Cómo solicitar el certificado de defunción
Cuando fallece un familiar o allegado, hay que llevar a cabo algunos trámites de gran importancia, como la solicitud del certificado de defunción. Estos son sencillos, pero llegan en un momento que acostumbra a ser muy duro para la familia. Por ello, es importante tener claro todo el procedimiento para que, llegado el momento, el esfuerzo sea el mínimo posible. A continuación te explicamos cómo conseguir un certificado de defunción.
Junto con este documento, otro de los trámites habituales que hay que solicitar tras el fallecimiento de una persona es el certificado de últimas voluntades y seguros de vida.
Contenido de la información:
¿Qué es el certificado de defunción?
Un documento oficial expedido por el Registro Civil que acredita que una persona ha fallecido y que, por tanto, ya no está inscrita en él. Este será necesario para distintas cosas como, por ejemplo, para tramitar una herencia o para algo tan sencillo como solicitar una pensión de viudedad. Es, en definitiva, uno de los trámites obligatorios que hay que hacer cuando alguien muere.
Tipos
Existen distintos tipos de certificados de defunción. Estos son los siguientes:
- Certificados positivos. Es el genérico y acredita el fallecimiento de una persona. A su vez, existen distintos tipos de certificados de defunción positivos:
Extracto. Se trata de un resumen de la información que consta en el Registro Civil. Puede pedirse en español (ordinario), internacional o plurilingüe y bilingüe, cuando se expida en una Comunidad Autónoma con idioma propio.
Literal. Es una copia literal de la inscripción presente en el Registro Civil y en él están todos los datos del fallecido y su muerte.
- Documento negativo. Por su parte, estos acreditan que una persona no está inscrita como fallecida en el Registro Civil.
¿Cómo solicitarlo?
Antes de nada, conviene puntualizar que actualmente es posible pedir el certificado de defunción gratis en el Registro Civil. Además, el modo de hacerlo será muy sencillo.
- Presencialmente. Tendrás que ir al Registro Civil en el que se haya registrado el fallecimiento y obtener el certificado. Para ello, te pedirán el DNI, el nombre completo del fallecido y el lugar de su muerte. Además, tendrás que especificar qué tipo necesitas para que te den el correcto.
- Por correo. Para ello tendrás que enviar una carta al Registro Civil donde esté registrado el fallecimiento indicando qué tipo de certificado quieres, tu nombre, teléfono y la dirección en la que quieres recibirlo. Como único detalle a tener en cuenta, debes saber que si lo solicitas en nombre de otra persona tendrás que adjuntar su DNI y, por supuesto, escribir sus datos, fecha y lugar de su muerte.
- Por Internet. En este caso tendrás que acceder a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia y pinchar en “Tramitación online sin certificado digital”, a no ser que tengas el certificado digital y elijas esa opción. Si no lo tienes, elige la Comunidad Autónoma del Registro Civil que corresponda y pulsa en “continuar”. En la siguiente pantalla tendrás que rellenar los datos del fallecido y una vez hecho esto, bastará con darle a “aceptar”.
En este caso, el modo de entrega suele ser a través de correo postal a la dirección que tú escojas. Sin embargo, si prefieres recogerlo presencialmente en el Registro Civil, podrás hacerlo si lo pides expresamente. De ser así, será esta oficina quien te contacte para indicarte a partir de cuándo puedes pasar a recogerlo.
Documentación necesaria
Como decíamos en el apartado anterior, la única documentación necesaria para solicitar un certificado de defunción es el DNI de la persona que lo solicita. Así pues, no será preciso adjuntar ningún modelo solicitud ni ningún otro documento. En su lugar, bastará con indicar los datos personales del fallecido y la fecha y lugar de su muerte.
Preguntas frecuentes
Si bien la realización de este trámite es un proceso muy sencillo, es posible que después de todo persistan algunas dudas al respecto. Por ello, a continuación, os planteamos algunas de las más frecuentes:
– Caducidad. Estos documentos no tienen caducidad. Sin embargo, en algunas ocasiones, para realizar ciertos trámites pueden pedirte que este haya sido expedido con una antigüedad determinada.
– Cómo saber tomo y folio del certificado defunción. Si, por el motivo que sea, necesitas la información del tomo y el folio, tendrás que dirigirte al Registro Civil que te corresponda para solicitarlo. De todos modos, cabe puntualizar que en caso de que no puedas acudir presencialmente, puedes plantear la consulta por teléfono, por correo electrónico o por correo ordinario.
– Solicitar el certificado de defunción sin saber fecha. Normalmente, será necesario este dato para poder pedirlo. De todos modos, si no lo tienes, todavía podrás conseguir este documento. Para ello, podrás hacer dos cosas:
Pedir el certificado de nacimiento de esa persona. Este suele tener una nota con la fecha y el lugar del fallecimiento, por lo que podrás extraer de ahí el dato.
Si lo anterior no ha funcionado puedes pedir igualmente el certificado de defunción indicando una aproximación de la fecha de la muerte. De todos modos, debes saber que en estos casos los tiempos de tramitación del documento pueden ser mayores.
Por tanto, como conclusión, podemos extraer que la solicitud es un trámite sencillo que no implicará mayores complicaciones. De todos modos, si todavía tienes dudas al respecto podrás plantearlas en el Registro Civil para que te ayuden con tu caso particular.
Certificado de últimas voluntades
Si ha fallecido una persona cercana a ti, tal vez tengas que realizar algunos trámites en su nombre y acarrear con ciertos gastos si el fallecido no tenía contratado un seguro de vida. Para comprobarlo, habrá que solicitar un documento denominado ‘de últimas voluntades y seguros de vida’. En él, además, se reflejará si tu familiar tenía hecho un testamento o documento oficial en el que detallase sus últimas voluntades. Te contamos cómo solicitarlo.
Es un documento oficial emitido por el Ministerio de Justicia en el que se detallan los seguros que tenía contratados una persona recién fallecida. Además, incluye toda la información del testamento, si lo hubiera, o incluso de sus últimas voluntades. A continuación te explicaremos cómo pedirlo, pero antes conviene señalar que este se puede solicitar a partir de los 15 días hábiles siguientes a la muerte y hasta un tope de 5 años a posteriori.
Solicitarlo
A continuación te contamos cómo pedir el documento de certificación de seguros de vida y últimas voluntades. Para ello, debes saber que existen tres alternativas diferentes:
– Presencialmente. Para realizar la gestión tendrás que dirigirte a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de tu comunidad. Como única excepción está el caso de los habitantes de la Comunidad Autónoma de Madrid. Así pues, ellos deben pedir cita previa en la Oficina Central de Atención al Ciudadano para efectuar el trámite.
– Por correo. Tendrás que enviar una carta con tu solicitud y toda la documentación necesaria a la siguiente dirección:
Registro General de Actos de Última Voluntad
Ministerio de Justicia
Plaza Jacinto Benavente, 3
28012 Madrid
Tras esto, y una vez se haya emitido, se te entregará en la dirección que facilites en tu solicitud.
– Por Internet. Podrás hacerlo a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Eso sí, para ello necesitarás contar con un DNI o certificado electrónico o, en su defecto, estar dado de alta en el sistema Cl@ve.
Plazos
Cada una de las vías anteriormente mencionadas cuenta con sus plazos de emisión correspondientes. Así pues, si te estabas repitiendo eso de “No me llega el certificado últimas voluntades, ¿qué hago?”, primero deberás descubrir si estás en plazo. Estos son los siguientes:
– Presencialmente. Se te entregará en el mismo momento.
– Por correo. El plazo es de 7 días hábiles a contar tras la recepción de la solicitud.
– Por Internet. En esta ocasión, el plazo se reduce a 24 o 48 horas.
De todos modos, cabe puntualizar que es posible que estos plazos se demoren un poco en momentos de mucha carga de trabajo. Así pues, si ha pasado poco tiempo, te aconsejamos tener paciencia y esperar. Si, por el contrario, la entrega se está retrasando demasiado, puedes ponerte en contacto con la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia que hay en tu Comunidad. Ellos podrán darte más información al respecto.
Documentación necesaria
Ahora que ya sabes cómo puedes presentar tu solicitud, solo te falta conocer la documentación que te requerirán:
– Documento de últimas voluntades, el impreso 790. Es el formulario oficial que deberás cubrir para solicitar este documento oficial. Puedes descargarlo en la página web del Ministerio de Justicia o pedirlo en las oficinas, si realizas la gestión presencialmente.
– El documento de identidad del fallecido.
– Comprobante del abono de las tasas.
Con estos documentos será suficiente para obtener el certificado de últimas voluntades y seguros de vida.
Tasa
Tal y como adelantamos previamente, uno de los documentos a presentar para conseguirlo es el comprobante de pago de las tasas. Ascienden a 3,78 € y las alternativas para abonarlas son las siguientes:
– Mediante banca electrónica. Para ello será obligatorio que tengas una cuenta bancaria en una de las entidades financieras colaboradoras de la Agencia Tributaria. Si es así, bastará con que incluyas en tu servicio de banca electrónica el número de justificante que figure en el formulario 790. Además, si es posible, a la hora de efectuar la operación tendrás que señalar la opción “Código 006 Tasas Administrativas Ministerio de Justicia”.
Una vez hayas abonado las tasas, tendrás que presentar el justificante, ya sea presencialmente o por correo. En él, deberá figurar el código NRC que te facilite tu banco, junto con la copia “Ejemplar para la Administración” de tu modelo 790.
– Acudir presencialmente a una entidad bancaria colaboradora de la Agencia Tributaria para efectuar el pago. Una vez te entreguen el justificante tendrás que presentarlo en las oficinas o remitirlo por correo electrónico para que puedan entregarte el certificado.
– Por último, si quieres realizar el pago desde el extranjero, podrás acudir a una entidad bancaria colaboradora de la Agencia Tributaria que tenga oficina en el extranjero y actuar igual que en el caso anterior. Si esta opción no es posible, también podrás pagar las tasas mediante transferencia bancaria y enviar el justificante por correo. El número de cuenta al que tendrás que enviar el dinero es el siguiente:
Entidad: BBVA
Titular: Ministerio de Justicia-Cuenta Restringida Recaudación Tasas Extranjero
NIF del titular: S-2813610-I
IBAN o Código Internacional: IBAN ES62 0182 2370 4202 0800 0060
Código de Identificación Bancario (BIC): BBVAESMMXXX
Nota informativa seguros de vida
Por último, es importante puntualizar que pueden darse otras particularidades que convendrá confirmar con el Ministerio de Justicia. Por ejemplo, en el caso de los certificados que deban surtir efecto en el extranjero, debes saber que han de ser legalizados. Para ello, bastará con que informes a la hora de ejecutar tu solicitud y te entregarán el documento correcto.