Cuánto paga el FOGASA
El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo autónomo y público que se encarga de saldar las deudas de sueldo e indemnización que contraen las empresas que se han ido a la quiebra con sus antiguos empleados. Siempre que se den una serie de condiciones específicas. Actúa como entidad de garantía para que los trabajadores puedan recibir el dinero que les corresponde si la empresa no puede asumirlo al término de la relación laboral.
Sin embargo, los pagos que asume el FOGASA están sujetos a unos límites y condiciones. En esta guía puedes consultar todos los detalles sobre el funcionamiento de esta entidad y cuánto paga el FOGASA en concepto de salario y de indemnización.
Contenido de la información:
Qué es el FOGASA
El FOGASA es un organismo público que se encarga de pagar el sueldo que les corresponde a los trabajadores que no lo han recibido como consecuencia de la insolvencia o el concurso de acreedores de la empresa para la que trabajaban.
Las funciones de este organismo están reguladas en el Estatuto de los Trabajadores. En concreto, en su artículo 33 señala que el principal objetivo de este organismo consiste en “abonar a los trabajadores el importe de los salarios pendientes de pago a causa de insolvencia o concurso del empresario”. La norma también contempla que este organismo pueda hacer frente a la indemnización que corresponda a los empleados.
Cantidades que paga el FOGASA
La cantidad exacta que el FOGASA puede pagar a los empleados afectados se ajusta a una serie de límites y varía en función de si se trata de una reclamación por salario o por indemnización.
1. Respecto al salario:
El FOGASA abona a los empleados la remuneración económica de los días trabajados, así como la parte proporcional de las pagas extraordinarias pendientes de pago. Pero siempre y cuando estas cantidades estén reconocidas como sueldo en una resolución judicial o en el documento de acto de conciliación. Para calcular la cantidad máxima de sueldo que esta entidad cubre a los empleados, se aplica la siguiente fórmula:
2 veces el Salario Mínimo Interprofesional diario con las pagas prorrateadas por el número de días pendientes de pago.
A esta norma se aplican los siguientes límites:
- El importe a pagar por el salario mínimo interprofesional es de 33,33 euros al día, lo que significa que el doble de esta cantidad es 77,62 euros. Esta es la cantidad máxima de sueldo diario que el FOGASA va a pagar a un empleado, independientemente de que su salario fuera mayor.
- En cuanto al número de días, el FOGASA cubre un total de 120 días de sueldo, aunque el empleado lleve más tiempo sin recibir el sueldo.
Esto supone que, como máximo, el FOGASA paga a los empleados un total de 9.314,40 euros. Resultado de multiplicar 77,62 euros de sueldo al día por 120 días de trabajo.
2. Respecto a las indemnizaciones:
El FOGASA cubre aquellas que estén reconocidas en una sentencia judicial o acto de conciliación y con el límite máximo de una anualidad de salario. Las indemnizaciones que cubre son las siguientes:
- Por despido disciplinario.
- Por despido de causas objetivas y de forma colectiva.
- Fin de contrato por voluntad de trabajador.
- Fin de contrato temporal o de duración determinada.
El FOGASA se hará cargo de las indemnizaciones siempre que la empresa hay iniciado el proceso de concurso voluntario. Y estas indemnizaciones deben estar reconocidas en una sentencia judicial o acto de conciliación.
En cuanto al importe, este se calcula sobre la base de 30 días por año de servicio con el límite de un año de sueldo sin que el salario diario exceda el del doble del SMI (los 77,62 euros al día explicados en el apartado anterior). Y con un límite total a percibir de 28.331,30 euros.
En qué casos paga el FOGASA
El FOGASA actúa como intermediario y garantía de cobro del sueldo de los trabajadores, siempre y cuando la empresa se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Cuando la compañía se encuentre en situación de insolvencia. En este supuesto es el empleado que no ha recibido el sueldo el que debe encargarse de realizar un proceso judicial para reclamar la deuda. Es precisamente este procedimiento judicial el que tiene que evaluar si la empresa puede declararse insolvente. En el caso de ser así, el trabajador puede acudir al FOGASA para solicitar el pago del salario que le corresponde.
- Por concurso de acreedores.
Plazo para solicitar las retribuciones al FOGASA
El trabajador tiene un año de plazo para reclamar al FOGASA desde que se dicte resolución judicial o se firme el acta de conciliación.
Antes de reclamar al FOGASA
Para que un empleado pueda acudir al FOGASA para que la entidad salde la deuda de la empresa, deben concurrir las siguientes circunstancias:
- Para empezar, el empleado tiene que demandar a la empresa y acudir a juicio porque si no existe una sentencia que condene a la empresa a pagar determinadas cantidades a un trabajador, el FOGASA no actúa. Si transcurrido el plazo en el que la empresa tenía que abonar el importe, no se ha producido, se procede con la ejecución de la sentencia.
- Durante este proceso, la justicia llama a las dos partes a dirigirse al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) para celebrar un acto negociador e intentar llegar a un acuerdo previo antes de acudir al FOGASA. Si hay acuerdo, el proceso finaliza aquí. Si no, el juzgado puede estudiar la situación de la empresa y decretar la insolvencia de esta. Sin este paso, ningún empleado puede acudir al FOGASA.
- Si se decreta la insolvencia de la empresa y no se ha llegado a ningún acuerdo, el empleado puede acudir al FOGASA.
Procedimiento para acudir al FOGASA
Para que un empleado pueda acudir al FOGASA, la empresa debe haberse declarado insolvente o en concurso de acreedores. Ante esta situación, si una resolución judicial dicta que la empresa no puede hacer frente al pago de los sueldos ni indemnizaciones de los empleados, estos pueden acudir al FOGASA.
Si se dan las circunstancias explicadas en el apartado anterior, lo siguiente es elevar la solicitud en la unidad del FOGASA de la administración donde se encuentre el centro de trabajo. En un plazo de tres meses, la entidad resuelve la solicitud. En el caso de que la apruebe, será notificada a los interesados. El silencio administrativo se entiende como aceptado. Tras el estudio del caso y la realización de las cuentas en función de los límites establecidos, se procede con la orden del pago.