Cómo acceder a los pisos tutelados para mayores de 65 años sin vivienda en propiedad
La Comunidad de Madrid ofrece a los vecinos mayores de 65 años sin vivienda y que se ajusten a una serie de requisitos, el acceso a un piso tutelado y un servicio de supervisión, teleasistencia y apoyo personal y social para mejorar su calidad de vida.
Es un programa específico del Gobierno de la comunidad cuya solicitud debe tramitarse a través de los Servicios Sociales correspondientes y cuyo plazo de solicitud está abierto de forma permanente.
Contenido de la información:
Requisitos para acceder a los pisos tutelados
Las personas que quieran acceder a la oferta de pisos tutelados de la Comunidad de Madrid deben ajustarse a una serie de requisitos:
- El solicitante debe ser una persona con autonomía personal. Es decir, que no pueden optar a estas viviendas aquellas personas dependientes que necesiten de la ayuda de un asistente o familiar para cubrir sus necesidades básicas, como ducharse, comer o vestirse.
- Los pisos tutelados se ofrecen a las personas que carecen de una vivienda en propiedad. Y también para aquellos que la tienen siempre que esta no se encuentre en las condiciones adecuadas de habitabilidad.
- Tener nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
- Tener cumplidos 65 años en el momento de solicitar la plaza para el piso tutelado. Aunque también puede convertirse en usuario de un piso tutelado, el cónyuge o persona unida al solicitante siempre que tenga, al menos, 60 años cumplidos.
- Estar empadronado en la Comunidad de Madrid durante un periodo de, al menos, dos años anteriores a la realización de la solicitud.
- El solicitante no puede tener ninguna enfermedad que requiere una atención continuada o permanente en un centro hospitalario o médico.
Cómo hacer la solicitud
El proceso para solicitar alguno de los pisos tutelados en la Comunidad de Madrid debe hacerse a través de los Servicios Sociales del ayuntamiento de la localidad de residencia de la persona interesada. Por tanto, para tramitar la petición de acceso a alguna de estas viviendas, las personas interesadas tienen que acudir al organismo de Servicios Sociales correspondiente al ayuntamiento o Junta de Distrito en el que se encuentre empadronado.
De manera adicional, una vez que el solicitante tenga el informe de los servicios sociales, debe formalizar la presentación de la solicitud mediante las siguientes vías:
- Por internet, a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, a la que puedes acceder directamente desde sección oficial de la web de Madrid. Como requisito, para presentar la petición por esta vía, el solicitante tiene que disponer de DNI electrónico o de otras firmas digitales.
- En el caso de no tenerlas, también es posible presentar la solicitud de forma presencial en las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid.
En cualquiera de los dos casos, es fundamental reunir toda la documentación que se detalla a continuación para poder presentar la solicitud.
Documentación
Para formalizar la solicitud, la persona interesada tiene que presentar la siguiente documentación:
- Copia del DNI del solicitante o cualquier otro documento que acredite la identidad
- Certificado original o copia del documento de empadronamiento
- Declaración de rentas e ingresos a través de un modelo oficial.
- Copia del certificado del IRPF
- Documento donde se reflejen todas las pensiones recibidas
- Informe de los Servicios Sociales
- Modelo oficial del informe médico
Puedes acceder a los distintos modelos oficiales de la convocatoria a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, mediante el enlace que te hemos detallado en el apartado anterior.
Obligaciones de los beneficiarios
Por su parte, los usuarios de los pisos tutelados deben hacerse cargo de manera directa de los suministros y consumos necesarios para permanecer en el piso. Mientras que la comunidad se hace cargo de los gastos de mantenimiento y zonas comunes, así como servicios de apoyo personal.