ADECES que el cliente pueda hasta revocar una solicitud de portabilidad ya formulada. La cancelación del traslado de operador es la otra cara de la moneda de la petición de cambio. Ambas manifestaciones de voluntad, solicitud y cancelación, conforman la libre elección del usuario.

Según ambas asociaciones, no resulta justificable argumentar que al fijar la portabilidad en 24 horas los plazos son demasiado justos para incluir en el proceso las posibilidades de anulación y que da opción a que se produzcan errores. Son los operadores los que se benefician de esta iniciativa, en consecuencia, deben poner remedio a los eventuales efectos perjudiciales que para los usuarios puedan derivar de la misma, entre ellas quedarse sin línea.

Portabilidades en 24 horas… con retraso
De ser cierto este argumento, AI y ADECES entienden que el procedimiento está mal regulado o que los operadores receptores no tienen adecuada su infraestructura y agilidad operativa al nivel de portabilidades acumuladas en 24 horas, o que dificultan la cancelación voluntariamente al establecer obstáculos en su tramitación o incumpliendo dolosamente la voluntad del usuario.

En cualquiera de estos casos la forma de solventar esta lesión de derechos del usuario no puede consistir en limitar sus derechos básicos en un sistema de mercado, sino sancionando las prácticas que les perjudican.

Contraofertas de otros operadores
Por otra parte, en relación con la petición de que se prohíban las contraofertas para retener a un cliente, no parece lógico que en el sector de la telefonía móvil, en el que la comercialización de productos se desarrolla en un mercado en competencia y con prácticas tan agresivas (cambio de terminales, precios, marketing telefónico, etc.) se intente obligar al cliente a que materialice el cambio de operador por la vía de impedir o condicionar la actividad comercial de cualquiera de los operadores ofertantes, pero lo que es más grave todavía, que se restrinja el derecho del cliente a estar informado en todo momento de las ofertas que cualquier operador pueda hacerle llegar. El derecho a la información siempre, y en cualquier circunstancia, es uno de los principios básicos y fundamentales de la competencia y el libre mercado.

Para AI y ADECES lo que pretenden los operadores es conseguir que un regulador, en este caso la CMT, establezca reglas que preserven su cartera o cuota de mercado, condicionando así, gravemente la libertad de mercado, pasando por encima de los derechos de los usuarios y rompiendo la neutralidad que debe caracterizar las actuaciones de la CMT.

De más de 460.000 portabilidades al mes a 350.000
En 2011, según datos de la CMT se registraron en España 5,6 millones de portabilidades entre operadores de móviles a una media mensual de 460.000, constituyendo, según el propio regulador un auténtico record. En conclusión: ni las contraofertas ni las cancelaciones han impedido la configuración de un mercado muy dinámico.

En los dos primeros trimestres de 2012 los datos reflejan una caída de las portabilidades, que se concentra, sobre todo en el segundo trimestre en el que la media mensual se sitúo en 353.000, pero también es cierto que el sector de la telefonía móvil ya no está siendo tan dinámico, como lo demuestra el hecho de que en junio de este año se perdieron 238.000 líneas respecto al mes anterior. La pérdida acumulada anual es de 1,1 millones de líneas.

Finalmente es preciso señalar que los operadores no pueden pretender incorporar nuevas restricciones a la libertad de los usuarios, en este caso desde la regulación, puesto que utilizan mecanismos contractuales como el establecimiento de tiempos de permanencia y las penalizaciones a los usuarios en el supuesto de incumplimiento de estos plazos. Penalizaciones que también se aplican cuando la rescisión del contrato por parte del consumidor se base en un mal funcionamiento del servicio, lo que representa una ruptura del equilibrio que caracteriza a los contratos.

El fin de las promociones de ‘teléfono gratis con portabilidad’ reduce un 26 % las renovaciones de terminales

Alrededor de 866.000 individuos han renovado su teléfono en mayo, un 26 % menos que en abril, y un 6 % menos que hace un año. ¿El motivo? En opinión de Hugo Liria, Sector Manager ComTech Spain de Kantar Worldpanel, “ya son tres los operadores de telefonía que se han sumado a la eliminación de las subvenciones de terminales, y aunque marzo y abril no han supuesto un freno importante para el consumidor, en mayo se ha registrado el número más bajo de renovaciones del último año; en este sentido, los próximos meses serán decisivos para valorar el impacto de esta política en el mercado de telefonia móvil en nuestro país”. En mayo, tres de cada cuatro nuevos terminales (66,7 %) adquiridos en España son smartphones, y estos teléfonos inteligentes ya alcanzan el 38 % del parque de terminales de nuestro país.

Así, cuatro de cada cinco smartphones adquiridos entre marzo y mayo en España incorporan el sistema operativo Android (78,7 %), según el último informe sobre hábitos de compra, posesión, gasto y uso de telefonía móvil realizado por la consultora Kantar Worldpanel. De lejos le siguen RIM (Blackberry) y Symbian (Nokia principalmente), que apenas se encuentran en el 9 % y el 6,2 % respectivamente de los nuevos teléfonos inteligentes. El sistema de Apple, iOS, a pesar de seguir ganando usuarios, no lo hace al mismo ritmo que Android, por lo que pierde peso relativo y se queda con un 3,3 % del mercado de nuevos smartphones.

Cuota Sistemas Operativos sobre nuevos terminales

28 feb’11- 22 may’11

27 feb’11- 20 may’12

Android

33,3 %

78,7 %

RIM

12,1 %

9,0 %

Symbian

42,0 %

6,2 %

iOS

5,8 %

3,3 %

Windows

3,6 %

2,6 %

Otros

3,2 %

0,2 %

Total Smartphones 100 %

100 %

El precio medio asumido por el consumidor para la adquisición de su nuevo terminal (teléfonos móviles + smartphones) ha sido de 48,3 euros en mayo, casi 5 euros más que los 43,9 que pagó de promedio en febrero, antes del cambio de política de subvenciones asumida por buena parte de los grandes operadores de telefonía móvil de nuestro país.

Denuncian a The Phone House por la penalizar a los usuarios que cancelan la portabilidad

FACUA denuncia a The Phone House por penalizar con 50 euros a los usuarios que cancelan solicitudes de portabilidad. Se trata de una práctica abusiva contraria a la legislación en materia de comercio y defensa de los consumidores. FACUA espera que en el ejercicio de sus competencias, el Instituto Nacional del Consumo (INC) del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad inste a The Phone House al cese de estas prácticas y, en caso contrario, solicite a las autoridades de consumo autonómicas que sancionen a la empresa.

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la cadena de establecimientos de telecomunicaciones The Phone House por penalizar a los usuarios que cancelan solicitudes de portabilidad de sus números de teléfono.

La empresa establece en sus condiciones que “la solicitud de portabilidad llevará asociada un depósito de 50 euros por gastos de gestión que será devuelto al cliente una vez activada la portabilidad satisfactoriamente o en caso de imposibilidad técnica de dicha activación”.

“Si se solicitara la cancelación una vez activado el proceso”, continúa, “no se reembolsará dicho depósito”.

FACUA advierte que estas prácticas resultan abusivas y vulneran la legislación en materia de comercio y defensa de los consumidores, que prohíben expresamente cobrar cualquier cantidad como consecuencia del desistimiento de un contrato.

Ante la falta de respuesta de The Phone House al requerimiento de la asociación para que dejara de cobrar ninguna cantidad ante la posible cancelación de las portabilidades, FACUA ha denunciado a la empresa ante organismos competentes en materia de telecomunicaciones y protección de los consumidores a nivel nacional y autonómico.

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha emitido una resolución, fechada el 28 de abril, en la que advierte que “las leyes de Defensa de los Consumidores y Usuarios y de Ordenación del Comercio Minorista impiden expresamente cobrar al usuario algún tipo de gasto incurrido por el operador como consecuencia del desistimiento del contrato, como es la cancelación de la solicitud de portabilidad necesaria para la prestación de sus servicios”.

“Además”, prosigue la resolución, “tampoco es posible fijar al usuario garantías o anticipos de pagos previos a la prestación del servicio que aseguren un eventual resarcimiento del operador para el caso de que se ejercite la cancelación de la portabilidad numérica”.

 

Yoigo te cobra 100 euros si haces una portabilidad a otra compañía antes de 18 meses

Yoigo aplica una penalización de hasta 100 euros por darse de baja antes de finalizar el periodo mínimo de 18 meses de permanencia de su tarifa ‘Infinita’. Para muchos clientes esto es injusto y desproporcionado, por lo que FACUA-Consumidores en Acción ha reclamado al operador de telecomunicaciones que modifique las condiciones de permanencia de su nueva tarifa plana de llamadas al considerar que resultan abusivas, vulnerando además la legislación.

La Tarifa infinita de Yoigo ofrece un número ilimitado de llamadas mensuales a un máximo de 300 números por 30 euros más IVA (35,40) mensuales más 1 Gb de conexión a Internet de alta velocidad.

Contraria a la legislación

FACUA considera que las limitaciones de uso que plantea la compañía pueden resultar razonables (está a la espera de conocer cómo las aplica), pero la penalización por baja anticipada es contraria al texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Y es que la asociación entiende que la cláusula es abusiva al causar una situación de desequilibrio entre Yoigo y numerosos clientes que fueran multados por cancelar el servicio al entender que les está resultando demasiado caro para el uso que realizan del mismo.

Más permanencia, más beneficios

Asimismo, la citada Ley permite la introdución de condiciones de permanencia a cambio de determinados beneficios para los usuarios, pero siempre que la duración de los contratos no resulte excesiva. Y FACUA considera que 18 meses lo es.

Por ello, FACUA ha planteado a Yoigo que, de mantener la penalización, debería reducir el número de meses y aplicarla sólo a los clientes que hayan superado determinados niveles de consumo. Así, la cuantía de la multa sería además variable en función del perfil de cada uno de esos usuarios.

Mundo R y Telecable, las operadoras que más clientes ganan con la portabilidad

Las operadoras de cable Mundo R y Telecable crecen de manera significativa en sus respectivas regiones de origen, Galicia y Asturias. En el mes de Mayo, ambas operadoras ganaron más de 3.000 números, siendo las que proporcionalmente mejores resultados de portabilidad han obtenido sobre el total de operadoras en el mes de Mayo, Telecable en una proporción de 8 a 1 y Mundo R de 9 a 1. Por otra parte, dos de las grandes operadoras móviles españolas, Vodafone y Movistar han perdido en el mes de mayo un total de 33.277 y 14.798 números respectivamente, según el Análisis de portabilidad móvil española de Lleida.net, correspondiente al mes de mayo de 2010. Aunque ambas operadoras se han recuperado con respecto a los datos de abril, cabe destacar que ambas siguen sufriendo un notable descenso mes a mes.

El mes de mayo se ha cerrado con un total de 313.212 números portados entre operadoras, 15.700 más que en el mes de abril.

Yoigo continúa en su línea de crecimiento sumando 35.740 números nuevos. De estos 35.740 números, 30.000 provienen de las tres grandes operadoras, Movistar, Vodafone y Orange.

¿Cancelar portabilidad Orange? Por su parte, Orange es la única de las grandes operadoras que, junto con Yoigo, ha concluido el mes de mayo con un saldo positivo, llevándose 9.583 números.

Muchos de los números perdidos por las grandes operadoras, “migran” a las llamadas operadoras móviles virtuales. Entre las operadoras virtuales que han salido beneficiadas en el mes de mayo se encuentran Mundo R, Jazztel, Euskaltel, Telecable y Ono, que han sumado entre todas ellas 10.156 números.

Best Telecom y BT España han cerrado con números negativos, perdiendo 904 y 158 respectivamente, aunque también registran pérdida de números Vizzavi y Digi Spain.

El Análisis de portabilidad móvil española de Lleida.net está disponible desde enero de 2010 y se actualiza a primeros de cada mes. Se puede consultar la portabilidad total y los cambios de números entre operadoras.

Así es la abusiva deuda del compromiso de permanencia que contraes con las operadoras para que te ‘regalen’ un teléfono móvil

¿Cuáles son las actuales condiciones del compromiso de permanencia cuando te cambias de operadora de telefonía móvil para beneficiarte del regalo de un teléfono? Hemos consultado a la Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, que advierte a los consumidores sobre los abusivos compromisos de permanencia en telefonía móvil. Si no quieres que sean abusivos, recuérdalo, no te comprometas.

ASGECO Confederación recuerda que las permanencias son una práctica habitual en los contratos entre los operadores de móviles y sus clientes, como garantía por la entrega de terminales subvencionados.

Las empresas evitan así que los clientes se aprovechen del precio promocional del teléfono para darse de baja de forma inmediata y el cliente adquiere un terminal con un sustancial descuento.

Existen dos tipos de permanencia, que pueden tener plazos distintos. En primer lugar está la que pesa sobre el terminal adquirido, lo cual compromete al consumidor a no dar de baja la línea en un periodo determinado. En segundo lugar se encuentra la permanencia sobre la tarifa, con la cual el consumidor se compromete a no modificar su tarifa a una inferior durante un plazo determinado.

Al no cumplir con el compromiso de permanencia el consumidor puede ser penalizado en las condiciones previstas en su contrato. En lugar de prorratear el importe de la multa entre los meses de permanencia restantes para cumplirla, las operadoras suelen hacerlo por periodos de seis meses, lo que quiere decir que al consumidor le cobrarán lo mismo faltándole un mes o seis. Desde ASGECO Confederación consideramos abusiva dicha cláusula e instamos a las empresas a rectificar y prorratear por mes.

ASGECO Confederación aconseja a los consumidores que antes de adquirir un terminal con permanencia estudien el coste total de su compromiso (multiplicando la tarifa elegida por los 18 o 24 meses de permanencia), puesto que en ocasiones puede resultar más rentable pagar por un terminal libre y adquirir una tarifa inferior.

Una vez cumplida la permanencia, o pagada la multa por no respetarla, ASGECO Confederación considera que el terminal es propiedad del consumidor y que este puede pedir a su compañía que lo libere para usarlo con cualquier otro operador. ASGECO Confederación entiende que esta liberación debe ser gratuita y denuncia a las compañías que cobran por ello en concepto de “gastos de gestión” al cambiar de operador.

Qué pasa si cancelas con Vodafone el contrato de permanencia a un día de que expire

Permanencia Vodafone. El sevillano Jorge A.O. solicitó el pasado diciembre la portabilidad a otra compañía, tras lo que Vodafone le recomendó que la cancelase ya que le quedaban unos días para que concluyese su contrato de permanencia. Pese a que el usuario siguió las indicaciones de la compañía para cancelar la portabilidad y no ser penalizado, errores en Vodafone provocaron que el cambio de operador sí se hiciese efectivo, justo un día antes de finalizar el periodo de permanencia.

Posteriormente, Jorge recibió una factura de Vodafone en la que se incluía un cargo en concepto de ‘cancelación contrato permanencia’ cuya cuantía era de nada menos que 116 euros (100 más IVA).

Tras la reclamación de FACUA-Consumidores en Acción, Vodafone ha reconocido que incumplió la legislación al haber llegado a amenazar con acciones legales a un usuario que se negaba a pagar una penalización de 116 euros por haberse dado de baja un día antes de finalizar su compromiso de permanencia de 18 meses.

FACUA informa a los usuarios que las penalizaciones incluidas en los contratos que impliquen periodos de permanencia deben coincidir con el importe de los productos o servicios bonificados y disminuir proporcionalmente en función de su tiempo de vigencia.

Reclamaciones
Pese a las reiteradas reclamaciones a la compañía, el usuario llegó a recibir una carta en nombre de Vodafone del despacho de abogados Tacit & Asociados en la que le amenazaban con iniciar ‘acciones legales’, asegurando que ‘después de revisar la facturación no existe error alguno’ por parte de la compañía.

Jorge decidió asociarse a FACUA para que actuara en su defensa. El equipo jurídico de FACUA Sevilla se dirigió a Vodafone para advertirle que si ya el error al no cancelar la portabilidad debía eximir al usuario del pago de cualquier penalización, la cuantía exigida era totalmente desproporcionada, implicando un ‘enriquecimiento injusto’ y contraria a la legislación.

Así, la ‘fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los dños efectivamente causados’ implica una cláusula abusiva según el artículo 87.6 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre).

FACUA señaló al operador que llegado el penúltimo día de los 548 que implicaba el contrato de permanencia, Vodafone ya habría recuperado la inmensa mayoría de la inversión que supuestamente realizó con el usuario al firmarlo con la entrega de un móvil a precio bonificado, en este caso un Sharp GX25.

En su respuesta, Vodafone reconoce a FACUA que conforme a la legislación vigente, el cargo por una baja que implique la cancelación de un contrato de permanencia debe ser ‘proporcional al tiempo de vigencia del contrato de permanencia’. La compañía ‘ha procedido a realizar el abono del cargo de 116 euros, impuestos incluidos, debido a que faltaba un día para la finalización de ese compromiso’.

Bankinter se lanza a la telefonía y ofrece tarifas mínimas sin permanencia que recompensan por lo que gastas

Con el lanzamiento de Móvil Directo, Bankinter ha ampliado a todo el público el servicio de telefonía móvil y acceso a Internet 3G que la entidad venía ofreciendo, en colaboración con la holandesa KPN, desde marzo de 2008. Con Móvil Directo, Bankinter extiende su oferta más allá de los clientes del banco, a los que se reducía su anterior propuesta, lo que significa dar un decidido paso adelante en su apuesta por ofrecer innovaciones con valor añadido en torno a un servicio de máxima calidad.

En línea con este lanzamiento comercial, Bankinter ha estrenado el portal web www.movildirecto.es, donde cualquier usuario podrá encontrar toda la información sobre su oferta así como darse de alta en el servicio a través de un sencillo proceso de compra. Desde esta página, el cliente podrá ver y gestionar sus consumos, activar su buzón de voz u obtener el código PUK en caso de bloqueo del móvil, lo que supone tener todo el control sobre el servicio.

De entre las tarifas que Móvil Directo ha sacado al mercado, en función de las diferentes necesidades de consumo, destaca la tarifa Play, enfocada a aquellos clientes que buscan total libertad y que optan por no tener consumo mínimo ni compromisos de permanencia ligados a su contrato.

Esta tarifa ofrece llamadas a coste 0 durante los primeros 10 minutos entre líneas del propio operador y de sólo 10 céntimos por minuto a otros destinos.

Y para los clientes que navegan desde su móvil, Móvil Directo vuelve a innovar al ofrecer navegación gratuita ligada a su consumo: si el cliente consume un mes un mínimo de 10 euros, dispondrá de 50 MB gratuitos en el siguiente mes; y por cada 5 euros adicionales de consumo, tendrá otros 25 MB adicionales. En definitiva, la única tarifa sin consumo mínimo ni compromiso de permanencia que recompensa a sus mejores clientes.

Para los clientes que utilizan de forma más intensa su teléfono móvil, Móvil Directo ofrece la tarifa Forward, que permite hablar 250 minutos al mes (a cualquier hora y a cualquier destino) además de navegar 250 MB (superado este volumen se reduce la velocidad a 64 kbps) por sólo 26 euros al mes, lo que supone la mejor tarifa plana de voz + datos del mercado.

Y por último, para aquellos clientes que buscan navegar desde cualquier lugar con su ordenador personal, Móvil Directo lanza la tarifa Pause, con navegación ilimitada a un precio de 19 euros al mes y sin ningún coste adicional, y con 1,5GB de datos a alta velocidad, más que ningún otro operador por ese precio (a partir de 1,5 GB se reduce la velocidad a 32 kbps).

Como oferta de lanzamiento, Móvil Directo ofrecerá a todos los clientes provenientes de otros operadores (portabilidad) un regalo de hasta 30 euros en Tarifa Play, así como una reducción de 10 euros en su cuota mensual durante los 3 primeros meses para los clientes de la Tarifa Forward que realicen portabilidad. Del mismo modo, todos los clientes que se vengan con la Tarifa Pause pagarán sólo 15 euros/mes durante los primeros tres meses desde el alta.

Amena impide las portabilidades de clientes de Orange

Permanencia Orange. FACUA-Consumidores en Acción ha reclamado a Amena.com que deje de rechazar portabilidades de clientes de Orange con el argumento de que no han finalizado compromisos de permanencia. “Si tienes una línea de contrato, debes tener finalizado tu compromiso de permanencia en Orange”, advierte Amena en su página web a los usuarios de dicha compañía que quieren realizar una portabilidad.

La asociación ha recordado al grupo France Telecom, propietario de Orange y del nuevo operador móvil virtual Amena.com, que la normativa del sector prohíbe a las compañías impedir que un cliente cambie de operador conservando su número, sin que la existencia de un compromiso de permanencia o una deuda les dé derecho a bloquear portabilidades.

Los derechos de los consumidores permiten en todo momento realizar una portabilidad o echarse para atrás, a pesar de que en los últimos días también estén proliferando las reclamaciones por impedir dar de baja una portabilidad.

Los usuarios tienen derecho en todo momento a llevarse su línea a cualquier compañía, señala la asociación. Y si firmaron un compromiso de permanencia, el operador afectado podrá exigirles la penalización que figure en el contrato, siempre que ésta se ajuste al perjuicio que le cause la baja.

Y si considera que hay una deuda de cualquier otro tipo, pueden igualmente reclamarle su pago, pero nunca secuestrarle su número de teléfono como medida para que lo haga.

FACUA advierte que más allá de los casos en los que las deudas son ciertas, muchos usuarios son amenazados por distintas compañías con impedirles la portabilidad de sus números a otros operadores si no pagan penalizaciones claramente abusivas o facturaciones por servicios no prestados.

Distintas marcas, mismo grupo
Aunque estas amenazas no surten efecto si los usuarios contactan con la compañía a la que quiere irse y le piden la portabilidad, en el caso de Orange y Amena.com sí se están bloqueando las portabilidades por el cruce de datos entre ambos operadores del mismo grupo empresarial.

FACUA recuerda que el artículo 10 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la Carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, estipula en su apartado 2 que “los abonados al servicio telefónico disponible al público tendrán derecho a conservar, previa solicitud, los números que les hayan sido asignados”.

Asimismo, el artículo 44 del Real Decreto 2.296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración, establece que “todos los operadores de redes telefónicas públicas, y los del servicio telefónico disponible al público, deberán facilitar a los abonados que lo soliciten la conservación de sus números”.

Penalización de Movistar de 190 euros

Por otro lado,FACUA-Consumidores en Acción también ha exigido a Movistar que retire la penalización de 190 euros que reclama a los usuarios de sus nuevos paquete de servicios Movistar Fusión si se dan de baja en cualquier momento antes de que transcurran doce meses desde el alta en el contrato.

FACUA ha advertido a la compañía que la penalización supone una cláusula abusiva y por tanto ilegal y sancionable, conforme a lo establecido en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre).

Así, el artículo 87 del citado Real Decreto define en su apartado 6 como abusivas, entre otras prácticas, “la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados”.

En las “condiciones comerciales de contratación” de Movistar Fusión que aparecen en la página web del operador se indica que llevan aparejado un “compromiso de permanencia en línea móvil de 12 meses” con “190 euros de penalización en caso de incumplimiento”. La información no aclara si llevan el IVA incluido (en contrario el total ascendería a 229,90 euros).

FACUA considera que cobrar una penalización sin haber existido un perjuicio equiparable para la compañía implica un evidente supuesto de enriquecimiento injusto, conforme a la jurisprudencia existente en la materia.

La asociación espera que Movistar proceda a anular la cláusula de la penalización de sus contratos. En caso contrario, denunciará a la compañía ante los organismos de ámbito estatal y autonómicos competentes en materia de protección de los consumidores.



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