Cómo apuntarse al programa Reviva de Madrid para conseguir un piso de alquiler
El programa Reviva es una iniciativa del Ayuntamiento de Madrid dirigida a que los vecinos de la capital puedan acceder a una vivienda en régimen de alquiler. Se trata de un conjunto de pisos que cede la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) y que se alquilan por un periodo concreto de tiempo.
El precio que se paga del alquiler en estos pisos nunca puede ser superior al 30 % de los ingresos de los solicitantes, pero con el mínimo de renta de 450 euros al mes. Si quieres saber más, en esta guía puedes consultar todos los pasos para inscribirte en el programa Reviva y los requisitos que hay que cumplir para conseguir uno de estos pisos. Si quieres conocer todos los detalles de este programa, puedes saber cómo funciona la rehabilitación de pisos del programa Reviva, perteneciente al Ayuntamiento de Madrid.
Contenido de la información:
En qué consiste el programa Reviva
Es el plan integral de alquiler municipal del Ayuntamiento de Madrid en el que se ponen a disposición de los ciudadanos una serie de viviendas procedentes de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo. Un programa que se dirige de forma específica a aquellas personas que no tienen suficientes ingresos para pagar el alquiler del libre mercado y que están empadronadas en la capital.
Requisitos para ser inquilino
Las personas que quieran participar en este programa del Ayuntamiento de Madrid tienen que ajustarse a una serie de requisitos relacionados con sus ingresos, solvencia económica y otros aspectos. En concreto, los principales requisitos de acceso al programa Reviva son:
- El solicitante tiene que llevar empadronado al menos un año en la ciudad de Madrid.
- Debe contar con unos ingresos ponderados de entre 3 y 7,5 veces el IPREM. El límite de ingresos específicos varía en función del número de miembros de cada unidad familiar. Para aquellas familias de un único miembro, el límite es de entre 3 y 3,5 veces el IPREM. En el caso de familias de dos miembros, el límite se sitúa entre 3 y 4 veces el IPREM y para aquellas unidades familiares de cuatro miembros, el límite asciende a entre 3,5 y 7 veces el IPREM, por mencionar algunos ejemplos.
- De manera adicional, este programa puede ofrecer acceso a una vivienda a los solicitantes que tengan menos ingresos de 3 veces el IPREM, siempre y cuando el pago del alquiler por parte del inquilino solicitante no suponga una carga superior del 30 % de sus ingresos.
- El solicitante tiene que acreditar una solvencia económica de, al menos, el 30 % de sus ingresos netos familiares. Una cantidad que debe destinarse al pago de la renta del alquiler del programa.
Cuánto se paga de alquiler
El importe a pagar por la renta del alquiler quedará fijado por la EMVS según las valoraciones que se realicen delos precios del mercado, con una tasación independiente y en función de las circunstancias económicas de cada solicitante. Con el límite de que ningún inquilino puede destinar más del 30 % de sus ingresos al pago de la renta del alquiler. Hay que tener en cuenta, además, que el inquilino debe asumir también los gastos originados por los consumos de los suministros derivados de la vivienda.
Por otra parte, desde las bases del programa recalcan que, en cualquier caso, el importe mínimo de la renta siempre será de 450 euros al mes, independientemente de la circunstancias concretas.
Duración del contrato
El plazo de la vigencia y duración del contrato de una vivienda de la EMVS del programa Reviva se corresponde con el plazo del derecho al usufructo de la misma. Así aparece regulado por ley. Esto quiere decir que si el dueño de la vivienda cedió el piso durante tres años en usufructo, el contrato de alquiler tendrá esa duración.
Cómo inscribirse en el programa
El proceso específico para inscribirse en el programa y optar a una de estas viviendas del programa Reviva consta de tres sencillos pasos:
- En primer lugar, el solicitante debe cumplimentar el formulario específico para la inscripción que puedes descargar desde la página web oficial del programa en formato PDF. Además de completar todos los datos, en el apartado de autorizaciones deben firmar todos los mayores de 18 años.
- A continuación, el solicitante tiene que cumplimentar otro formulario adicional online donde debe adjuntar el documento en PDF elaborado y completado en el primer paso. Puedes iniciar la solicitud telemática de este segundo formulario directamente desde la web del programa Reviva.
- Una vez realizados estos dos pasos, si todos los datos son correctos y el solicitante se ajusta a los requisitos de cada convocatoria, queda inscrito en el programa Reviva.
Las solicitudes que se registren de forma correcta tendrán una validez de 6 meses. Una vez transcurrido este plazo, si el titular de la inscripción no ha mostrado interés en alguna de las viviendas, la entidad puede proceder a darle de baja.
Cómo ver las viviendas
Las personas solicitantes que finalmente queden inscritas en el programa Reviva pueden consultar el listado de viviendas disponibles, así como toda la información acerca del programa. El objetivo es que cada miembro del programa pueda elegir la vivienda que se ajuste a sus preferencias, ingresos y circunstancias personales que le dieron acceso a este programa.
Desde la propia página web del programa aclaran que es posible que en algunos momentos de la vida de Reviva no existan viviendas disponibles para todas las necesidades. Explican que el motivo se debe a que este es un programa que se nutre de las viviendas de la EMVS que otros ciudadanos hayan cedido su usufructo.
La adjudicación de las viviendas se efectúa bajo orden de llegada de las solicitudes. Como máximo, cada solicitante puede estar en la lista de espera de un máximo de 6 viviendas.
Cómo contactar con el programa Reviva
Los ciudadanos que tengan alguna duda o quieran contactar con los gestores del programa para solicitar información, pueden hacerlo a través de dos vías:
- Por correo electrónico, a través de la siguiente dirección, solicitantesrevivamadrid@emvs.es.
- De forma presencial, acudiendo a las oficinas del Registro General de la EMVS en la calle Palos de la Frontera número 13. El horario de consultas es de entre las 08:30 horas de la mañana y las 14:00 horas del mediodía.
Ante la petición de cualquier información, la EMVS se pondrá en contacto con el interesado, ya sea de manera telefónica, presencial o por correo electrónico.