Cualquier elector puede ser requerido el mismo día de las elecciones para ser mesa electoral
La hora a la que vayas a votar puede ser determinante este 23 de julio. ¿El motivo? La Junta Electoral Central ha anunciado, a escasos dos días de la celebración de los comicios, que cualquier elector puede ser requerido el mismo domingo para ser mesa electoral si no se presentan los miembros suficientes para formar una mesa.
Así lo ha explicado la Junta Electoral Central en una resolución de su presidente, donde se remarca que si una mesa de un colegio no puede constituirse por falta de personal titular o suplente, la Junta Electoral de la zona debe designar a las personas en ese momento que deben formar parte de la mesa. Por ello, las personas que acudan a primera hora de la mañana al colegio electoral pueden ser requeridas como miembros de la mesa si no hay suficientes titulares o suplentes para formarla.
¿Me puede tocar quedarme en la mesa electoral si no he sido convocado?
Sí. Se trata de una decisión que llega ante los problemas para localizar a los convocados a ser mesa electoral y las ausencias justificadas por tener vacaciones el 23J para no ser mesa y que estén contratadas en esa fecha.
En la misma resolución se especifica que incluso pueden ordenar a alguno de los electores que se encuentre en las instalaciones que forme parte de la mesa en ese mismo momento.
Una situación que está regulada y contemplada por ley. En concreto, el artículo 80.4 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General señala que en el caso de no poder formarse mesa por falta de personal, los miembros pueden elegirse entre los primeros electores que acudan al colegio electoral.
Especial atención a los suplentes de mesa del 23J
La misma resolución también contempla que existe la posibilidad de cubrir las vacantes que falten con los suplentes elegidos para otra mesa del mismo colegio o de uno cercano.