Cómo pedir y cobrar el subsidio de Renta Agraria
La Renta Agraria es una prestación por desempleo dirigida a personas que son trabajadoras eventuales incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS) y que viven en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
Contenido de la información:
Requisitos para acceder a la Renta Agraria
Para acceder a esta ayuda los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:
- Pertenecer al colectivo de trabajado eventual agrario por cuenta ajena.
- Debe estar empadronado y tener residencia en alguna localidad de Andalucía o Extremadura durante un mínimo de diez años.
- No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo agrario en los tres años anteriores
- Debe estar inscrito en el censo del SEASS de forma ininterrumpida en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Los mayores de 45 años deben haber estado inscritos en el censo entre 5 y 20 años.
- Los solicitantes deben estar al corriente del pago de la cuota fija.
- Deben haber cotizado con el SEASS en los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo durante un mínimo de 35 jornadas reales.
- No pueden tener rentas que en términos anuales superen la cuantía del SMI.
- Deben inscribirse como demandantes de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
Todas las solicitudes presentadas entre el 17 de marzo y el 31 de diciembre se les aplica también la reducción a 20 el número de jornadas mínimo exigido para acceder a este subsidio para personas que no trabajan.
Cuantía del subsidio
La cuantía de esta ayuda se fija en función del número de jornadas reales que se trabajen y justifiquen y el IPREM:
- Las personas que hayan trabajado entre 35 y 64 jornadas reciben hasta el 80 % del IPREM.
- Las personas que hayan trabajado entre 65 y 94 jornadas reciben el 85 % del IPREM.
- Las personas que hayan trabajado entre 95 y 124 jornadas reales reciben el 91 % del IPREM.
- Las personas que hayan trabajado entre 125 y 154 jornadas reciben hasta el 96 % del IPREM.
- Las personas que hayan trabajado entre 155 y 179 jornadas reales reciben el 101 % del IPREM.
- Los trabajadores que hayan realizado más de 180 jornadas reciben el 107 % del IPREM.
Cuánto tiempo puede cobrarse esta ayuda
La duración de la renta depende de la edad del solicitante, de las cargas familiares que tenga en la fecha de solicitud y de las jornadas trabajadas en los 12 meses anteriores.
- Si tiene entre 16 y 24 años puede recibir un máximo de 180 días, la ayuda tenga o no cargas familiares.
- Si tiene entre 25 a 51 puede recibir la ayuda 180 días tenga o no cargas familiares.
- Con 52 años o más puede recibir la ayuda durante 300 días, tenga o no cargas familiares.
Cómo solicitar esta ayuda
Para poder pedir esta ayuda, los solicitantes deben estar inscritos como demandantes de empleo. Puede presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del SEPE, en las oficinas o por correo postal.
Para solicitar la ayuda hay que presentar la siguiente documentación:
- Formulario oficial de solicitud. Puedes descargarlo en la web del SEPE.
- Identificación del solicitante y familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que aparezcan en la solicitud
- Documento bancario en el que el solicitante aparezca como titular de la cuenta
- Libro de familia
- El SEPE además puede solicitar documentos específicos según cada caso.