Consulta legal, he participado en una pelea y he roto dos dientes a una persona, ¿qué ocurrirá en juicio?
Depende de las circunstancias, medios empleados y gravedad de las lesiones ocasionadas. Pero si se trata de un diente roto, en principio, se trata de un delito de lesiones tipificado en el Título Tercero de nuestro Código Penal.
En estos casos, la imposición de las penas de prisión, son de 3 meses a 3 años y, la multa, de 6 a 24 meses.
Los factores que influyen en la graduación de penas y multas son los siguientes:
– Gravedad de las lesiones.
– Medios empleados.
– Circunstancias personales de la víctima (por ejemplo, si es menor o incapaz).
– Si provocaron o no su participación en la pelea.
– Si existe alguna circunstancia eximente de responsabilidad criminal (por ejemplo, en defensa propia o miedo insuperable), es decir, alguna circunstancia que no le haga responsable criminalmente.
– Si existe alguna circunstancia que atenúe la responsabilidad criminal (por ejemplo, participación por arrebato, obcecación u otro estado pasional de identidad semejante).
– Si existe alguna circunstancia que agrave la responsabilidad criminal (por ejemplo, ser reincidente, es decir, haber sido condenado ejecutoriamente en otro delito de la misma naturaleza).
En definitiva, habría que conocer el caso en profundidad para poder realizar una valoración exacta de las consecuencias.
María del Mar Lesmes Arenas es Abogada en ejercicio por el Colegio de Abogados de Madrid “Confianza, por profesionalidad – Empatía, por proximidad – Resolución, por necesidad”.