Cómo apuntarse a la Bolsa de Viviendas de Alquiler Social en Aragón
Además del Alquiler Social de la Sareb, en varias comunidades autónomas los gobiernos regionales cuentan con una serie de ayudas para que las personas con bajos recursos económicos puedan acceder a una vivienda. En el caso de Aragón, podrás solicitar una vivienda protegida y alquiler social si cumples una serie de requisitos.
Si estás interesado en participar en este programa, en esta información te detallamos los pasos, requisitos y documentación necesaria para poder beneficiarte de esta ayuda. Y, si resides en la capital de esta región, debes saber que el Ayuntamiento también otorga viviendas de alquiler asequible en Zaragoza.
Contenido de la información:
Viviendas de Protección Oficial en Aragón
Con el objetivo de que todas las personas puedan tener acceso a una vivienda, el Gobierno de Aragón otorga viviendas protegidas a las personas con bajos recursos económicos. Para que una persona pueda acceder a estas ayudas, deberá formalizar una inscripción en la Red de Bolsas de Vivienda para Alquiler Social en Aragón.
Las ayudas económicas que ofrece el Gobierno de Aragón para el alquiler social de una vivienda en esta región son del 50 % de la renta, con un máximo de 600 euros para la vivienda y de 300 euros para el alquiler de una habitación. El contrato tendrá una duración de 12 meses máximo.
Recientemente, el Gobierno de Aragón ha anunciado la construcción de 500 viviendas de alquiler asequible dirigidas a los jóvenes. Está previsto que para enero de 2025 comiencen las obras y terminen en 2027. El 80 % de los pisos deberán estar destinados a menores de 39 años. Estas viviendas se construirán en el barrio de Valdespartera, junto a las plazas de Viaje a la Luna y Cleopatra, y en el solar de Actur, en la calle de Manuel Marraco.
Entre los requisitos que se exigirán a los solicitantes, destaca que estos tengan unos ingresos mínimos de 1.500 euros al mes y unos máximos de 3.300, si solo hay un perceptor. La cifra sube a 4.125 euros al mes en el caso de una unidad de convivencia. Por lo tanto, si estás interesado en beneficiarte de una de estas viviendas, continúa leyendo para conocer el resto de requisitos y pasos.
Requisitos
Estas ayudas están dirigidas a cualquier persona física mayor de edad que en el momento de presentar esta solicitud sea titular de un contrato de arrendamiento. Además, deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad
- Tener nacionalidad española o la del algún país miembro de la Unión Europea. Los extranjeros no comunitarios deberán contar con autorización de residencia o estancia en España.
- Ser titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos o de un contrato de cesión de uso o de arrendamiento o cesión de uso de una habitación, en cualquier caso, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón
- La vivienda o la habitación arrendada debe ser la residencia habitual y permanente. Esto se debe justificar mediante certificado o volante de empadronamiento colectivo que acredite que todas las personas viven en el domicilio.
- Estar empadronado en cualquier municipio de Aragón
- La renta mensual por el arrendamiento de la vivienda objeto del contrato, debe ser igual o inferior a 600 euros. En el caso de alquiler o cesión de empleo de habitación ésta renta o precio deberá ser igual o inferior a 300 euros mensuales, excluyendo otros gastos y el precio de los anejos en su caso.
- La suma total de las rentas anuales de la familia debes ser iguales o inferiores a 3 veces (25.200 euros) el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Dicho umbral será de 4 veces (33.600 euros) el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general, de personas con discapacidad o víctimas de terrorismo y de 5 veces (42.000 euros) el IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %.
- La totalidad de los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada sean, como mínimo, 0.5 veces (4.200 euros) el IPREM en cómputo anual.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- La ayuda no se concederá en los siguientes casos: si la persona es propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España, si tiene algún parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la persona arrendadora o cedente de la vivienda, y si la persona solicitante sea socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendadora o cedente, exceptuando que se trate de cooperativas de vivienda en cesión de uso y sin ánimo de lucro.
Documentación
- Solicitud de ayudas financieras
- Certificado de empadronamiento, excepto si la vivienda se encuentra en las localidades de Zaragoza, Huesca y Teruel.
- Copia completa del contrato de arrendamiento de la vivienda o habitación
- Justificante del pago de la renta
- IBAN de la cuenta bancaria de la que sea titular
- Autorización de consulta de datos a la administración mediante el siguiente modelo. Se presentará de todas las personas integrantes de la unidad de convivencia mayores de 14 años.
- Presentar el modelo de declaración responsable.
Cómo solicitar
Una vez hayas revisado que cumples con todos los requisitos obligatorios y tengas lista la documentación que te van a pedir, deberás realizar la solicitud. Para ello, tienes dos vías:
- De forma telemática, a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón. Para entrar al procedimiento deberás acceder con Cl@ve permanente, DNIe o certificado electrónico.
- De forma presencial. Cuando tengas lista toda la documentación, deberás pedir cita previa en la oficina más cercana y presentar todos los papeles.