Cuánto dinero puedo prestar a un amigo o familiar sin declarar a Hacienda
Si necesitas realizar o pedir un préstamo a un amigo o familiar, ten cuidado porque Hacienda controla todos los movimientos y puede llegar a multarte. Con el objetivo de acabar con el fraude y el blanqueamiento de dinero, la Agencia Tributaria establece una cantidad máxima para prestar dinero a un particular, ya sea un amigo o un familiar.
Por ello, si quieres saber cómo prestar dinero de forma legal y evitar una sanción de miles de euros, continúa leyendo.
Contenido de la información:
Control exhaustivo de Hacienda
Como contribuyente, debes saber que Hacienda controla en todo momento tus movimientos de dinero. Las entidades financieras están obligadas a informar a la Agencia Tributaria de determinados ingresos y retiradas de dinero por parte de los clientes. En especial, cuando estos movimientos superan una cantidad de dinero específica, saltan las alarmas en Hacienda.
Cuál es el límite
La AEAT comienza a realizar un seguimiento del dinero cuando se realiza una transacción por un importe de 6.000 euros o más. Por ejemplo, esta situación se puede dar cuando das la señal para la compra de una vivienda, cuando compras un coche, si celebras una boda o si simplemente prestas dinero a un familiar o amigo. Así lo refleja la Ley 10/2010, del 28 de abril, contra la prevención del blanqueamiento de capitales.
Pero, ¿qué pasa si supero los 6.000 euros? En realidad, si realizas una operación mayor de 3.000 euros o con billetes de 500 euros, el contribuyente deberá firmar un contrato con el particular que va a recibir el dinero y rellenar el modelo 600 de Hacienda, correspondiente al formulario de la Liquidación del Impuesto de transmisiones patrimoniales.
En el caso de que la transferencia no supere los 6.000 euros no hay de que preocuparse.
Multa por no declarar
Tal y como informan en la página web de la Agencia Tributaria, si no declaras una transferencia de más de 6.000 euros se considera una falta grave. La sanción económica será, desde los 600 euros hasta el 50 % del valor de los medios de pago empleados. En caso de ser multado, el contribuyente tiene un mes para realizar el pago.