Cómo los desempleados pueden sumar años de cotización para la jubilación

Cómo los desempleados pueden sumar años de cotización para la jubilación
NOTICIA de Jessica Pascual
09.10.2023 - 10:44h    Actualizado 09.10.2023 - 10:44h

¿Se puede cotizar a la Seguridad Social sin trabajar? Todas las personas que quieran acceder a una pensión contributiva en España deben contar con un tiempo mínimo de cotización, es decir, de años trabajados. ¿Pero, qué hacer si se acerca la edad de jubilación y no llegas al mínimo de 15 años cotizados?

Existe una alternativa para las personas que no llegan a este mínimo mediante la que pueden sumar años de cotización a la Seguridad Social sin trabajar.

Cómo cotizar a la Seguridad Social sin trabajar

La posibilidad de sumar años de cotización durante un periodo de desempleo puede hacerse tanto antes, como después de la jubilación. Es un alternativa dirigida a las personas que no tengan trabajo, pero siempre y cuando se ajusten a una serie de requisitos marcados por la Seguridad Social.

El objetivo es que estos trabajadores puedan sumar años de cotización para que la falta de años trabajados no repercuta de forma negativa en el importe que finalmente pueden cobrar de la pensión de jubilación.

Para conseguirlo, existen varias vías. Aunque la más habitual es a través del Convenio Especial de Regulación General. Una solución que sirve para sumar años de cotización de cara a las pensiones de jubilación, de incapacidad permanente, muerte y supervivencia, derivadas de enfermedad común y accidente no laboral.

Solicitud para sumar años de cotización

Las personas que quieran solicitar este convenio para cotizar sin trabajar tienen que hacerlo a través del modelo TA 0040, documento oficial al que puedes acceder a través del PDF del modelo TA 0040 de la Seguridad Social.

El modelo de solicitud, junto con el resto de documentación exigida, debe presentarse ante las oficinas de la Seguridad Social, en cualquier dirección provincial o administración correspondiente al domicilio del solicitante. Aunque también es posible hacer la solicitud de forma telemática, sin necesidad de acudir presencialmente a las oficinas. Para ello, solo necesitas un certificado digital. En cuanto al proceso, puedes hacerlo desde la sede electrónica de la Seguridad Social.

Desde que el solicitante presenta su petición, la entidad dispone de 3 meses para contestar y dictar una resolución.

Cuándo solicitar el alta en el Convenio Especial

Las personas con derecho a cotizar por esta vía tienen dos posibilidades para solicitarlo:

  • Solicitarlo en los 90 días siguientes a cualquiera de las situaciones mencionadas en apartados anteriores que es la que te permite acceder al convenio. En este caso, las cotizaciones comienzan a efectos es desde el día siguiente a la baja en el sistema de la Seguridad Social.
  • Por otra parte, puedes solicitarlo durante los doce meses siguientes a esta situación. En este caso, los efectos de la cotización comienzan en el momento de presentación de la solicitud.

Cuota a pagar en función de la base de cotización

La base de cotización tiene carácter mensual y el solicitante tiene que abonar la cuota con la misma periodicidad. En concreto, todas las personas que quieran cotizar sin trabajar, a través de este convenio, pueden hacerlo entre las siguientes bases de cotización:

  1. Base máxima por contingencias comunes correspondiente a la categoría profesional.
  2. Cifra resultante de dividir entre 12 las bases por contingencias comunes del año anterior.
  3. Base mínima vigente en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos.

Cada solicitante tiene que escoger la cantidad a pagar en función de la base por la que quiera cotizar. Una vez decidido este punto, para determinar la cuota se realizan los siguientes cálculos:

  • En primer lugar, se calcula la cuota íntegra, aplicando a la base correspondiente el tipo único de cotización vigente. En 2022 este porcentaje es de 28,3 %.
  • Después, el resultado obtenido se multiplica por coeficientes correspondientes y lo que resulte es la cuota ingresar. En este caso, el coeficiente aplicable es 0,94.



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