Cárcel y multa por provocar un incendio forestal: Estas son las sanciones

Cárcel y multa por provocar un incendio forestal: Estas son las sanciones
NOTICIA de Jessica Pascual
30.07.2023 - 10:04h    Actualizado 30.07.2023 - 10:04h

Entre 6 meses y 20 años de prisión más una multa económica de entre dos y 400 euros al día por un periodo de entre 6 y 24 meses. Estas son las sanciones que regula el Código Penal para quienes provoquen un incendio forestal en España, sea intencionado o no. La condena específica sobre el tiempo en prisión, así como de la multa diaria de carácter económico, varían en función de la causa que ha provocado el incendio y del peligro o daño ocasionado. Para evitar cualquiera de estas sanciones, nada mejor que ser un turista responsable para evitar incendios.

Cuáles son las penas de prisión por provocar un incendio en España

En España, la normativa específica que regula las penas de prisión y multas económicas que recaen sobre las personas que provoquen un incendio es el Código Penal. En concreto, se contemplan las siguientes sanciones en función de la gravedad y casuísticas concretas del fuego. Todas estas son sanciones que aparecen reguladas en la nueva normativa del Código Penal, que se endureció en el año 2015 con una reforma para castigar más duramente las penas por este delito, entre otros cambios.

Prisión de 1 a 5 años

El artículo 352 del Código Penal establece que los ciudadanos que provoquen fuego en zonas forestales se exponen a una sanción de entre uno y cinco años de prisión más una multa de carácter económico de una duración de entre año y año y medio. Esta es la pena que se impone ante incendios provocados en zonas forestales, siempre y cuando no se haya puesto en riesgo la vida de las personas.

En este supuesto, si se ha puesto en peligro la vida o integridad física de las personas, el castigo que se aplica es el que regula el artículo 351 de la misma norma, donde se contemplan penas de prisión de entre 10 y 20 años y una multa de entre 12 y 24 meses.

Prisión de 3 a 6 años

El Código Penal contempla en su artículo 353 una pena de entre 3 y 6 años de cárcel para quienes provoquen un incendio tipificado como grave, más una multa económica de duración de entre 18 y 24 meses, es decir, de entre año y medio y dos años. Esta es la sanción que se impone ante un incendio de especial gravedad, situación que la normativa entiende que se da en las siguientes situaciones:

  • Incendios que afecten a una superficie de importancia considerable, así como que tenga efectos dañinos en el suelo o un grave deterioro de los recursos de la zona que han sido afectados.
  • Los incendios que afecten a espacios naturales protegidos o causen una alteración significativa en las condiciones de vida animal o vegetal de la zona.
  • Los fuegos e incendios que afecten a zonas cercanas a núcleos de población
  • Incendios que se provoquen cuando las condiciones del clima incrementen de forma relevante el riesgo de propagación del fuego.
  • En aquellos casos en los que el autor del fuego haya provocado el incendio para obtener un beneficio económico.

Penas de entre 10 y 20 años de cárcel

Esta es la condena más grave y se aplica cuando una persona ha provocado un incendio que ha puesto en peligro la vida de otros ciudadanos. En estos supuestos, se contemplan penas de prisión de entre 10 y 2 años, así como multas económicas de entre 12 y 24 meses.

Prisión de entre 6 meses y 2 años

En el caso de incendios que afecten a zonas no forestales, pero que perjudiquen gravemente al medio natural, las penas son de seis meses a dos años de prisión y el mismo periodo de multa económica.

Prisión de entre 6 y 12 meses

En la misma normativa, bajo el artículo 354, se detalla que serán castigados con penas de seis meses a un año de prisión y una multa de entre seis y doce meses las personas que realicen fuegos en montes y zonas forestales sin que llegue a propagarse el incendio.

Multas económicas por provocar un incendio

En la misma normativa se establece que todas las penas de multa reguladas en el Código Penal quedan establecidas por el sistema de días-multa. Y que, en cualquier caso, la cuota mínima a imponer por día es de 2 euros y la máxima es de 400 euros.

En la práctica, esto quiere decir que en el periodo comprendido de entre 6 meses y dos años de sanción al que se exponen los infractores, la multa puede ser, como mínimo, de entre 364 euros si se impone la multa mínima durante seis meses o de 1.460 euros si se impone la multa mínima durante dos meses. En los supuestos de pena máxima, seis meses de multa ascienden a 72.800 euros y un periodo de dos años con la multa más alta ascienden a un total de 292.000 euros.

Tipos de incendios provocados

Para saber a la multa a la que se enfrentan los autores de los incendios, lo primero que hay que determinar es si la persona que provoca el incendio lo ha hecho por accidente, a causa de negligencia o intencionado. Para ello, hay que distinguir entre los distintos tipos de incendios provocados que existen y que regula el Ministerio de Transición Ecológica.

  • Naturales, que este organismo entiende que son los provocados por la acción de un rayo, por ejemplo.
  • Por accidente, donde las llamas que ocasionan el incendio son el resultado de un accidente de tráfico o similares. Se entiende como fuego accidental el que surge por un hecho ajeno o fortuito.
  • Negligentes, que es el provocado por cometer una actuación arriesgada o poco prudente, como hacer una barbacoa en el campo.
  • Intencionados, que son los que existe la voluntad específica de quemar el terreno con un determinado fin.
  • Sin determinar, que no tienen un origen claro.

Cómo saber a qué pena de prisión y multa se enfrenta una persona que ha provocado un incendio

En función de la causa y el daño provocado por el incendio, de si ha puesto en peligro la vida de otras personas y de si se ha quemado una zona forestal o no, la pena de prisión varía y puede ser de entre 6 meses y hasta los 20 años de cárcel. En cuanto a las multas económicas, la sanción es diaria y la duración también varía entre los seis meses y los dos años.



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